Cómo aplicar el IVA si vendes por internet

En este artículo voy a hablar del IVA en ventas online. Es un tema que genera muchas dudas y cada vez somos más los autónomos que decidimos montar un e-commerce.

No cabe duda de que Internet da mucha visibilidad. Puedes vender tus productos en todo el mundo desde la cocina de tu casa.

Pero no olvides que esta venta tiene algunas complicaciones. Por ejemplo, vender online y declarar ventas por internet no te libra de tener que aplicar el IVA a las operaciones.

Pero, ¿estás obligado a declarar el IVA de las ventas online?

Sí, si tienes un comercio online, seas persona física o empresa, tendrás que retener IVA y declararlo.

El IVA de los artículos o servicios que vendemos por Internet es muy parecido al de los que vendemos vía telefónica, según los artículos 68.3, 68.4 y 68.5 de la Ley del impuesto sobre valor añadido.

Pero hay matices que dependen de la frecuencia con la que vendas tus productos declararás el IVA de una forma u otra. Vamos a verlos a continuación. 

Particular que vende de forma habitual

No importa que la venta sea de tu patrimonio, si es una actividad que ocurre de forma habitual, tendrás que pagar los impuestos.

Además, tienes que darte de alta como autónomo o bien como empresa. Recuerda que esto también se aplica si las ventas se producen en plataformas de venta online tipo Amazon, Ebay, Aliexpress…

Autónomo que vende de forma esporádica

Ante una venta online, deberás emitir la factura correspondiente reteniendo el IVA.

Si es una venta puntual, no tendrás que modificar tu epígrafe de actividad ante la administración.

Autónomo que vende de forma habitual

En este caso, no te libras de facturar con IVA tus ventas online.

Si nunca antes habías realizado ventas por comercio electrónico, será de vital importancia que te des de alta en el epígrafe 665 recargo equivalencia (comercio al por menor por correo o catálogo) que es el más cercano a la actividad que se realiza.

Además de esto, también tienes que darte de alta en el epígrafe que pertenezca al tipo de producto o servicio que vas a vender.

Si vendes más de un tipo de producto y estos son distintos entre sí, deberás tener el alta en todos ellos. Debes modificar además tu alta y tu nueva actividad económica y saber las diferencias del modelo 036 y 037 

En resumen, si estás pensando en tener una e-commerce y vender tus productos o servicios en la red de forma habitual, vas a tener que aprender cómo declarar el IVA en ventas online.

Pero esto no acaba aquí, también hay que tener en cuenta dónde se producen las ventas.

El IVA en las ventas online dentro de la UE

No tendrás que facturar el IVA en ventas online si: 

  • vendes tus productos a empresas de otro país de la UE, siempre y cuando el cliente final posea un número de IVA válido.
  • vendes menos de 35.000 €  al año (100.000 € en algunos casos) y vendes a consumidores finales de otro país.
  • vendes a empresas en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, teniendo en cuenta las diferencias entre productos o servicios. Las ventas de productos se consideran exportación y están exentas de IVA. En cambio, si vendes servicios a empresas, no se considera exportación, pero sí operación no sujeta. Por norma general, estas ventas también están exentas de IVA aunque hay excepciones. 

Si tus clientes son personas naturales, sí tendrás que incluir el IVA en tu factura, aunque también, existen algunas excepciones a la regla.

Además, ten en cuenta el IGIC que hace referencia al impuesto general indirecto canario) y el IPSI que es el impuesto sobre la producción, los servicios y la importación.

Estos suelen ser de aplicación, que sean territorios exentos de IVA no significa que las operaciones no estén gravadas con un impuesto indirecto. 

Resumiendo y por norma general:

Si vendes a clientes de fuera de la UE, no tienes que facturar con IVA.

Eso sí, en ventas a clientes que compran desde fuera de la UE, especialmente en América Latina, tendrás que tener en cuenta otros impuestos y retenciones que hace el país.

chico trabajando iva online

El IVA en ventas online de segunda mano

También está aumentando, cada vez más, la venta por internet de artículos de poco valor que no utilizamos.

En estos casos también son peculiares y no hay obligación de declarar por no considerarse actividad económica.

La definición que hace Hacienda de actividad económica es:

“Se entiende que se realiza una actividad económica cuando un contribuyente ordena por cuenta propia medios de producción y recursos humanos o uno solo de ambos, siendo su finalidad la de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios”.

Es verdad que hay algunos casos en los que sí se considera que hay actividad económica, por lo que se tiene las obligaciones de un empresario o profesional, por ejemplo, si se venden artículos de segunda mano de terceros.

Pero atención, si la venta supera los 1.000 €, la ley obliga a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), actualmente el 4 %.

Además en esto casos a nosotros como vendedores se nos generará una variación patrimonial que tendrá que declarar en el IRPF.

Cómo cacular el IVA en ventas online

Para el cálculo de los beneficios se aplicarán las normas del impuesto sobre la renta de las personas físicas o impuesto sobre sociedades.

Uno de los principales problemas para gravar la actividad económica a través de Internet es saber dónde se produce la transacción.

Pero la regla general es tomar como referencia el lugar donde se encuentra el servidor, que puede ser distinto al país que alberga la página web o desde el que se envían los productos.

Es verdad que a veces, esta situación puede generar dudas sobre el lugar de tributación y entonces, también sobre cuál es la Administración que debe recaudar.

Otras cuestiones a tener en cuenta en la venta online

Hay otras cosas que quienes realicen alguna actividad económica deben tener en cuenta. Entre ellas:

  • Darse de alta en el censo de Hacienda con el modelo 036
  • La actividad a desarrollar deberá de encuadrarse en algún epígrafe de IAE. El epígrafe de IAE para el alta online o física es indiferente. Es decir no influye el canal de ventas que se utilice. Se debe de atender siempre a la verdadera naturaleza de la actividad económica, a los productos o servicios que se comercializan.
  • Por otro lado, lo primero que se debe hacer es darse de alta en el registro de operadores ontracomunitarios de IVA (ROI). Es imprescindible si se van emitir facturas a empresas europeas sin IVA.

Como comentábamos anteriormente, todo empresario o profesional tiene obligación de emitir factura y copia por las ventas por internet. 

Esta obligación nace por desarrollar una actividad económica en la que se entregan bienes o prestan servicios.

En conclusión, hay múltiples factores que determinan si debes o no declarar el IVA.

Nosotros siempre recomendamos que contéis con un asesor que os ayude dependiendo de vuestro caso. Si tienes dudas entra en Declarando y habla gratis con uno de nuestros abogados fiscales.

Paula Ginés
Autor:
Paula Ginés
Redactora en Declarando, la plataforma de asesoramiento fiscal que ayuda a más de 100.000 autónomos a cuidar de su dinero. Esta periodista siempre está viajando y metida en proyectos laborales con otros jóvenes europeos.