Ponte en esta situación:
Eres autónomo, cada mes facturas unos 3.000 € y cada trimestre debes adelantar a Hacienda el 20 % de tus beneficios, cobres o no tus facturas.
Otro autónomo —lo llamaremos Juan— factura la misma cifra mensual (3.000 €). Sin embargo, Juan sólo adelanta el 15 % de lo que factura. Y cuando cobra.
En resumen: ganando lo mismo al mes (3.000 €), tú adelantas a Hacienda 600 € (los cobres o no) y Juan adelanta 450 € (y solo si ha cobrado).
Para agravar la comparación, aparece un tercero. Lo llamaremos Pablo ENC (por Empresa de Nueva Creación).
Pablo ENC factura lo mismo al mes (3.000 €) que Juan y tú, pero por ser empresa de nueva creación solo adelanta a Hacienda un 11 % (330 €).
Resumiendo, hablamos de tres empresarios con las mismas ganancias. Pero con un trato fiscal distinto.
¿Discriminación? ¿Injusticia? Dos estudios de nuestro Observatorio Jurídico arrojan resultados preocupantes.
Los autónomos que adelantan el IRPF con el modelo 130 cierran su negocio antes
Los autónomos tienen dos maneras de adelantar el IRPF de su actividad a Hacienda:
- Presentando el modelo 130 cada trimestre: pagan el 20 % de su beneficio (ingresos menos gastos).
- Aplicando retenciones en sus facturas del 15 % —7 % si son nuevos autónomos— sobre el importe neto. Su cliente se encarga luego de ingresarlo a Hacienda en su nombre (con el modelo 111).
A grandes rasgos:
- El modelo 130 es propio de autónomos que están dados de alta en una actividad empresarial del impuesto de actividades económicas (o IAE).
- Las retenciones de factura son más bien propias de autónomos con una actividad profesional o artística en el IAE que facturan a otros autónomos o empresas.
Pues bien, nuestro equipo de datos analizó cómo pagó cada grupo su IRPF (modelo 130 o retención en facturas) y observó que la forma de adelantar el IRPF influye en el destino de sus negocios a largo plazo (5 años).
En concreto, los resultados, resumidos, fueron los siguientes:
- Más de la mitad (el 55 %) de los autónomos que pagan el IRPF con el modelo 130 y tienen altos beneficios acaban cerrando antes de los 5 años. Son a quienes les va peor a largo plazo.
- En cambio, menos de la mitad de los autónomos (el 41 %) que aplica retenciones en sus facturas y tiene altos beneficios cierra su negocio al cabo de 5 años. Son el grupo con mejores perspectivas de éxito.
La conclusión del estudio es clara:
Este estudio se hizo sobre 2.037 autónomos que se dieron de alta a partir del 1 de enero de 2019 y que han presentado sus impuestos durante al menos un año natural completo con el software de Declarando. Para no distorsionar los resultados, excluimos de la muestra a aquellos autónomos que combinaban actividades de ambos tipos (profesionales y empresariales) y, por tanto, podían presentar el modelo 130 y aplicar retenciones a la vez. Por último, aunque los datos reflejan una tendencia clara, debemos tomarlos con cierta cautela: no podemos asegurar al 100 % que la forma de adelantar el IRPF cause el cierre del negocio.
El modelo 130 obliga a los autónomos a adelantar casi el doble de IRPF que una empresa de nueva creación
El segundo estudio compara algo más sencillo: cuánto adelanta un autónomo por el modelo 130, comparado con lo que adelanta una empresa de nueva creación (o ENC) con el mismo beneficio por el impuesto de sociedades (o IS).
Como ya sabes, con el modelo 130 debes adelantar cada trimestre el 20 % de tu beneficio, sin importar si acabas de darte de alta o llevas 5 años facturando.
Una empresa de nueva creación, en cambio, arranca con un “colchón”: durante sus primeros años con beneficio puede pagar un tipo reducido en el impuesto de sociedades.
En la práctica, eso significa para una ENC anticipar cada trimestre un 11 % (aproximadamente) a Hacienda.
Pongamos que durante un trimestre acumulas 20.000 € de beneficio:
- Como autónomo, adelantas 4.000 € en el IRPF con el modelo 130 (el 20 % del beneficio).
- Como empresa de nueva creación, adelantas solo 2.200 € en el impuesto de sociedades (cerca del 11 % del beneficio).
Hablamos de 1.800 € de diferencia por el mismo beneficio. Y justo en el momento en que ese dinero te hace más falta para reinvertir o, simplemente, para aguantar el mes.
La doble discriminación del modelo 130 en comparativa
Volviendo al ejemplo del principio, con los tres perfiles facturando 5.000 € al mes:
| Perfil autónomo / empresario | Cómo paga | Impuesto | % que adelanta | ¿Paga el impuesto aunque no cobre? | Lo que adelanta cada mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Autónomo con modelo 130 (tú) | Lo adelantas tú cada trimestre | IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) | 20 % | Sí | 1.000 € |
| Autónomo que factura con retención (Juan) | Su cliente ingresa la retención a Hacienda (modelo 111) | IRPF | 15 % (7 % si es nuevo autónomo) | Solo si cobra | 750 € (o 350 €) |
| Empresa de nueva creación (Pablo ENC) | Pago fraccionado reducido | IS (impuesto de sociedades) | 11 % (aprox.) | No, sobre lo facturado pendiente | 550 € |
La comparación es un agravio para los autónomos que presentan el modelo 130.
Si este es tu caso, te deja en la peor posición financiera: pagas el porcentaje más alto de tus beneficios, hayas cobrado o no.
Y cuantos más elevados sean tus beneficios, más papeletas tienes de que tu negocio eche el cierre a largo plazo.
Se trata, en suma, de una doble discriminación, porque ocurre en dos frentes distintos:
- Entre autónomos, por la forma de adelantar el IRPF de unos y otros (modelo 130 o retenciones en facturas)
- Entre autónomos y empresas, por el tipo que Hacienda aplica a unos y otros (20 % en el modelo 130 y cerca del 11 % en el impuesto de sociedades)
¿Y ahora qué hacemos con el modelo 130?
Parafraseando aquella vieja advertencia del tabaco, podemos concluir que el modelo 130 perjudica seriamente la salud (financiera) de los autónomos.
Dicho llanamente, el 130 te obliga a vivir durante el año con el cinturón más apretado, poniendo en riesgo la viabilidad de tu negocio a largo plazo.
Esto no quiere decir que el 130 sea el principal culpable de que los autónomos bajen la persiana (la realidad de cada negocio es más compleja).
Pero sí es un factor importante que, hasta ahora, nadie había considerado.
Sea como fuere, estos estudios plantean una pregunta necesaria: si ganando lo mismo, los autónomos reciben distinto trato fiscal por cómo adelantan el IRPF y por su forma jurídica, ¿no habría que revisar las reglas del juego?





