La deducibilidad de los gastos en publicidad

La publicidad, un factor crucial a la hora de dar a conocer nuestro negocio.

Tener gastos en publicidad es inevitable y necesario. Lo que sí puedes evitar es pagar de más.

La mayor parte del dinero que inviertes en publicidad se considera como gastos deducibles, por eso en este artículo te enseñamos cuáles son y cómo ahorrar dinero con ellos.

Requisitos para la deducibilidad de gastos de promoción y publicidad

Los requisitos para que se te aplique la deducción a los gastos de promoción y publicidad son 3:

  1. Los gastos deben estar directamente relacionados con la actividad principal del negocio
  2. Las facturas y recibos de cada una de las operaciones debes de tenerlas registradas en tu contabilidad, con fecha e importe. Además debe constar que es un gasto reiterativo a lo largo del tiempo
  3. Los gastos que te deduces no pueden ser los de hace dos años, sino los del ejercicio actual

Cuáles son los gastos de promoción y publicidad

Estos son los gastos que pueden considerarse gastos deducibles de tu negocio porque están directamente ligados al desarrollo de tu actividad profesional. 

  • Creación de un logo comercial
  • Realización de tu página web
  • Publicidad comercial en revistas, blog, etc.
  • Acciones comerciales y anuncios en redes sociales
  • Marketing online mediante SEM, Google adwords, etc.

Hoy en día los principales gastos en publicidad los harás online y dependerá de tu audiencia y de cuál sea tu presupuesto inicial para saber dónde invertir.

Debes saber que las vías de difusión tradicionales (tele, radio y prensa) cambian el precio de promoción en función de las variables de la franja horaria y del formato del anuncio, al igual que las vías digitales.

Los gastos en publicidad: atención al cliente y proveedores

Existe un tipo de gasto publicitario que se trata aparte y es el relacionado con la atención a clientes y proveedores. 

El dinero que se invierte en obsequios corporativos para el personal de la empresa o para promocionar directa o indirectamente la venta de bienes y prestaciones de servicios de tus proveedores.

Por ejemplo, las típicas sudaderas corporativas para los empleados que sirven para generar unidad de equipo y sentimiento de pertenencia así como los, bolis, agendas o calendarios para la oficina.

gastos deducibles en publicidad

Esto pasa igual con los obsequios para los clientes con el logo de la empresa incluido.

Este tipo de gastos se conocen como gastos de representación y son deducibles al 1 % respecto a la facturación de tu negocio. Es decir, que ahorras un 1 % en base al total de lo ingresado.

Si el calendario te ha costado 20 €, y al año ganas 30.000 €, se genera un 1 % de deducción sobre la diferencia de todos los calendarios comprados.

Además, sólo serán deducibles en el impuesto del IVA aquellos productos en los que se vea de forma visible y clara el nombre o logo del negocio. 

Por último, el bien en cuestión tiene que considerarse producto de escaso valor. Es decir, que el valor de los productos promocionales que el autónomo le dé a cada proveedor o cliente no podrán superar los 200 €.

Tal vez te interese ver este vídeo en el que te explicamos de forma fácil y rápida cómo saber si un gasto es o no es deducible.

Y si te ha quedado alguna duda siempre puedes contar con nuestros expertos y asesores. Estaremos encantados de resolver tus dudas en una llamada gratuita y de explicarte cómo podrías ahorrar hasta 5.000 € al año en tu declaración de la renta.

 

Paula Ginés
Autor:
Paula Ginés
Redactora en Declarando, la plataforma de asesoramiento fiscal que ayuda a más de 100.000 autónomos a cuidar de su dinero. Esta periodista siempre está viajando y metida en proyectos laborales con otros jóvenes europeos.