Los 3 regímenes fiscales para autónomos

¿Vas a empezar tu actividad como autónomo y no sabes a cuál de los 3 regímenes fiscales acogerte?

¿Estás ya en uno de ellos pero al final del trimestre no sabes cómo calcular tus impuestos?

No te agobies, estas dudas son muy comunes en la gran mayoría de gente que está pensando en darse de alta de autónomos. 

En este artículo te voy a hablar de los 3 regímenes fiscales a los que un autónomo puede acogerse.

Los requisitos para cada uno de ellos es diferente. También tienen un cálculo diferente que nos permite beneficiarnos de alguna reducción que nos haga pagar menos.

NOTA: Al final del artículo puedes consultar un ejemplo práctico para que puedas ver cómo calcular los pagos trimestrales para el modelo 130 de pagos a cuenta del IRPF. También te voy a enseñar cómo se calcula el IVA para cada uno de los regímenes.

Estimación directa normal

El régimen de estimación directa normal es el régimen de tributación del IRPF al que pertenece la gran mayoría de autónomos y empresarios. Formar parte de este régimen depende del volumen de facturación y el tipo de actividad.

¿Quién está en estimación directa normal?

Todos los autónomos que tengan actividades empresariales o profesionales en las que se facturen más de 600.000 € en el año justo anterior.

Si tu cifra de negocios fue menor puedes optar por la estimación directa simplificada de la que hablaremos más adelante. No obstante, puedes renunciar al régimen simplificado o de módulos presentando el modelo 037 antes del 31 de diciembre del año anterior al que quieras entrar en estimación directa normal.

¿Cómo calculo el rendimiento de mi actividad en estimación directa normal?

Se calcula así: Rendimiento Neto = Ingresos – Gastos (o sea Beneficio Real)

Ahora te explico qué  es lo que se incluye en la parte de ingresos y qué gastos:

En ingresos van las ventas de los productos y servicios que realices, el autoconsumo, las subvenciones que recibas, las indemnizaciones y otros ingresos.

Por otro lado en los gastos van los suministros, los consumos de existencias, los gastos de personal, los de reparaciones y conservación, los de arrendamiento y las amortizaciones hasta el fin de trimestre.

Como puedes ver, la diferente clasificación de los ingresos y gastos pueden provocar que a la hora de calcular el rendimiento neto resulte complicado. En el ejemplo práctico que realizaremos más adelante puedes ver cómo se hace.

¿Cuándo y cómo se realizan los pagos fraccionados en el régimen de estimación directa normal?

Los pagos fraccionados se indican en el modelo 130. Este es un modelo que se presenta trimestralmente. El pago fraccionado de cada trimestre se calcula multiplicando por un 20 % el rendimiento neto que se calcula desde el principio del año hasta el último día del trimestre menos los pagos fraccionados anteriores.

Aunque el resultado sea negativo o cero, es obligatorio presentar el modelo:

(20 % * Rendimiento Neto) – Pagos fraccionados de los trimestres anteriores – Retenciones soportadas – Ingresos a cuenta

¿Cómo cálculo el IVA para el régimen de estimación directa normal?

Hay que calcular todo el «IVA Soportado» y el «IVA Repercutido» a lo largo del trimestre y declararlo en el modelo 303.

Si el IVA Repercutido es mayor que el Soportado, tendremos que pagarle a Hacienda, si es al contrario, podemos compensarlo para futuros trimestres, o si estamos presentando el cuarto trimestre pedir su devolución.

Estimación directa simplificada

La estimación directa simplificada es uno de los regímenes de IRPF para el cálculo del rendimiento de la actividad, está basado en la obtención de un beneficio/pérdida mediante la diferencia entre los ingresos y los gastos.

¿A quién se le aplica la estimación directa simplificada?

Como te he comentado antes, podrás entrar en este régimen si tu volumen de negocios el año anterior fue menor de 600.000 € y siempre que no quieras renunciar a él voluntariamente.

También se les aplica a las actividades empresariales que quedan excluidas del régimen de módulos.

Las actividades excluidas son las que están dentro del grupo de actividades empresariales de la división 3, 4 y 5 a las que se les aplica un 1 % de retención. Por ejemplo, carpintería, ferretería, confección de prendas de vestir, fontanería, etc.

