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IVA de autónomos: guía 2024 para dominarlo (y pagar menos)

Descubre cómo calcular el IVA en tus facturas y tus declaraciones sin complicarte. Y cómo pagar menos IVA a Hacienda con tus gastos deducibles.
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Artículo escrito por expertos

¿Cómo funciona el IVA de los autónomos? 

Desde que has empezado, este es el impuesto que más te va a acompañar. 

Lo tienes presente en tus servicios (que están gravados con IVA). 

Y en tus compras (que también lo están). 

De hecho, nunca podrás desconectar del IVA: lo tienes en el supermercado, en el bar, en la gasolinera…

Hay algunas excepciones y exenciones. Pero son pocas. 

Lo más importante del IVA para ti, que eres autónomo, es saber calcularlo: en tus facturas, pero también en tus declaraciones trimestrales. 

Pero aún más importante es saber cómo deducírtelo: porque ahí está la clave para pagar menos sin que Hacienda te moleste. 

En esta guía aprenderás todo esto. Para dominarlo, sí. Pero, sobre todo, para pagar menos y ganar más 😊

¿Qué tipo de impuesto es el IVA?

El IVA es un impuesto indirecto con dos caras. 

Por un lado, es indirecto porque recae sobre el consumo y no directamente sobre tus ingresos, como ocurre con el impuesto de la renta (o IRPF). 

Es decir, que lo pagas como consumidor cuando compras bienes o servicios como alimentos, ropa, libros, etc.

Por otro lado, es un impuesto que grava la venta de bienes y servicios en España. Es decir, los productos o servicios que vendes como autónomo en nuestro país. 

También grava las compras de bienes a otros países de la Unión Europea (adquisiciones intracomunitarias) o de países que no pertenecen a la UE (las importaciones). 

Aunque en estos casos se aplican unas reglas especiales. 

Y ahora vayamos a lo que te importa: ¿Qué tiene de peculiar el IVA de los autónomos?

Las 2 caras del IVA de los autónomos

Como autónomo, el IVA también tiene dos caras: 

  • El IVA de tus ventas, que es el que añades en las facturas que emites a tus clientes. Este IVA también se conoce como IVA repercutido o IVA devengado
  • El IVA de tus compras, que es el que pagas a tus proveedores. Hacienda lo llama IVA soportado

¿Y cómo funciona el IVA en autónomos? 

Su mecanismo es muy simple: 

  • El IVA de tus ventas lo ingresas a Hacienda cada trimestre. Esto te convierte, por así decirlo, en una especie de recaudador de impuestos (pero sin nómina ni un mes de vacaciones al año 😉).
  • El IVA de tus compras te lo puedes deducir en Hacienda. Deducir significa que lo restas al IVA de tus ventas y pagas menos así. 

A esta doble operación de ingresar y deducir se le llama liquidación del IVA

Más adelante te daremos más detalles. 

Por ahora, es importante que entiendes el funcionamiento básico del IVA de los autónomos. 

De lo contrario, es fácil cometer los 2 grandes errores que te vamos a explicar a continuación. 

Evita estos 2 grandes errores con el IVA de los autónomos

Cuando empiezas como autónomo es fácil cometer estos 2 grandes errores con el IVA de tu actividad: 

  • Confundir el IVA como un ingreso más 
  • No desgravar el IVA de tus compras (o hacerlo mal)

Vayamos por partes. 

1) El IVA de autónomos no es tuyo

Cuando facturas un servicio o un producto a un cliente, debes sumarle el IVA. 

El IVA hace que el importe final haga más bulto. 

Vamos, que si tu servicio cuesta 1.000 €, sumando el IVA general (del 21 %), el importe acaba siendo 1.210 €. 

Esos 210 € de más no son un ingreso extra para ti, aunque supongan una alegría (ilusoria, eso sí) en tu cuenta bancaria. 

Ese importe es algo que luego —al terminar el trimestre— deberás darle a Hacienda

Si esto no lo tienes claro, la alegría inicial en tu cuenta bancaria se convertirá en una pesadilla. Porque puede generarte un problema serio en tu bolsillo 😬

Hasta el punto de poner en riesgo la viabilidad financiera de tu negocio. 

