Qué es el modelo 303

Como autónomo, debes pagar periódicamente a Hacienda el IVA acumulado en las facturas que has emitido a tus clientes.  

Más específicamente, debes liquidar estos pagos del IVA cada 3 meses. Y ahí es donde entra en juego el modelo 303.

El modelo 303 es la autoliquidación del IVA trimestral y su equivalente anual es el modelo 390

Conceptos básicos para entender qué es el modelo 303

Cualquier profesional que desarrolle una actividad económica y cualquier operación sujeta a IVA, está obligado a presentar el modelo 303.

Con el modelo 303, tú como dueño de la empresa, te conviertes en el que recauda el dinero de proveedores o clientes externos que participan en el desarrollo de tu negocio.

Es decir, el IVA es un impuesto que realmente no va contigo, pero que estás obligado a gestionar. Se lo cobras a tus clientes y luego se lo ingresas a Hacienda cuando presentas tus impuestos.

El modelo 303 te convierte en intermediario entre Hacienda y tus clientes

El IVA es un impuesto que paga el consumidor final mediante el modelo 303. Este es el motivo por el que muchos autónomos lo llaman simplemente el modelo de IVA.

El Impuesto sobre el Valor Añadido es un concepto muy normalizado, pero a veces nos surgen dudas cuando nos encargamos de gestionarlo.

El modelo 303 tiene un modelo anual informativo de autoliquidación del IVA que se llama modelo 390

Tanto el modelo 303 como el 390 son los dos modelos necesarios para declarar el IVA. 

La diferencia entre ambos es que el modelo anual 390 es informativo por lo que no debes pagar nada. 

En el modelo 390 se presenta a Hacienda toda la información sobre los clientes a los que les has cobrado el impuesto y el importe recaudado.

modelo 303

Tipos de IVA en el modelo 303

Para entender correctamente el modelo 303 debes conocer los dos tipos principales de IVA que existen: el IVA devengado y el IVA soportado. 

El IVA devengado es el que añadimos a nuestras facturas para que lo paguen los clientes. A este tipo de IVA también se le conoce como IVA repercutido.

Por otro lado, el IVA soportado es el que pagas como autónomo que desarrolla una actividad económica. 

En muchas ocasiones podrás llegar a considerarlo como gasto deducible, y en este caso, al IVA soportado lo llamamos IVA deducible.

En el artículo sobre cómo rellenar el modelo 303 de autoliquidación del IVA te explicamos a fondo todos los pasos para completar el formulario y que no cometas errores.

También puedes echarle un vistazo a nuestro vídeo sobre el modelo 303:

Resultados del modelo 303 del IVA

El modelo 3030 del IVA puede dar diferentes resultados en función de si te toca pagar, cobrar y cuál ha sido el desarrollo de tu actividad económica. 

Se pueden dar 3 casos diferentes:

  1. Le debes dinero a Hacienda: el resultado del IVA es positivo. y se conoce como “resultado a ingresar”, es decir, te toca pagar.
  2. Le has pagado de más a Hacienda durante el año y el resultado te sale a devolver (negativo): Si te sale a devolver durante T1, T2 Y T3 la Agencia Tributaria te lo compensa en el trimestre siguiente. Si esto sucede en el T4, es cuando Hacienda te devuelve el dinero.
  3. Estás sin actividad: el resultado del IVA es cero. Esto significa que no has desarrollado tu actividad profesional y no han habido ingresos.
Modelo 303

Ejemplo del modelo 303 del IVA

Imagínate que en el primer trimestre, una vez realizados los cuatro pasos comentados, el resultado de tu modelo 303 es de -100 € negativos.

Esto no sólo quiere decir que no tienes que pagarle nada a Hacienda, además cuentas con 100 € a tu favor que podrás utilizar en el trimestre siguiente. Esos 100 € son la cuota a compensar.

Llega el segundo trimestre tienes que pagarle a Hacienda 150 €; como tienes 100 € a tu favor, los compensarás con los 150 € que tienes de deuda, de forma que solo le pagarás 50 €.

El modelo 303 y el recargo de equivalencia

Si te toca estar en el Recargo de Equivalencia (RE), significa que vas a pagar un IVA más alto que el resto de autónomos, pero quedas exento de presentar el modelo 303 y 390.

El recargo de equivalencia es un régimen especial del IVA. Como autónomo puedes estar en el régimen de recargo de equivalencia o general.

Estás en el régimen de recargo de equivalencia si en tu actividad profesional vendes directamente tu producto o servicio (al por menor)  al cliente final (persona física).

Solo si haces operaciones intracomunitarias estando en RE te tocará pagar el IVA y su recargo correspondiente presentando el modelo 309 y el modelo 347.

En la factura, tus proveedores deben indicar por separado el IVA correspondiente y el recargo de equivalencia.

Ellos, mediante la presentación de su modelo 303 de IVA  ingresarán a Hacienda tanto el IVA correspondiente a la venta de los productos que has comprado, como el importe del recargo de equivalencia.

→ Si tienes alguna duda sobre tu situación no dudes en solicitar una llamada gratuita con nuestros asesores que podrán asesorarte y ayudarte a ahorrar al máximo.

 

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.