La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) es una herramienta muy útil para cumplir con tus obligaciones fiscales si eres autónomo.
Te ayuda a hacer los trámites sin gastar tiempo en desplazarte. Para aliviar las colas en las oficinas, van añadiendo novedades según las necesidades que van apareciendo.
Desde hace unos meses, la sede electrónica permite que los autónomos podamos realizar 3 nuevos trámites: gestiones relacionadas con la pluriactividad, cambiar las condiciones del RETA y acceder a informes de cotización del RETA.
Se trata de tres trámites que requerían la gestión presencial en las sedes físicas de la Seguridad Social. Ya sea por parte del trabajador autónomo o de tu asesoría. Ahora ya no es necesario hacerlo físicamente.
Base reducida por pluriactividad
El primero de los trámites nos permite solicitar telemáticamente la base reducida por pluriactividad. Cuando una persona que además de tener un trabajo por cuenta ajena, también realiza un trabajo por cuenta propia, hablamos de un autónomo en pluriactividad.
A partir de ahora, podemos acceder al alta en este servicio o levantar la suspensión de la base reducida. Esto se debe a que pasamos a la situación de pluriactividad.
Esto se hará efectivo siempre que no haya transcurrido el plazo de duración máxima de 36 meses, contado a partir de la primera anotación inicial de base reducida.
Modificación de las condiciones del RETA
Otro de los nuevos trámites telemáticos es la modificación de las condiciones del RETA. Este servicio nos da la opción de corregir nuestra condición como trabajadores autónomos.
Si antes estábamos como titular, ahora podemos cambiar a colaborador familiar o socio colaborador y viceversa. Estos casos de cambio suelen darse por un error en el proceso de alta.
Informes de cotización del RETA
Por último, la tercera novedad en estos trámites telemáticos tiene relación con los informes de cotización del RETA.
A partir de ahora, la Seguridad Social permite acceder a los informes de cotización del RETA. En este caso, se podrá obtener para cada relación laboral incluida dentro del periodo de liquidación que corresponda al mes en el que has desarrollado el servicio. O bien, a los doce meses naturales anteriores.
Por último, no podemos olvidar que desde el pasado 1 de octubre, todos los autónomos sin trabajadores a cargo tenemos la obligación de incorporarnos a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
En el caso de los trabajadores con trabajadores a cargo el cumplimiento de esta norma se realiza mediante el registro en el sistema RED.
Y tú, ¿tienes dudas sobre los nuevos trámites de la Seguridad Social para autónomos?
Con este artículo intento ayudarte a conocer los cambios que se han producido en la Seguridad Social. Cambios que nos permiten poder invertir el tiempo de desplazarnos en otras tareas.
Como siempre, si tienes dudas sobre tu situación como autónomo, desde Declarando podemos quedar para una llamada de 15 minutos. En ella comentamos tu situación para ver cómo te podemos ayudar.