¿Eres autónomo español, pero vas a desarrollar una actividad en otro país durante un tiempo?
Entonces puede que te encuentres en situación de autónomo desplazado. Tranquilo, porque la legislación en España contempla esta situación.
Es común ver a clientes extranjeros que exigen a los profesionales desplazarse a sus instalaciones en otro país para el desarrollo de un trabajo o proyecto.
Y en este punto surgen preguntas como: ¿dónde debo cotizar? ¿Dónde pago los impuestos? ¿Y la renta? Vamos a arrojar luz sobre estas preguntas.
¿Qué es ser autónomo desplazado?
Un autónomo desplazado es aquel profesional por cuenta propia que, estando dado de alta como autónomo en España, está desarrollando una actividad profesional o laboral en el extranjero de manera temporal.
Según recoge el parlamento europeo sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, un autónomo español puede trabajar temporalmente en otro país comunitario o en Suiza.
El único requisito que se impone es que en el momento en que decidas residir temporalmente en otro país debes notificarlo a la Seguridad Social.
Si te desplazas a un país de fuera de la Unión Europea, deberás conocer cómo están contempladas estas situaciones en el convenio entre España y el país de destino.
Por ejemplo, la Subdirección General de Afiliación de la Seguridad Social en convenio con EE. UU. te expedirá un formulario de sometimiento a la Seguridad Social española durante un periodo de tiempo determinado.
Sigue leyendo que te lo explicamos.
La Seguridad Social del autónomo desplazado al extranjero
La Seguridad Social contempla estancias en el extranjero de hasta 2 años en situación de autónomo desplazado, siempre que comuniques a la Seguridad Social el desplazamiento.
Para ello, debes solicitar mediante el modelo TA.300 ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la expedición del formulario E-101 Certificado de legislación aplicable.
Se trata de un certificado de desplazamiento para autónomos que acredita que continúas sometido a la legislación española de Seguridad Social durante tus desplazamientos a otros países miembros de la Unión Europea.
Es decir, en consecuencia, estás exento de cotizar a la Seguridad Social del país al que vas a trabajar.
Si ejerces tu actividad fuera de la Unión Europea, debes consultar el convenio de España con la Seguridad Social de dicho país.
Siguiendo con el ejemplo de Estados Unidos, allí, deberás solicitar ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones el modelo TA.300.
Este modelo es llamado: Solicitud de información sobre la legislación de Seguridad Social aplicable y acompañará el formulario E/USA-1: Certificación relativa a la legislación aplicable.
Aquí puedes encontrar los países con los que España tiene convenio en este sentido y los documentos que debes presentar: países que tienen convenio con España
Como ves, dependiendo de cada país, el convenio puede ser uno u otro, por eso es recomendable que revises las leyes que hay al respecto, en tu país de destino.
Ten en cuenta que si te desplazas a algún país europeo, tendrás asegurada la asistencia sanitaria, usando la tarjeta sanitaria europea u obteniendo el reembolso de los gastos sanitarios.
Si tienes dudas con esto, puedes solicitar una llamada gratuita de asesoramiento con nuestros expertos y ellos te asesoran sin compromiso.
Cómo cotizan los autónomos desplazados al extranjero
La Seguridad Social ha puesto límites a los autónomos desplazados para evitar fraudes con la Administración pública.
En este sentido, la cotización en España, trabajando fuera, está limitada a 1 año en la mayoría de los casos.
Estas son las diferentes soluciones a las que puedes optar si te encuentras en esta situación:
- Darte de alta en el país donde vayas a desarrollar tu actividad y pagar allí las cotizaciones. Ten en cuenta que esto supondrá que en el momento de la jubilación, tengas que iniciar trámites con esa administración extranjera y todo lo que conlleva un proceso similar.
- Puedes solicitar una prórroga a la Seguridad Social, si sabes que el proyecto va a durar más de un año o si prevés estar más tiempo. Debes efectuar tu solicitud mediante el modelo TA.300 También es necesario tener la tarjeta sanitaria europea en vigor.
- La última alternativa, es volver a España, darte de baja de autónomo, estar 2 meses sin ejercer ninguna actividad y volver a reanudar la actividad pasado ese periodo.
Cualquiera de estas soluciones te permitirá poder ejercer tu actividad profesional como autónomo en cualquiera de los países comunitarios.
Dónde tributan los autónomos desplazados al extranjero
Para saber dónde debes tributar necesitas conocer dónde tienes la residencia fiscal. Si sigues siendo residente fiscal en España deberás seguir tributando aquí.
El principal criterio que lo determina es la estancia de más de 183 días en territorio nacional (criterio que no se cumplirá en el caso de ser autónomo desplazado), pero no es el único.
Aunque no estés viviendo en España, puedes seguir conservando tu domicilio fiscal en los siguientes casos:
- Si tienes el núcleo principal o la base de tus actividades o intereses económicos en España de forma directa o indirecta
- Si estás más de 183 días al año en el territorio nacional
- Si estás casado y tu cónyuge vive en España
- Si tienes hijos que residan habitualmente en el país
Si cumples cualquiera de estos requisitos, tu domicilio fiscal sigue siendo español y estás obligado a pagar tus impuestos en España.
Si no cumples ninguna de estas circunstancias y eres autónomo español no residente, se considerará que vives en el país de destino y tus rendimientos tributarán en dicho país.
Por último, si mantienes rentas obtenidas en España (como el alquiler de un piso), debes presentar en España los impuestos deducidos de sus rendimientos a través del Impuesto de la Renta de los No Residentes (IRNR).
La declaración del IVA para autónomos desplazados
Si tu residencia fiscal está en España por alguno de los casos anteriores, pero estás desarrollando tu actividad fuera del país, los gastos con IVA intracomunitario se deben contabilizar como gasto sin factura por el todo.
Además, estos gastos deberás incluirlos en la declaración de la renta.
En caso de que pases a ser no residente español, deberás consultar la legislación de ese país.
Por otro lado, en esta situación es interesante que estés dado de alta en el ROI, es decir, en el registro de operadores intracomunitarios.
De esta forma, las compras que realice tu negocio a otras empresas comunitarias (con domicilio en alguno de los países miembros de la UE) estarán exentas de IVA y viceversa.
Notificaciones de Hacienda para autónomos desplazados
Si eres un trabajador autónomo con desplazamientos frecuentes al extranjero, te interesa asegurar el lugar donde te llegan las notificaciones de Hacienda.
Para ello, puedes solicitar una Dirección Electrónica Habilitada (DEH), lo que coloquialmente es conocido como: Buzón electrónico.
Lo único que necesitas es tener un certificado electrónico que puedes generar en cualquier momento para poder realizar trámites online con la administración.
Por otro lado, si lo prefieres, puedes hacer apoderada a otra persona y esta es quien recogerá tus notificaciones.
Esta persona podrá consultar tus datos personales, interponer recursos, asumir obligaciones y pagar las deudas mediante cuentas de tu titularidad.
Ser autónomo en España y vivir en el extranjero: últimas palabras
En conclusión, si eres autónomo y te propones trabajar temporalmente en un país miembro por más de dos años, debes notificarlo a la Seguridad Social y decidir cómo quieres gestionar tu situación con respecto a la cotización.
Además, debes comprobar dónde tienes tu residencia fiscal para saber dónde tributar.
Por último, recuerda que en la renta debes contabilizar el IVA de los gastos deducibles como gasto sin factura por el todo.