Seguro que si eres autónomo te has tenido que parar a pensar en algún momento… ¿Qué pasará si Hacienda encuentra esta operación que he decidido no declarar? ¿Qué sucede cuando ocultamos información relativa a los ingresos a Hacienda?
En este artículo veremos qué sucede con esas operaciones no declaradas a Hacienda y que posteriormente se descubren por la administración.
La respuesta a esta situación la encontramos en la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, esta asegura que cuando un autónomo oculta esos ingresos a Hacienda sin factura en la que detalle el IVA, se consideran operaciones con IVA incluido.
Si tienes alguna duda respecto al IVA en tus operaciones o a la hora de declararlo, no dudes en consultar la guía del IVA de los autónomos.
El Tribunal Supremo afirma en base a la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2020 que para que resulte aplicable considerar una operación sin IVA son necesarios tres requisitos:
- En primer lugar, que las partes establezcan el precio sin ninguna mención al IVA.
- En segundo lugar, que el vendedor sea sujeto pasivo del impuesto por la operación gravada.
- Finalmente, que tal vendedor carezca de la posibilidad de recuperar del adquirente el IVA reclamado por la Administración tributaria.
«La Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en particular sus artículos 73 y 78, deben interpretarse en el sentido de que, cuando las partes han establecido el precio de un bien sin ninguna mención del impuesto sobre el valor añadido y el vendedor de dicho bien es el deudor del impuesto sobre el valor añadido devengado por la operación gravada, este último impuesto debe considerarse ya incluido en el precio pactado si el vendedor carece de la posibilidad de recuperar del adquirente el impuesto sobre el valor añadido reclamado por la Administración Tributaria.»
En base a lo anterior, si Hacienda descubre este comportamiento por parte del autónomo, no solo regularizará esas operaciones obligándole al a declararlas, sino que esa cantidad de dinero ocultado contiene parte del IVA de tal manera que el beneficio final es menor.
Eso sin olvidar la correspondiente sanción tributaria que dependerá tanto del tipo de operación como de IVA.