Pero eso no es todo: al fijar el precio de tus servicios, puedes caer también en el error de sumarle el IVA. 

Y esto es lo último que debes hacer: en tu estrategia de precios, el IVA no debe ocupar ningún lugar. 

Ese dinero no es tuyo: tarde o temprano (y será más temprano que tarde) deberás ingresarlo a Hacienda. 

2) El IVA de tus gastos se desgrava (y eso suma) 

El IVA de tus gastos como autónomo es deducible

Esto significa que el IVA del ordenador o la web que has comprado para tu actividad lo puedes recuperar

Para esto has de cumplir un requisito esencial: el gasto ha de ser necesario para tu actividad (los gastos personales no son deducibles). 

El potencial de ahorro en el IVA de tus gastos, sumado a todos tus gastos deducibles, lo tenemos cuantificado: de media, un autónomo puede ahorrar 4.000 € en impuestos al año. 

Pero el error no solo consiste en no deducir el IVA de tus gastos, sino también en deducirlo mal. 

Esto implica errores como: 

  • Deducir gastos que no debes (los de uso personal, por ejemplo)
  • O en la cantidad que no debes (como con los gastos de gasolina, cuya deducción está limitada al 50 % en actividades no relacionadas con el transporte de personas o mercancías) 
  • O en no cumplir todos los requisitos (como guardar la factura o registrarlo en tu contabilidad).   

Al final te daremos algunos consejos más detallados. 

Por ahora, toma nota de estos 2 errores y sus consecuencias para tu bolsillo ✍️

Los autónomos exentos de IVA (y los regímenes especiales)

Este retrato general sobre el IVA de los autónomos estaría incompleto si no mencionáramos las actividades exentas de IVA. 

Así como lo que se conoce como regímenes especiales de IVA

Vamos a darle una pincelada breve 

¿Qué autónomos están exentos de IVA?

Las actividades exentas de IVA están detalladas en el artículo 20 de la ley de IVA. Consisten en servicios como:

  • La enseñanza, educación y formación regladas por la Administración. Incluye las clases particulares sobre materias que formen parte de los planes de estudios oficiales. 
  • Sanidad. Asistencia a personas físicas si eres médico u otro profesional sanitario. 
  • Servicios sociales, culturales o deportivos. Como servicios prestados por escritores, artistas plásticos, colaboradores literarios, gráficos o fotográficos en periódicos y revistas, compositores musicales, guionistas, etc. 
  • Servicios inmobiliarios como el alquiler de viviendas para uso particular (si es para realizar una actividad, como la de autónomo, entonces sí lleva IVA). 
  • Los seguros y la mediación financiera como la captación de clientes. 

Ejercer una actividad exenta de IVA te libra de presentar liquidaciones de IVA a Hacienda

Esto es una ventaja (menos papeleo). 

Y una desventaja, al menos aparente: el IVA de tus gastos no lo puedes deducir. 

A esto Hacienda le llama exención limitada: porque no pagas IVA al vender, pero sí debes asumir el IVA de tus compras. 

Ahora bien, ese IVA de tus compras son un gasto más. También ligado a tu actividad. 

Por lo que podrás deducírtelo en tu renta. O, si estás obligado a presentarlo, en el modelo 130 de IRPF trimestral. 

Los regímenes especiales de IVA para autónomos

Esta guía se centra en lo que se conoce como el régimen general de IVA

Un régimen, en este contexto, es un conjunto de normas (fiscales). 

Esas normas atañen a la forma de calcular el IVA de tu actividad y de declararlo a Hacienda. 

Junto al régimen general, existen unos regímenes especiales. 

La mayoría son voluntarios. Y están sujetos a reglas de cálculo y obligaciones distintas. 

