La ley antifraude: el fin del software de doble uso (y de las facturas en Excel) en 8 claves

La lucha contra el fraude fiscal lleva tiempo en la agenda de los países de la Unión Europea. 

Y España no podía ser menos. 

A su ritmo, eso sí: la ley antifraude, aprobada en 2021, es la aplicación en nuestro sistema fiscal de una directiva europea de 2016.

Pero sus efectos más importantes sobre los autónomos no los notarás hasta… 2025, que es cuando esta normativa se aplique en tu software de facturación y contabilidad. 

En lo que sigue te destacamos lo 8 puntos más importantes de la ley antifraude para los autónomos 😊

1) ¿Qué es la ley antifraude?

El nombre de la ley nos da una pista: Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

O ley antifraude, por abreviar 😉

Se trata de una ley con grandes propósitos. Que centra sus esfuerzos, en particular, en controlar a aquellos contribuyentes con grandes patrimonios, sus empresas y familiares. 

Dicho así, parece que esta ley tenga poco o nada que ver con los autónomos. 

Nada más lejos de la realidad: la ley antifraude (11/2021) incluye medidas que te afectan. 

Por ejemplo, limita los pagos en efectivo a 1.000 €. Por eso, también se conoce —aunque menos— como ley de pagos en efectivo.

También impone nuevas obligaciones para declarar criptomonedas en el extranjero (a través del modelo 721 a partir de 2024).

Sin embargo, la medida que más te atañe es la relativa a los programas informáticos para hacer facturas.

Veamos esto más de cerca 👇

2) Lo que realmente importa de la ley antifraude: el software de doble uso

Un software de doble uso es un programa informático pensado para llevar una doble contabilidad

Ya sabes: la contabilidad legal (la que uno declara) y la contabilidad B (la que le esconde a Hacienda). 

Pues bien, la ley antifraude prohíbe esta clase softwares, también conocidos como “softwares de supresión de ventas”.  

Por un lado, estandariza los requisitos técnicos de los programas de facturación y contabilidad para evitar, entre otras cosas, que las facturas puedan ser manipuladas o eliminadas sin dejar rastro. 

Para ello, modifica el artículo 29 de la LGT (o Ley General Tributaria). 

Por otro lado, impone multas, añadiendo el artículo 201 bis al capítulo de sanciones de la LGT.  

Son unas multas respetables, como te explicaremos más adelante. 

Y multas tanto para quien produce y comercializa esos softwares ilegales como para sus usuarios (como autónomos y empresas).

3) ¿Cómo deben ser los softwares de facturación según la ley antifraude?

Así es como deben ser los softwares informáticos de facturación según la ley antifraude: 

  • Han de reflejar, total o parcialmente, las anotaciones de todas las transacciones realizadas
  • No deben permitir el registro de transacciones distintas a las anotaciones realizadas (en contabilidad cada transacción debe estar relacionada con una anotación)
  • No pueden alterar transacciones ya registradas
  • Deben cumplir con las especificaciones técnicas de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros (luego te lo traducimos)
  • Deben ser legibles para Hacienda
  • Deben estar certificados 

Traducido, esto quiere decir que tu programa de facturación y contabilidad: 

  • No puede eliminar ni alterar facturas ni ningún otro registro (gastos, impuestos, etc.) sin dejar huella
  • Debe llevar un registro de facturación que indique todos los movimientos que haces como usuario
  • Contener un registro de eventos, es decir, qué usuario accede y cuándo y todo lo que hace en el programa (desde que accede hasta que sale)
  • Facilitar el acceso y la transmisión de datos a Hacienda (a esto se refiere con ser legible)
  • Asegurar por escrito que cumple esta nueva normativa

Los requisitos técnicos se desarrollan en un reglamento aparte.  

Y aunque aplicarlas es cosa del fabricante del software, como autónomo debes estar atento.

Recuerda que esta ley contempla multas para los usuarios.  

Ahora veamos con más detalle esto del reglamento de la ley antifraude.

4) ¿Qué es el reglamento de la ley antifraude?

Para que la ley antifraude se pueda aplicar sobre los programas de facturación, el Gobierno aprobó un reglamento. 

Este reglamento se conoce como verifactu

El reglamento verifactu especifica muchos detalles técnicos que, como indica la nota de prensa del Consejo de Ministros tras aprobarlo, “no se dirigen tanto a los empresarios o profesionales” como a “los productores y comercializadores del software de facturación” (Real Decreto RD 1007/2023).