También existe la posibilidad de que superes los límites que se establecen para entrar en módulos y por tanto entres en estimación directa simplificada, te los explicaré cuando hablemos de estimación objetiva.

¿Cómo calculo el rendimiento de mi actividad en estimación directa simplificada?

El rendimiento neto se calcula como en la estimación directa normal pero tiene algunos detalles extra a tener en cuenta.

Las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación minorarán en un 5 % el rendimiento neto Es decir, tu beneficio con un límite de 2.000 €, pero esto no se aplicará si te acoges a las reducciones por determinadas actividades económicas que aparecen en el folleto de Hacienda, en la página 19.

Otro detalle importante es que las amortizaciones se calculan de forma lineal con la tabla de amortizaciones simplificada que verás aquí abajo:

Grupo Elementos patrimoniales Coeficiente lineal máximo (%) Período máximo (Años)
1 Edificios y otras construcciones 3 68
2 Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material 10 20
3 Maquinaria 12 18
4 Elementos de transporte 16 14
5 Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos 26 10
6 Útiles y herramientas 30 8
7 Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino 16 14
8 Ganado equino y frutales no cítricos 8 25
9 Frutales cítricos y viñedos 4 50
10 Olivar 2 100

¿Cuándo y cómo se realizan los pagos fraccionados en este régimen?

Del mismo modo que en la estimación directa normal, presentas el modelo 130 dentro del plazo establecido para ello.

Calculas el 20 % de tu rendimiento neto hasta el fin del trimestre, restándole los pagos que hayas realizado en los semestres anteriores, las retenciones y los ingresos a cuenta.

Mi recomendación es que para presentar tus impuestos utilices la plataforma de Declarando. Par ello sólo tienes que poner tus ingresos y gastos de manera sencilla e intuitiva, con la ayuda de un asesor virtual inteligente. A partir de ahí, la misma página calcula cuanto corresponde pagar si es el caso y te genera el archivo para que lo presentes directamente en Hacienda. ¡Más fácil imposible!

¿Cómo calculo el IVA para este régimen en concreto?

Del mismo modo que en la estimación directa normal, la diferencia entre el IVA repercutido y soportado. Con la plataforma de Declarando también puedes calcular y presentar fácilmente el modelo 303.

ordenador de autonomo

Estimación objetiva

La estimación objetiva es un régimen simplificado de tributación. De esta manera, los pequeños empresarios y autónomos tienen una manera más sencilla de gestionar la administración de su actividad laboral.

¿Quién opta a la estimación objetiva?

También conocida como módulos, se les aplica este régimen a empresarios y profesionales que cumplan con estos requisitos:

  • Que sus actividades estén incluidas en la orden que Hacienda hace cada año y que aquí te dejo para que la consultes.
  • Que los rendimientos del año anterior no superen los 250.000 €, en 2016 y 2017, para todas las actividades económicas, menos las agrícolas, ganaderas y forestales. También se aplica cuando el destinatario sea un empresario o profesional no superen los 125.000 €. También habrá un límite de 250.000 € para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • Que el volumen de compras en bienes y servicios en el año anterior no sea mayor de 250.000 € sin contar el IVA, y sin contar la adquisición de inmovilizado.
  • Que las actividades que realice el autónomo no estén desarrolladas fuera de la aplicación del IRPF, total o parcialmente. Para las actividades relacionas con el transporte tales como, transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera, de autotaxis, de mercancías por carreteras y de mudanzas; se entiende que se realizan dentro del ámbito del IRPF.
  • Que no hayan renunciado a este régimen de manera voluntaria.
  •  Y que los autónomos que no hayan renunciado o estén excluidos del régimen simplificado del IVA.
  • Que ninguna de las actividades que realiza el autónomo se encuentre en estimación directa, normal o simplificada.

¿Cómo calculo el rendimiento de mi actividad en estimación objetiva?

Aunque si entras en módulos puedes pagar menos en impuestos, la verdad es que calcular el rendimiento neto puede llegar a ser un verdadero quebradero de cabeza: buscando tu epígrafe, calculando las unidades que te corresponden y demás; en Declarando podemos ayudarte a través de nuestros asesores.