En este espacio no podemos profundizar sobre este tema, porque nos llevaría a infinitas guías dentro de una misma guía 😵‍💫

Pero sí te mencionaremos algunos, con un enlace a los más importantes para que puedas profundizar en caso de que te interesen o afecten: 

    • El régimen simplificado de IVA. Está diseñado para los autónomos en módulos, es decir, para autónomos que ejercen determinadas actividades del comercio minorista, la hostelería y la restauración, peluquerías, tintorerías, el transporte, etc. 
    • El régimen de recargo de equivalencia. Está pensado para el comercio minorista. Y supone también obligaciones para sus proveedores (debe facturar más IVA). 
    • El régimen de criterio de caja. A diferencia del general, el IVA solo lo ingresas cuando cobras la factura. 
    • Los regímenes de “Mini Ventanilla Única” (o MOSS, por sus siglas en inglés). Se aplican a ciertas ventas online al extranjero y a determinadas entregas interiores de bienes y prestaciones de servicios. 
    • El régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Diseñado para autónomos que se dedican a ese tipo de actividades. 
    • El régimen de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
  • El régimen de las agencias de viaje.

Hay alguno más. Pero a ti como autónomo no te afecta. 

Ahora debemos retomar el IVA de los autónomos. El general que debes pagar… 😏

Los tipos de IVA que debes aplicar en tus facturas 

Ahora que ya tienes una panorámica general del IVA de los autónomos, toca ponerlo en práctica. 

El primer paso, previo a declararlo a Hacienda, tiene que ver con tus facturas de venta

Para facturar tus ventas bien, primero has de conocer qué tipos impositivos del IVA debes aplicar. 

Los tipos impositivos son porcentajes de IVA que se aplican al producto o servicio que vendes. Y pueden ser:

  • El tipo de IVA general, que es el del 21 %. Es el que afecta a la gran mayoría de productos y servicios. 
  • El tipo de IVA reducido, que es del 10 %. Está diseñado para productos de alimentación humana o animal, algunos productos farmacéuticos, medicamentos para animales, servicios de transporte de pasajeros, la hostelería, etc. 
  • El tipo de IVA superreducido, que es del 4 %. Medicamentos para humanos, libros, periódicos y revistas o algunos alimentos como el pan o el aceite de oliva.

De manera coyuntural, en 2024 se han introducido nuevos porcentajes de IVA del 0 %, 2 %, 5 % o 7,5 %

Son medidas provisionales para combatir la inflación. Y sobre los que aquí no entraremos para no marearte. 

Por lo demás, si tienes clientes que están en recargo de equivalencia, deberás sumar un porcentaje adicional a cada tipo de IVA.

tabla recargo

Sobre cómo sumar el recargo y calcularlo, encontrarás más información en nuestra guía sobre el recargo de equivalencia

A continuación nos centraremos en los tipos del régimen general. Y cómo aplicarlos en tus facturas ✍️

¿Cómo aplicar los distintos tipos de IVA en tus facturas?

Una vez conoces el tipo (o tipos) de IVA de tus servicios o productos, aplicarlo en tus facturas es sencillo.

(Si vas a empezar como autónomo y tienes dudas sobre qué tipo debes aplicar, puedes reservar ahora una consulta gratuita con uno de nuestros mentores fiscales). 

Solo tienes que calcular el porcentaje de IVA sobre el importe de tus servicios antes de impuestos

Y luego sumarlo. 

Con un ejemplo las cosas se ven más claras 💡 

Pongamos que ofreces servicios de consultoría en marketing digital. 

Y que la hora de consultoría la cobras a 500 €. 

Como tu servicio está gravado al tipo general (21 %), el cálculo del IVA de la factura por una hora de consultoría lo harías así: 

  1. Multiplica el importe antes de impuestos (500 €) por el porcentaje de IVA (21 / 100). Es decir: 500 € x 0,21.
  2. El resultado te dará la cuota de IVA de la factura. En este ejemplo, la cuota de IVA es de 105 €.  
  3. Suma la cuota de IVA a la base imponible de la factura, es decir, al importe de tus servicios antes de impuestos (500 €).  

El resultado es una factura con IVA correctamente calculado, tal y como te mostramos en el siguiente ejemplo de factura con IVA: 👇 

factura declarando iva

Si quieres ahorrarte cálculos, puedes probar nuestro generador de facturas

Y si quieres llevar tu facturación y contabilidad de autónomo de forma fácil y despreocupada, con nuestro programa de facturación para autónomos harás facturas sin preocuparte por el IVA y el resto de requisitos legales 🤗

Después de facturar un servicio o producto con IVA debes ingresarlo a Hacienda. 