Esto no significa que este reglamento no vaya contigo. 

Pero sí puedes ahorrarte la lectura. Salvo en unos detalles que te explicamos en un artículo sobre verifactu

Y como incumplirlo supone una multa, una manera de evitarla es asegurarte de que el software está certificado.  

5) La certificación del software para cumplir la ley antifraude

Tu programa para hacer facturas y llevar la contabilidad como autónomo deberá estar certificado.  

Según el reglamento verifactu, estos programas deberán incluir una declaración responsable. 

¿Y cómo es esta declaración responsable? Hacienda tiene que especificarla todavía en una orden ministerial. Hasta entonces, podemos adelantarte que esta declaración debe: 

  • Constar por escrito
  • Estar visible en el propio sistema
  • Indicar que cumple con lo dispuesto en el art. 29.2.j) LGT, el reglamento del RD 1007/23 y la Orden Ministerial de Hacienda sobre verifactu

Como usuario puedes exigir al fabricante o comercializador del software que te muestre la declaración responsable. 

Y en cualquier momento: antes de comprar el software, pero también después de cada actualización.  

6) Las sanciones de la ley antifraude si tu software no está certificado

Lo dicho: habrá multas. 

Y multas serias, porque usar un programa de facturación y contabilidad que no cumpla la normativa se considerará una infracción grave. 

También será una infracción grave si modificas o alteras un programa que cumple la normativa.  

¿De cuánto estamos hablando? Toma nota: 

50.000 € por cada ejercicio fiscal (cada año) en que hayas usado un programa ilegal o por haberlo alterado. 

7) La ley antifraude y las facturas en Excel… ¿Es el fin?

Son muchos los autónomos que todavía hacen facturas en Excel

O con Word, que para el caso es lo mismo. 

Aunque la ley antifraude no lo especifica, este tipo de plantillas de factura no cumplen la normativa. 

Esto se debe a que Excel y Word (o sus equivalentes en Google Drive) permiten hacer modificaciones, alterar información o incluso eliminarla.

Y sin dejar una huella electrónica que pueda ser identificada por Hacienda.  

Además, es difícil que Microsoft, la empresa fabricante de los softwares de Excel y Word, tenga intención de cumplir la ley antifraude. 

Entre otras cosas, porque esta ley no le afecta. 

Y es que por muy polivalentes que sean Excel y Word, no son programas de facturación ni se comercializan como tales.  

Sí, quizá te convenga empezar a buscar un programa de facturación electrónica para autónomos 😉

¿Y para cuándo? 

8) La entrada en vigor de la ley antifraude para los softwares de facturación

La ley antifraude es de 2021. Y prácticamente todo su contenido —incluido lo relativo a los softwares de facturación— entró en vigor entre 2021 y 2022. 

Faltaba, sin embargo, el desarrollo reglamentario para cumplir con esos requisitos. 

A finales de 2023 el Gobierno aprobó el reglamento verifactu. Y ahí se indica que la entrada en vigor de la ley antifraude para los softwares de facturación será el 1 de julio de 2025

Hay tiempo por delante, sí. Pero el momento para adaptarse es ahora, en 2024. 

¿Por qué tanta prisa, cuando todavía queda un año? 

El principal motivo se llama Kit Digital para autónomos. ¿Te suena? 

Consiste en una subvención pública de 2.000 € (para autónomos), financiada con fondos europeos y pensada para digitalizar el negocio de autónomos y empresas. 

Hacienda recomienda solicitar el Kit Digital para implementar la factura electrónica, otra normativa que como autónomo te afectará a partir de 2026. 

Pero también aconseja invertir el Kit Digital en hacerse con un software que cumpla la ley antifraude. 

De hecho, los softwares de facturación deberán cumplir las dos normativas: verifactu, pero también el de la factura electrónica

Y ahora es cuando vienen las prisas: el Kit Digital solo está disponible hasta finales de 2024

Y se concede por orden de llegada, hasta que el presupuesto se haya agotado. 

Con Declarando, a diferencia de otras empresas, puedes solicitarlo gratis y sin asumir ningún riesgo. 

Solo tienes que reservar ahora una llamada gratuita y uno de nuestros mentores fiscales te dará todos los detalles 🤗

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.