Para el cálculo de los rendimientos tenemos que consultar en la Orden de Hacienda que te he puesto antes, nuestro epígrafe de actividad y multiplicar los importes que aparecen en las tablas, más adelante lo podrás ver en un ejemplo.

¿Cómo y cuándo se realiza el pago fraccionado?

Como en los otros dos métodos los plazos serán: 1er trimestre (1-20 Abril), 2do trimestre (1-20 Julio), 3er trimestre (1-20 Octubre) y 4to trimestre (1-30 Enero). Pero en este caso, tendrías que presentar el modelo 131. 

El importe se calculará multiplicando por un 4 % el rendimiento neto aplicable. Será del 3 % cuando se tenga una persona asalariada o del 2 % cuando no se tenga personal asalariado o en las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

¿Cómo calculo el IVA para este régimen en concreto?

Pues cada trimestre deberás calcular la cuota devengada por corrientes, es decir multiplicar las unidades de módulos del cuadro de tu actividad por el importe que correspondan y sumarlas, como lo calculas para el rendimiento neto.

Al resultado final le tienes que multiplicar el porcentaje que corresponda a tu actividad, puedes ver el porcentaje en la Orden que te he comentado antes, justo al final del documento.

Ejemplo práctico con cada uno de los regímenes

Vamos a hablar de María, una autónoma que tiene una cafetería llamada «El café de María», y que cuando empezó su actividad se acogió al epígrafe 673.2 del IAE.

Acaba el segundo trimestre de 2016, estamos a 1 de Julio y los ingresos y gastos de María desde el inicio del año hasta día de hoy son:

  • Ingresos: 50.000 €
  • Compras: 6.000 €
  • Un trabajador asalariado: 7.500 €
  • Seguridad social: 3.000 €
  • Alquiler del local: 3.500 €
  • Luz: 3.100 €
  • Agua: 60 €
  • Teléfono e Internet: 400 €
  • Otros gastos: 125 €

Además, María tiene algunos inmovilizados para su actividad: una nevera que le costó 5.000 €, cuatro mesas para cuatro personas cada una y sillas por valor de 4.000 € y alguno útiles y herramientas que le costaron 1.500 €. Además tiene una barra donde sirve que mide 6 metros de largo.

La potencia contratada con la compañía eléctrica es de 15 KW. Estos detalles son importante para el cálculo de los módulos. El trimestre pasado pagó 1.000 € en concepto del modelo 130 de pago a cuenta del IRPF. El IVA repercutido es de 2.500 € y el Soportado de 1.250 €.

Vamos ahora a calcular cuánto pagaría María en cada uno de los 3 regímenes fiscales en concepto de IRPF e IVA. Es decir los modelos 130 y 303 respectivamente.

Ejemplo de la estimación directa normal

Lo primero que vamos a hacer es calcular las amortizaciones según las tablas oficiales de amortización que están en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, que son bastante extensas. Las vamos a calcular a día de hoy, 1 de Julio.

La nevera tiene un coeficiente del 12 %: 5.000 € * (6 meses/12 meses) * 12 % = 300 €

Las mesas y sillas tienen un coeficiente del 10 %: 4.000 € * (6 meses/12 meses) * 10 % = 200 €

Los útiles y herramientas tienen un coeficiente del 25 %: 1.500 € * (6 meses/12 meses) * 25 % = 187,5 €

En total 687,5€ de amortizaciones que se computarán como gasto para el cálculo del rendimiento neto.

El total de gastos asciende a: 6.000+7.500+3.000+3.500+3.100+60+400+125+687,5 = 24.372,5 €

El rendimiento neto es por lo tanto: 50.000€ – 24.372,5 € = 25.627,5 €

De este importe tenemos que calcular un 20% y descontarle los pagos de los trimestres anteriores, que fue de 1.000 €. 20 % * 25.627,5 €-1.000 €= 4.125,5 €

(Este va a ser e importe que vamos a pagar finalmente en el modelo 130)

Ahora vamos a ver cómo calculamos el IVA del trimestre. La diferencia entre IVA Repercutido y Soportado, si es positiva tendremos que pagar. En cambio, si es negativa podemos compensarla en el futuro.   2.500 € – 1.250 € = 1.250 € a pagar por IVA

Este importe será el que aparecerá en el modelo 303.