No al momento ni de cualquier manera. 

Es hora de hablar de la autoliquidación del IVA

La declaración de IVA de los autónomos: modelo trimestral y anual

El IVA de tus facturas de venta y de tus compras debes declararlo cada trimestre. 

O por ser más exactos: debes autoliquidarlo

Hacienda usa esta palabra porque eres tú quien se encarga de ingresarlo. 

Y para esto debes usar el modelo 303.

Al terminar el año, debes entregar a Hacienda un resumen anual del IVA de tu actividad. 

En este resumen solo informas a la AEAT (las siglas de la Agencia Tributaria) del IVA que has ido liquidando durante el año. 

El formulario de resumen anual es el modelo 390 y solo es informativo (no pagas nada). 

Como el modelo 303 es el más frecuente (es trimestral) y el que te exige pagar, en lo que sigue nos centraremos en él. 

¿Cuándo se paga el IVA?

El modelo 303 lo debes presentar al final del trimestre natural, es decir, siguiendo su calendario fiscal

  • Del 1 al 20 de abril presentas el IVA del 1er trimestre del año (de enero a marzo)
  • Del 1 al 20 de julio, el IVA del 2º trimestre (de abril a junio)
  • Del 1 al 20 de octubre, el IVA del 3er trimestre (de julio a septiembre)
  • Del 1 al 30 de enero del siguiente año, el IVA del 4º trimestre (de octubre a diciembre)

Si el último día de presentación cae en fin de semana o festivo, el plazo máximo se alarga al siguiente día hábil

Este modelo lo tienes que presentar siempre. Tengas o no actividad, ingresos o gastos que declarar. 

¿Y qué hay del resumen anual de IVA? 

El modelo 390 lo presentas una vez al año, entre el 1 y 30 de enero para el IVA que facturaste el año anterior.  

¿Cómo presentar el IVA trimestral?

Solo hay una manera de presentar el IVA trimestral: a través de la sede electrónica de la AEAT

El lugar para presentarlo no tiene pérdida: al entrar en la web de la AEAT, en Información y gestiones, clica sobre el icono de IVA para hacer la presentación telemática: 

certificado digital

Para presentarlo necesitas un certificado electrónico como el certificado digital, el DNI electrónico o la Clave PIN.

¿Y no es posible presentarlo en persona en una sede de la AEAT? ¿O enviarlo por correo postal? 

Lamentablemente, no 🤔

Desde 2023, ya no es posible la presentación presencial o por correo postal.

La presentación electrónica da más facilidades. Porque no tienes que salir de casa. 

Es más, si usas un software de impuestos como el de Declarando, puedes presentar tu modelo 303 directamente en la web de Hacienda con un par de clics. 

Y de paso ahorrarte lo que te explicamos a continuación. 

Cómo se calcula el IVA trimestral en 3 pasos sencillos

El cálculo del IVA trimestral es simple. Y solo te llevará 3 pasos: 

  1. Suma el IVA de tus ventas (el IVA repercutido) de todo el trimestre
  2. Suma el IVA de tus gastos (el IVA soportado) del todo el trimestre
  3. Resta el IVA de tus ventas y el IVA de tus gastos

Y ya lo tienes: IVA trimestral calculado 😊

resultado iva

El resultado puede salir positivo o negativo. Es decir, a ingresar o compensar (o devolver).  

¿Qué ocurre cuando la liquidación del IVA trimestral sale positiva?

Si el resultado del cálculo del IVA es positivo debes pagar a Hacienda. 

Es lo más normal en una actividad que genera beneficios: el IVA de tus ventas es superior al de tus gastos. 

Aunque a veces esto no es así, como vamos a explicarte ahora.  

¿Qué pasa cuando la liquidación del IVA trimestral sale negativa?

Cuando el resultado es negativo, ocurre lo siguiente: 

  • En las declaraciones de los 3 primeros trimestres del año, Hacienda te permite compensar ese resultado con la siguiente declaración. 
  • En la declaración del 4º trimestre, puedes pedir la devolución. O compensarlo con la primera declaración del 1er trimestre del año siguiente. 

