Modelo 190
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Qué es el modelo 190
El modelo 190 resume todos los modelos 111 que se presentan trimestralmente a lo largo del año. Por eso, es muy importante tener bien presentados los modelos trimestrales. De esta forma el modelo 190 se presentará correctamente.
Quién tiene que presentar el modelo 190
Están obligados a presentar el modelo 190 todos los autónomos que tengan trabajadores en nómina, reciban facturas de otros autónomos que deban retener IRPF, tengan ganancias patrimoniales o arrendamiento de bienes muebles, reciban ingresos derivados de la propiedad intelectual o industrial, hayan cedido derechos de imagen o ganado premios.
Si estás en uno de estos supuestos o en varios a la vez y has presentado trimestralmente el modelo 111, estás obligado a presentar el modelo 190 en Hacienda.
Plazo de presentación del modelo 190
El plazo de presentación del modelo 190 va del 1 al 31 de enero. Se presenta coincidiendo con el cuarto trimestre de su equivalente trimestral el modelo 111.
Al ser un modelo anual, se presenta en enero pero declarando el año vencido. Es decir, durante enero de 2025, tendrás que declarar las retenciones de 2024.
Presentar el modelo 190 a Hacienda telemáticamente
El modelo 190 solo se puede presentar de forma telemática en la web de la Agencia tributaria.
Para presentarlo puedes optar por el sistema de ayuda de la AEAT o presentarlo de forma automatizada con una asesoría fiscal online como Declarando.
De cualquier forma necesitarás el certificado digital o la Clave PIN para que la Agencia Tributaria pueda identificarte.
Presentar el modelo 190 con Declarando
¿Sabías que puedes presentar el modelo 190 online desde la misma herramienta en la que tienes tu contabilidad? ¡Esto facilita muchísimo el proceso!
Con Declarando no tienes que rellenar las casillas del modelo porque la propia plataforma genera automáticamente un modelo 190 ya rellenado, a partir de los ingresos y gastos que hayas ido añadiendo.
Después de eso, solo tienes que seguir el enlace que te facilitamos e importar el fichero dentro de la web de Hacienda. El proceso es muy simple, pero aquí tienes las instrucciones paso por paso.
De esta forma te evitas cometer errores y ahorras el tiempo (y el dolor de cabeza) que invertirías en rellenar cada casilla.
Claves del modelo 190
Para rellenar el modelo 190 es necesario conocer cómo funcionan las llamadas claves.
Las claves son letras que equivalen a las diferentes percepciones económicas y estas deben declararse en el modelo.
Las claves van de la A a la L siguiendo el orden alfabético y hacen referencia tanto a nóminas, becas y subvenciones como a rentas y dietas exentas.
Instrucciones para rellenar el modelo 190
Si decides rellenar el modelo 190 por tu cuenta, tendrás que cumplimentar cada casilla con los datos correspondientes. Estos son los pasos a seguir para no cometer errores:
- Rellenas la primera hoja donde te identificas como declarante. Aquí debes añadir el nombre, apellidos, NIF, teléfono y el año que declaras.
- Seleccionas si se trata de una declaración complementaria o sustitutiva.
- A continuación, añades el resumen de datos incluidos en la declaración seleccionando las claves que corresponden a las percepciones (las letras)
- También debes incluir los perceptores. Debes identificarlos uno a uno del mismo modo que te has identificado tú con NIF, nombre y apellidos.
- Lo siguiente es añadir el importe total de percepciones.
- También debes incluir el total de las retenciones e ingresos a cuenta.
- A continuación, tienes que mencionar el tipo de percepciones que declaras.
- En el caso de ser dinerarias debes anotar en la casilla de percepción íntegra el importe anual y en retenciones practicadas, el importe anual de retención de IRPF.
- En caso de percepciones en especie tienes que indicar la valoración y los ingresos efectuados y los repercutidos.
Como puedes ver, el modelo 190 es uno de los más complicados. Por eso recomendamos contar con una asesoría fiscal especializada en autónomos para que te asesore.
Presentar la complementaria del 190
Una vez tienes presentado el modelo 190, puede pasar que te olvides algún dato o te hayas dado cuenta de algún error. En ese caso, tranquilo, tienes la opción de presentar una declaración complementaria.
Esta declaración se presenta volviendo a rellenar el modelo con la información corregida y entregándolo en la Agencia Tributaria.
Eso sí, recuerda indicar que es una complementaria y que pretende corregir al modelo 190 que ya presentaste. Para eso, existe el apartado llamado Declaración complementaria que se encuentra dentro de la web de la AEAT.
Solo puedes entregarla dentro de los plazos establecidos para la presentación de impuestos. Si la presentas fuera tendrás que pagar un recargo por presentar el modelo fuera de plazo.
El modelo 190 y el certificado de retenciones
El certificado de retenciones es un gran desconocido para muchos autónomos, pero es un documento obligatorio si presentas el modelo 190.
Este certificado es el justificante que crea la empresa para corroborar que ha ingresado la cantidad de retención que toca por tus servicios prestados.
Es obligatorio que te lo entregue, que sea el documento original y esté firmado y sellado por ellos.
En el documento constan los importes abonados. Si te deben alguna mensualidad, no aparecerá en el documento hasta que se haya pagado.
Una vez esté la factura creada y la empresa haya pagado, esta te entregará el llamado certificado de retenciones e ingresos, un documento con toda esta información.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo 190
¿Cuándo se paga el modelo 190?
El modelo 190 es una declaración informativa anual en la que no tienes que pagar nada, tan solo reflejar las retenciones realizadas en el IRPF a trabajadores o proveedores mediante sus facturas.
¿Para qué sirve el modelo 190?
El modelo 190 es un resumen anual que presentan los autónomos que practican retenciones para justificar y declarar ese IRPF que han ido reteniendo y pagando de forma fraccionada durante todo el año mediante el modelo 111, que es el trimestral equivalente.
¿Todos los autónomos tienen que presentar el modelo 190?
No. Generalmente solo lo presentan los autónomos con trabajadores en nómina y los que tienen facturas de profesionales recibidas como gastos con retención de IRPF. Es decir, todos aquellos que a lo largo del año han presentado trimestralmente el modelo 111.
Existen otros supuestos explicados en la sección “Quién presenta el modelo 190” de esta guía.
¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 190?
El modelo 190 se presenta entre los días 1 y 31 de enero de cada año.
¿Qué pasa si se presenta el modelo 190 fuera de plazo?
Presentar el modelo 190 fuera de plazo supone un requerimiento o una sanción dependiendo si te das cuenta del olvido tú mismo o es Hacienda quien te lo hace saber con un requerimiento.
¿El modelo 190 se puede presentar en papel?
No, el modelo 190 se presenta telemáticamente en la web de la Agencia Tributaria o desde una asesoría fiscal online como Declarando.
¿Cómo se presenta el modelo 190 de forma digital?
Para presentar el modelo 190 en la AEAT necesitas identificarte con el certificado digital o la clave PIN. Y eso es así tanto si decides presentarlo por ti mismo en la web de la Agencia Tributaria como si lo presentas con Declarando.
¿Cuáles son las diferencias entre el modelo 111 y el 190?
Ambos modelos se presentan si tienes trabajadores en plantilla o has contratado servicios con retenciones. La diferencia es que el modelo 190 es el resumen anual del modelo 111 que se presenta de forma trimestral.