Ejemplo de la estimación directa simplificada

Usando la tabla de amortización simplificada que te he puesto antes, pasamos a calcular la amortización de los inmovilizados de María.

La nevera tiene un coeficiente del 12 %: 5.000 € * (6 meses/12 meses) * 12 % = 300 €

Las mesas y sillas tienen un coeficiente del 10 %: 4.000 € * (6 meses/12 meses) * 10 % = 200 €

Los útiles y herramientas tienen un coeficiente del 30 %: 1.500 € * (6 meses/12 meses) * 30 % = 225 €

El total de las amortizaciones asciende a 725 €, esto es porque la tabla simplificada tiene coeficientes de amortización mayores que la normal.

El total de gastos asciende en este caso a: 6.000+7.500+3.000+3.500+3.100+60+400+125+725 = 24.410 €

El Rendimiento Neto previo por tanto es: 50.000 €-24.410€ = 25.590 €

Ahora aplicamos un 5 % de reducción por gastos de difícil justificación, con un limite de 2.000 €. 25.590 * 5 % = 1.279,5 €

El Rendimiento Neto  final queda en 25.590€ – 1.279,5€ = 24.311€, un importe inferior al de la estimación directa normal.

Ahora calculamos el pago fraccionado que nos corresponde este trimestre, restando los 1.000€ que pagó el trimestre pasado. 20 % * 24.311 € – 1.000 € = 3.862,10 €

(Este va a ser el importe que vamos a pagar finalmente en el modelo 130)

El IVA, por otro lado, se calcula de la misma manera que en la estimación directa normal.

2.500 € – 1.250 € = 1.250 € a pagar

Ejemplo de estimación objetiva

Para el cálculo en módulos vamos a tener que conseguir la tabla que corresponde al epígrafe 673.2 de la Orden que te he indicado antes.

Módulo Definición Unidad Rendimiento anual por unidad antes de amortización ()
1 Personal asalariado Persona 1.643,93
2 Personal no asalariado Persona 11.413,08
3 Potencia eléctrica KW Contratado 94,48
4 Mesas Mesa 119,67
5 Longitud de barra Metros 163,76
6 Máquinas tipo «A» Máquinas tipo «A» 806,23
7 Máquinas tipo «B» Máquinas tipo «B» 2.947,75

Ahora multiplicamos las unidades que tiene María en su actividad por el módulo que le correspondan

Personal asalariado: 1.643,93 * 1 persona = 1.643,93 €

Personal no asalariado: 11.413,08€ * 1 persona (María) = 11.413,08 €

Potencia eléctrica: 94,48€ * 15 KW = 1.471,20 €

Mesas: 119,67€ * 4 mesas = 478,68€

Longitud de barra: 163,76€ * 6 metros = 982,56 €

Máquinas tipo «A»: No tiene

Máquinas tipo «B»: No tiene

El rendimiento neto es la suma de estos importes, 15.935,45 €

Y el importe que deberá pagar María en este segundo semestre es del 3 % de esta cuota:

15.935,43 € * 3 % = 478,06 €

(Este va a ser el importe que vamos a pagar finalmente en el modelo 130)

Para este caso, el IVA se multiplica por el coeficiente que nos marcan las tablas para este epígrafe en concreto. Nos marca un 2% que multiplicaremos al rendimiento neto que hemos calculado antes.

2 % * 15.935,45 € = 318,71 €

Y todo esto es lo que tenía para contarte sobre los 3 regímenes fiscales que existen para autónomos.

Como puedes ver los resultados para cada uno de ellos es diferente y el cálculo también varía. Si estás en estimación directa Simplificada, lo que yo te recomiendo es que uses la plataforma de Declarando porque puede contabilizar tus facturas fácilmente y la misma página va a hacer todos estos cálculos por ti, te va a generar los modelos 130 y 303, y tú sólo vas a tener que subirlos en la página de Hacienda. Vas a ahorrar muchísimo tiempo. ¡Ven y pruébalo en Declarando.es!

¿Y tú, conoces los 3 regímenes fiscales para autónomos?

En este artículo intento que conozcas los 3 regímenes fiscales para autónomos a los que puedes acogerte y los requisitos para cada uno de ellos.

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.