El mes de Enero en general es malo para el autónomo. No porque nos cueste mucho arrancar después de las comilonas de las fiestas navideñas, sino porque es periodo de presentación y pago de impuestos.
Y por si fuera poco, nos tocan los resúmenes anuales. Podemos decir que en Enero, un autónomo prácticamente trabaja para el modelo 303, el modelo 130, el modelo 115, el modelo 180 o el modelo 390. ¿No está mal, eh?
Yo misma sufro en mis carnes el mes de Enero y por ello, considero que es importante que conozcas cómo domiciliar impuestos y qué beneficios puede tener para ti.
Por curiosidad, he buscado en google la información que había al respecto, y mi sorpresa ha sido que prácticamente no existe, salvo la que publica la propia Hacienda, que si te atreves a descifrarla, sinceramente, te mereces un premio. De ahí que me haya puesto manos a la obra para publicar este post.
Qué necesito saber sobre la domiciliación de mis impuestos
La domiciliación de impuestos no es más que una de las formas que Hacienda te permite utilizar para pagarlos, no obstante, es necesario que tengas en cuenta lo siguiente:
- Lógicamente, el impuesto que pretendes domiciliar tiene que salir a pagar.
- Esta opción solo está disponible para presentaciones telemáticas, es decir, el impuesto que vas a domiciliar obligatoriamente tienes que presentarlo por internet. Supongo que lo sabrás, pero por si acaso, decirte que para realizar presentaciones de impuestos por internet debes de disponer o de un certificado o firma digital a tu nombre, o tener un DNI electrónico, o estar registrado en la clave pin de Hacienda, de lo contrario, no se te permitirá transmitirlo y te dará error en su presentación.
- Tienes que tener saldo suficiente en la cuenta bancaria para atender el pago del impuesto que has domiciliado. Esto es muy importante si no quieres recibir ninguna carta de Hacienda (lo que se conoce como Providencia de Apremio) mediante la que se te reclamará el pago del impuesto más un recargo por no pagarlo a tiempo. Actualmente los recargos que se aplican van desde un 5 % a un 20 % del impuesto que has dejado de ingresar en plazo dependiendo del tiempo que ha transcurrido.
- Debes de realizar la presentación del impuesto que vas a domiciliar dentro de los plazos que te marca Hacienda para ello, por ejemplo, el modelo 303 de IVA puedes domiciliarlo hasta el día 25 de enero.
Ventajas de domiciliar mis impuestos
La verdad es que por domiciliar impuestos no vas a pagar menos, pero te evitarás tener que ir al banco para realizar su pago, por lo que dejarás de perder un tiempo valioso que puedes invertirlo en tu actividad o en lo que quieras.
Además, siempre que todavía te encuentres dentro del periodo en el que Hacienda permite la domiciliación de impuestos, podrás modificar la cuenta bancaria o incluso anular la domiciliación. Pasado este plazo ya no podrás realizar ninguno de estos dos trámites.
Por último, pero no menos importante, que sepas que si domicilias el impuesto, Hacienda te lo cargará en cuenta el último día del periodo para presentar los impuestos.
Ahora solo te queda preparar tus impuestos y presentarlos. Recuerda que con Declarando puedes hacerlo de forma fácil y rápida.