Por ejemplo, pongamos que en la declaración del IVA del 2º trimestre (la que presentas en julio) te ha salido negativa. 

Ese resultado lo podrás compensar con la declaración del 3er trimestre (la que presentarás en octubre). 

Es decir, que al resultado del IVA del 3er trimestre (que presentas en octubre) le podrás restar el resultado negativo del trimestre anterior (el que presentaste en julio). 

Y así pagar menos IVA 😊

En cambio, si el resultado negativo es en la declaración de IVA del 4º trimestre (la que presentas en enero del siguiente año), tendrás 2 opciones: 

  • Solicitar una devolución. 
  • Compensar su resultado con la siguiente declaración, la que presentarás en abril (la del 1er trimestre). 

¿Un ejemplo más para ver mejor todo esto de la liquidación del IVA? 👇

Liquidación del IVA trimestral: ejemplo para salir de dudas

Has empezado hace poco como autónomo. Y debes afrontar tu primer reto fiscal: tu primer trimestral de IVA. 

Tienes un plazo de 20 días para presentarlo. Son los primeros 20 días del siguiente mes. 

Para liquidar tu IVA trimestral, debes hacer lo siguiente: 

  1. Reúne todos tus ingresos.
  2. Suma por separado la cuota tributaria de IVA de las distintas facturas y la base imponible. Si tienes servicios o productos con diferentes tipos de IVA, deberás agrupar la suma del IVA y de la base imponible por porcentaje de IVA, tal y como se muestra en la siguiente imagen: 

suma cuota tributaria

3. Agrupa todos tus gastos con IVA (asegúrate de que tienes una factura para justificarlos). 

4. Suma su base imponible y su cuota de IVA por separado. Si has comprado bienes de inversión (como maquinaria u otras herramientas necesarias para el funcionamiento de tu negocio y con un importe superior a 3.005,06 €), haz la suma aparte. En la siguiente imagen lo verás mejor: 

iva deducible

5. Resta a la cuota de IVA de tus ventas (el IVA devengado) la cuota de IVA de tus compras (el IVA deducible). Ya tienes el modelo 303 resuelto:

iva devengado

Este es un ejemplo muy simple, pero de un autónomo real. 

La realidad puede ser más compleja, dependiendo de tu actividad. 

Por ejemplo, puede que por tu negocio hagas compras (o ventas) a autónomos o empresas de otro país de la UE.

En este caso, se aplican las reglas del IVA intracomunitario

Por lo general, esto implica hacer facturas sin IVA cuando tu cliente o proveedor es otro autónomo o empresa. 

Aun así, este IVA intracomunitario lo tendrás que declarar en el modelo 303 (también en otro modelo: el 349). 

Ojo: declarar no significa aquí pagarlo. En nuestra guía sobre el IVA intracomunitario encontrarás más información y resolverás todas tus dudas.  

¿Cómo se paga el IVA trimestral?

Cuando el IVA trimestral te ha salido a ingresar (debes pagar a Hacienda), tienes 4 opciones de pago

  • Por domiciliación bancaria. Al rellenar el modelo 303, tendrás la opción de introducir el número de IBAN de tu cuenta bancaria. Esta opción solo está disponible hasta 5 días antes del último día de presentación (es decir, hasta el día 15). 
  • Por pago online (NCR). La opción NCR (número de referencia completo) es la forma de pagarlo online. Para elegir esta alternativa, clica en Realizar pago (obtener NRC). Se abrirá una pasarela de pago para conectar con tu banco.
  • Por transferencia bancaria. En la opción Reconocimiento de deuda y pago por transferencia, podrás pagar el IVA trimestral por transferencia bancaria. 
  • Por documento de ingreso bancario. En Documento para ingresar en Banco/Caja, se generará un documento de pago para que lo lleves a tu oficina bancaria y hagas ahí el pago del IVA.   

Existe una quinta opción de pago. Consiste en aplazarlo 👇

Aplazamiento del IVA de los autónomos: lo primero que debes valorar

Hacienda te da la opción de aplazar el pago del IVA. Y puedes aplazarlo en su totalidad o solo una parte. 

