El periodo impositivo es un término fiscal importante para un autónomo.
Entre otras cosas, porque desde que presentas tu primera declaración fiscal, te lo vas a encontrar en todas partes.
Así que cuanto antes lo tengas claro, mejor conocerás tus obligaciones con Hacienda, que no son pocas 😉
¿Qué es el periodo impositivo?
Un periodo es un lapso de tiempo. E impositivo viene de impuestos.
Por separado esto quizá no te diga mucho, pero unido podemos entender este término como el lapso de tiempo en que tiene efecto un impuesto.
En lenguaje técnico, el diccionario de la RAE lo define como el “elemento temporal del hecho imponible de un impuesto”.
Y, en un lenguaje sencillo: el tiempo que tiene en cuenta Hacienda a efectos de tus ingresos y gastos.
Ese tiempo depende de cada tributo: por ejemplo, el periodo impositivo del IRPF se corresponde con el año natural (de enero a diciembre), como veremos más adelante.
Pero el periodo impositivo del impuesto de sociedades (IS, en adelante), en cambio, equivale al del ejercicio económico que cada empresa fije.
Antes de entrar en más detalles con estos ejemplos, debemos aclararte otras cuestiones.
El periodo impositivo no es el periodo de devengo
El devengo de un impuesto se refiere al momento en que nace la obligación de pagarlo.
No es un enunciado muy técnico, pero tampoco nos hace falta.
¿Y qué relación tiene con el periodo impositivo? Toma nota ✍️
- El periodo impositivo abarca el tiempo en que tiene efecto un impuesto. Por ejemplo: el año natural para el IRPF.
- El impuesto se devenga el último día del periodo impositivo. Por ejemplo: el 31 de diciembre para el IRPF.
Y ahora sigamos, porque hay impuestos que no tienen periodo impositivo.
Tributos sin periodo impositivo
Sí, existen impuestos que no tienen un periodo impositivo.
Se trata de impuestos sobre los que, por su naturaleza, no tiene sentido hablar de periodo impositivo.
Esto es así porque se devengan (o pagan) tan pronto haya tenido lugar el hecho que lo motiva.
Es decir, cuando, por ejemplo, has prestado el servicio.
El ejemplo más representativo para un autónomo de esta clase de tributo es el impuesto sobre el valor añadido.
¿El IVA? Sí, el IVA de los autónomos. Y ahora sí, fijémonos mejor en algunos ejemplos.
Periodo impositivo: ejemplos
Vamos a resumirte dos conceptos clave sobre lo que te hemos explicado hasta aquí:
- El periodo impositivo depende de cada impuesto (se regula por ley)
- Hay impuestos que no tienen periodo impositivo
Y ahora vayamos a los ejemplos.
Periodo impositivo del IRPF
Te lo adelantábamos antes: el periodo impositivo del IRPF se corresponde con el año natural.
Es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre.
Todo lo que hayas facturado durante ese tiempo deberás declararlo el siguiente año, durante la campaña de la renta.
El periodo que abarca la declaración de la renta es, por tanto, el del año anterior.
Pero esto no ocurre con todos los impuestos: es decir, que hay impuestos que, como te informábamos antes, no tienen un periodo impositivo o se rigen por un periodo impositivo distinto 👇
Periodo impositivo del IVA (recuerda: no tiene)
El IVA es el ejemplo más conocido de eso que antes hemos bautizado como tributos sin periodo impositivo.
Lo que no quiere decir, claro está, que no debas declararlo.
Se conocen así por el simple hecho de que su devengo (recuerda: la obligación de pagarlo) solo tiene en cuenta un hecho imponible muy puntual: el momento en que prestas el servicio.
Y, claro, para Hacienda, no hace falta tantas alforjas para este pequeño viaje.
O dicho con más claridad: no es necesario hablar de periodo impositivo cuando nos referimos a un lapso de tiempo tan breve.
Periodo impositivo del impuesto de sociedades
El IS es un impuesto que solo afecta a las empresas.
Por lo que solo te interesará si eres autónomo societario, es decir, aquel que administra y gestiona una sociedad.
A diferencia del IVA, el IS sí tiene un periodo impositivo.
Y, a diferencia del IRPF, ese periodo impositivo no tiene por qué coincidir con el año natural.
Esto es así por la naturaleza de la actividad que grava: las empresas pueden definir su ejercicio económico ajustándose a otras fechas.
Por ejemplo, pueden empezarlo en septiembre y acabarlo en agosto (inclusive) del siguiente año.
Pues bien, el tiempo en que transcurre el ejercicio económico de una empresa equivaldría al periodo impositivo.
El periodo impositivo del IS nunca puede superar los 12 meses, por cierto.
Pero existen algunas reglas particulares (por disolución de la empresa o por cambio en la forma jurídica) que pueden alterar el cómputo del número de meses.
Es decir, que hagan que el periodo impositivo sea menor de un año.
Por ejemplo, en septiembre tu empresa empezó el nuevo ejercicio económico, pero en marzo del siguiente año tuviste que disolverla.
En este caso, el periodo impositivo del IS comprendería únicamente el periodo de septiembre a marzo.
Como autónomo, debes tener claro cuál es el periodo impositivo de tus impuestos para saber qué debes pagar en cada caso y cuándo.
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