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FAQ’s

Facturas de ventas a clientes

¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 303?

El modelo 303 se presenta trimestralmente durante los 20 primeros días de abril, julio y octubre y tienes hasta el día 30 de enero.

Para qué sirve el modelo 303?

El modelo 303 sirve para pagarle a Hacienda el IVA acumulado en las facturas que haces a tus clientes.

¿Todos los autónomos tienen que presentar el modelo 303?

No. El modelo 303 no es obligatorio para aquellos autónomos en régimen de recargo de equivalencia, los autónomos que van por módulos y agricultores, ganaderos y pescadores.

¿Qué pasa si se entrega fuera de plazo el modelo 303?

Presentar el modelo 303 fuera de plazo conlleva una multa que puede llegar hasta los 225 €. Para reducir esta sanción al 50 %, tienes que presentar el 303 antes de que Hacienda te lo pida.

¿Existen excepciones a los plazos de presentación del modelo 303?

La única excepción a los plazos de presentación trimestrales del IVA es para aquellos autónomos inscritos en el REDEME. En estos casos, el modelo 303 se presenta de forma mensual, ya que el REDEME es un régimen especial de devolución mensual del IVA.

¿El modelo 303 se puede presentar en papel?

El modelo 303 no se presenta en formato papel, solo puedes presentarlo online desde la página web de la Agencia Tributaria o desde una asesoría fiscal online como Declarando.

¿Cómo se presenta el modelo 303 de forma digital?

Para presentar el modelo 303 en la web de la Agencia Tributaria necesitas poder identificarte o con el certificado electrónico personal o con la clave PIN. También puedes presentar el modelo 303 en un par de clics con Declarando.

¿Cuáles son las diferencias entre el modelo 303 y el 390?

Tanto el modelo 303 como el 390 sirven para declarar el IVA. La diferencia es que el modelo 303 es trimestral y el modelo 390 es un resumen anual de todos los modelos 303 que has ido presentando durante el año.

¿Qué sucede si hay un descuadre entre el modelo 390 y los modelos 303?

El descuadre entre los modelos 303 trimestrales y su resumen anual 390 se soluciona presentando una declaración complementaria para corregir el error del trimestre que corresponda.

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