El aplazamiento puede ser fraccionado. Es decir, que no solo puedes pagarlo más tarde, sino que puedes hacerlo en distintos plazos. 

Eso sí:

Aplazar o fraccionar el pago del IVA no es gratis. 

Hacienda te cargará los intereses de demora, que son del 4,06 % en 2024

Y si solicitas el aplazamiento fuera del plazo de presentación del IVA, debes sumarle un recargo de entre el 5 % y el 10 %

Por poner un ejemplo:

Quieres aplazar un IVA de 304,71 €. Esto es lo que también deberías valorar:

  • Si lo solicitas dentro del plazo de presentación, tu IVA trimestral ascendería a 317,08 € (aplicando un interés de demora del 4,06 %). 
  • Si lo pides fuera de plazo, y antes de que Hacienda te envíe un requerimiento (por no haberlo presentado a tiempo), tu IVA trimestral pasaría a ser de 332,31 € (se suma un recargo del 5 % al interés de demora).

Si por cuestiones financieras no te queda otra que aplazar el pago del IVA, al presentar el modelo 303 encontrarás una doble opción:

  • Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento. Para aplazar el pago o fraccionarlo en distintos plazos.
  • Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento. Para hacer el primer ingreso en el momento de presentar el IVA trimestral y aplazar el resto en uno o varios pagos. 

Cuando pides un aplazamiento, debes justificarlo en la solicitud (por ejemplo, por “problemas de tesorería”). 

Y si el IVA trimestral a pagar supera los 30.000 €, deberás presentar garantías de pago (como un aval) 😬

Pero solo si supera ese importe 😅

¿Cuándo devuelve Hacienda el IVA a los autónomos?

Cuando el IVA trimestral te sale a devolver, recuerda lo que te comentábamos antes: solo en la declaración de IVA del 4º trimestre puedes solicitar la devolución. 

A partir de entonces, el plazo de devolución del IVA es de 6 meses, contando a partir de la fecha de presentación del modelo 303.  

Sí, 6 meses como máximo 🥺

Puede incluso que se retrase más. Pero entonces Hacienda deberá pagarte los intereses de demora del 4,06 % (en 2024). 

Y ahora que ya conoces el funcionamiento general del IVA de los autónomos, llega el momento más interesante: cómo pagar menos 😃

¿Cómo pagar menos IVA trimestral?

Solo hay un camino para pagar menos IVA trimestral sin que Hacienda te multe y sin infringir la ley: el IVA deducible

Es decir, el IVA de tus gastos. 

Suena fácil, pero no lo es. 

Porque muchos autónomos —especialmente, cuando empiezan— desconocen todos los gastos que se pueden deducir. 

O peor: se deducen gastos que no deben. 

O en la cantidad que no deben, porque desconocen la normativa (y nadie se la ha explicado). 

Aquí tienes una breve lista de los gastos más comunes de los autónomos cuyo IVA puedes deducir: 

  • El alquiler de un local de negocio (si trabajas en casa, el propietario deberá emitir una factura para poder deducírtelo).
  • Los gastos de suministro (luz, agua, gas), internet y telefonía (también si trabajas en casa, aunque limitado al porcentaje del espacio que uses para trabajar).
  • Los materiales o materias primas para realizar tu actividad como el ordenador, el móvil, libretas, etc.
  • La asesoría fiscal y otros servicios de gestoría.
  • Servicios de otros profesionales (abogados, notarios, consultores, etc.).
  • Gastos por dietas (comidas), gasolina y viajes.
  • Gastos de representación (comidas con clientes o proveedores, etc.).
  • Software y alojamiento web (hosting).

La lista es extensa, porque cualquier gasto con IVA que uses para tu actividad es potencialmente deducible. 

Eso sí, cumpliendo unos requisitos que ahora te explicamos. 

¿Cómo desgravar el IVA del autónomo? Los 3 requisitos esenciales

Para desgravar el IVA de tus gastos de autónomo —y así pagar menos IVA— anota estos 3 requisitos esenciales:

  1. El gasto debe ser uso exclusivo y directo para tu actividad
  2. Ha de estar justificado con una factura
  3. Debes registrarlo en tu contabilidad

El aspecto que más confusión genera es el primero: el uso exclusivo y directo para tu actividad. 

De entrada, cualquier gasto que compartas tanto en tu vida profesional como personal no es deducible

Y menos todavía los gastos personales. Sobre estos no hay confusión que valga 😉

Pero los mixtos (de uso profesional y privado), como un ordenador, un teléfono móvil… Si no tienen un uso exclusivo para tu actividad, no lo puedes deducir. 

Luego llegan los matices. 

Aunque muy contados y con limitaciones, como son el caso de la gasolina, la compra de un coche para uso privado y profesional y los gastos de suministro de tu vivienda (cuando trabajas en casa).

Esto de los gastos deducibles pueden parecer ciencia infusa y confusa si no eres un experto fiscal.

Por eso es importante, para hacerlo bien, que recibas asesoramiento de expertos fiscales. 

Deducir mal un gasto puede suponerte una sanción de entre el 50 % y el 150 % de la cantidad (mal) deducida. 

Y deducírtelo bien, sin dejar escapar ninguno, puede significar un ahorro de 4.000 € de media al año. 

Qué diferencia, ¿verdad? 

En Declarando hemos ayudado a más de 200.000 autónomos a ahorrar 150 millones de euros en impuestos como el IVA y el IRPF de autónomos. 

Reserva ahora una consulta gratuita con uno de nuestros mentores fiscales y te resolveremos todas tus dudas sobre el IVA de autónomos (y cómo ahorrar) 🤗

“¿Qué es el IVA franquiciado de los autónomos?” y otras preguntas habituales

El IVA de los autónomos genera muchas dudas. Algunas muy concretas que preferimos responder a continuación. 

¿Es verdad que los autónomos dejarán de pagar IVA?

Es verdad que desde hace unos años se habla del IVA franquiciado de los autónomos

Según distintas informaciones, los autónomos que facturen por debajo de los 85.000 € no pagarán IVA a partir de 2025. 

Así lo informábamos nosotros también en nuestro Observatorio Jurídico (“Autónomos y pymes podrán librarse del IVA”). 

Lamentablemente, esto no va a ser así. Al menos, en 2025. 

Lo último que sabemos es que Hacienda baraja aplicarlo en exclusiva a aquellos que realicen operaciones trasnacionales (fuera de nuestras fronteras). 

Entonces… ¿No existe una nueva ley de IVA para autónomos?

No, no existe una nueva ley de IVA para autónomos. 

Lo que sí existe es una directiva europea —la Directiva (UE) 2020/285—, de 2020, que España debe aplicar sobre el IVA franquiciado. 

Según esa directiva, afectaría a los autónomos que facturen por debajo de los 85.000 €. 

Su aplicación está todavía en fase de negociación con las asociaciones de autónomos. 

Si Hacienda no me ha devuelto el IVA, ¿debo reclamarlo?

Hacienda tiene un plazo máximo de 6 meses para devolverte el IVA. 

Si pasada esa fecha no te lo ha devuelto, lo hará… sumándole, además, los intereses de demora. 

No debes reclamarlo. Pero puedes consultar el estado de tu devolución en tu área personal de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, clicando en Mis expedientes:

mis expedientes

¿Cuál es el IVA de los artistas autónomos?

Los artistas autónomos que se dedican a la interpretación o dirección de obras de teatro o musicales, deben aplicar el IVA reducido del 10 % a sus servicios. 

Otros artistas, en cambio, deben aplicar un IVA del 21 %. Y los artistas plásticos están exentos cuando sus obras implican derechos de autor. 

En nuestro artículo sobre el estatuto del artista encontrarás información más detallada.  

¿Y el IVA de los autónomos en el primer año?

No existe un IVA especial o reducido para los autónomos en el primer año de actividad. 

Lo que sí existe es una retención de IRPF reducida del 7 % para los nuevos autónomos. 

Pero este —el IRPF— es otro impuesto. 

En “IRPF de autónomos: ¿7 o 15 %?” encontrarás la información que necesitas. 

¿La cuota de autónomo lleva IVA?

No, la cuota de autónomo no lleva IVA. 

Pero sí es un gasto deducible en el IRPF 😊

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.
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