Artículo escrito por expertos

Protocolo de acoso laboral: todo lo que debes saber si eres autónomo

Tolerancia cero. Contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, que es lo que nuestra legislación entiende por acoso laboral. 

Este es el propósito principal del protocolo de acoso laboral para empresas… ¿Pero también para autónomos? 

Sí, también para autónomos. 

¿Pero en qué medida les afecta el protocolo antiacoso? ¿Cuándo están obligados a aplicar un plan de acoso laboral? ¿Y cómo deben hacerlo? 

Estas y otras preguntas te las aclaramos a continuación 💡

¿Qué es el protocolo de acoso laboral?

También conocido como protocolo mobbing o protocolo antiacoso, el protocolo de prevención de acoso laboral es un plan para prevenir y combatir el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral

Está regulado por el real decreto 901/2020 sobre planes de igualdad (con una pequeña modificación en el real decreto 333/2023) y la ley orgánica 3/2007 de igualdad entre hombre y mujeres. 

Esta ley define el acoso sexual y el acoso por razón de sexo de la siguiente manera: 

  • Acoso sexual: cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona.
  • Acoso por razón de sexo: Cualquier comportamiento motivado por el sexo de una persona que atente contra su dignidad.

El Ministerio de Igualdad, en una guía contra el acoso laboral, señala que tanto el acoso sexual como el acoso por razón de sexo en el trabajo tienen un “efecto devastador sobre la integridad física, psíquica y moral de las personas, especialmente de las mujeres”.

Es más, ambos comportamientos atentan contra el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres y suponen una discriminación por razón de sexo.

En este sentido, el protocolo tiene un doble objetivo

  • Prevenir y sensibilizar contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en las empresas
  • Tomar medidas para combatirlo 

Este protocolo no entiende jerarquías, cargos o puestos, por lo que es aplicable a cualquier empleado, desde el CEO hasta el empleado con menos responsabilidad. 

Su alcance llega también a colaboradores, becarios, personas en formación, voluntarios et tutti quanti que tenga algún tipo de relación con la empresa, sea laboral o no.   

¿Para quién es el protocolo de acoso laboral obligatorio?

El protocolo de acoso laboral es uno de los pilares de los planes de igualdad obligatorios para las empresas. 

Obligatorios en el sentido de que deben elaborarlos y aplicarlos con los contenidos que aparecen en el real decreto 901/2020 y cuyos pasos especifica el Ministerio de Igualdad en su guía contra el acoso laboral.  

¿Pero es obligatorio para todas, todas las empresas? 

No, solamente para aquellas que tengan 50 o más trabajadores. Para el resto —empresas con menos de 50 empleados— estos planes son voluntarios.

Ahora bien: una cosa son los planes de igualdad y otra distinta el protocolo antiacoso

Este último deben adoptarlo todas las empresas, sin importar el tamaño.  

¿Y qué ocurre con los autónomos? 

¿Es obligatorio el protocolo de acoso laboral para los autónomos?

Los autónomos con empleados a su cargo no deben elaborar y aplicar planes de igualdad

A no ser, claro, que tuvieran más de 50 empleados. Pero entonces ya no estaríamos hablando de un autónomo, sino de una empresa o sociedad limitada

El protocolo contra el acoso laboral es otro cantar: este deben adoptarlo al igual que cualquier otra empresa, aunque solo tengan un trabajador a su cargo y ese trabajador sea hombre. 

Es más, el real decreto 901/2022 lo deja muy claro en un párrafo de su ley que partimos en dos, para hacerlo legible: 

Todas las empresas, con independencia del número de personas trabajadoras en plantilla, (…) están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. 

Y, con esta finalidad, deberán adoptar, previa negociación, medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo

Traduciendo: que debes establecer un protocolo antiacoso, aunque sea mínimo, para: 

  • Evitar y prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo
  • Encauzar denuncias o reclamaciones de tus trabajadores

No tienes que seguir, eso sí, las pautas hiperelaboradas que aparecen en la Guía para la elaboración de planes de igualdad en las empresas del Ministerio de Igualdad. 

Pero sí elaborar un protocolo antiacoso sobre el que te damos más información a continuación. 

Modelo de protocolo de acoso laboral para autónomos

Lo dicho: como autónomo tienes que tener un plan de acoso laboral. Con independencia del número de trabajadores que tengas y su sexo

Este protocolo tiene que incluir 📃

  • Tu compromiso, como empresario, de tolerancia cero contra el acoso laboral 
  • Medidas para prevenirlo 
  • Un procedimiento de actuación en caso de quejas o denuncias por acoso
  • Medidas cautelares y disciplinarias contra el acoso 
  • Un modelo de queja o denuncia para tus empleados

¿Poco tiempo para hacer uno? 

No te preocupes: el Instituto de las Mujeres dispone de un modelo de protocolo de acoso laboral para autónomos y pequeñas empresas que no están obligados a implementar planes de igualdad. 

Puedes descargarlo de su web sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo de manera gratuita. 

Este modelo de protocolo de acoso laboral está en Word e incluye también un modelo de queja o denuncia para tus trabajadores. 

Por tu parte, solo tienes que introducir tu nombre y apellidos en los espacios marcados con el signo [Nombre de la empresa] y entregarlo a tus empleados.

Cómo implementar el protocolo de acoso laboral 

Una vez tienes el protocolo antiacoso, toca ponerlo en marcha. 

Es decir, darlo a conocer a tus empleados, pero también a colaboradores o cualquier persona que tenga algún tipo de relación con tu actividad (sea laboral o no).

Darlo a conocer significa mantener reuniones en las que ✍️

  • Explicar qué se entiende por acoso laboral según la normativa, para evitar malentendidos
  • Mostrar las maneras de prevenirlo 
  • Cómo denunciarlo y dar cuenta de los procedimientos de actuación cuando ocurre una denuncia
  • Transmitir a tus empleados confianza y confidencialidad en caso de denuncias, que entiendan que pueden reportar cualquier comportamiento reprobable sin miedo a sufrir represalias 
  • Aclarar las consecuencias del acoso, es decir, las medidas disciplinarias y las posibles sanciones

Lo primero, por tanto, es aclarar qué se entiende por acoso laboral. Y nada mejor que unos ejemplos para verlo con claridad 🧐

Ejemplos de conducta de acoso laboral

Explica a tus empleados que por acoso laboral se entienden dos tipos de conducta: el acoso sexual y el acoso por razón de sexo

Ejemplos de conductas de acoso sexual según el Ministerio de Igualdad: 

  • Verbales. Flirteos ofensivos, proposiciones o presiones para tener sexo, insinuaciones de carácter sexual, comentarios obscenos, llamadas telefónicas no deseadas o contactos por redes sociales no consentidas de índole sexual; bromas o comentarios sobre la apariencia sexual.
  • No verbales. Miradas obscenas, exhibir fotos sexualmente sugerentes o pornográficas, gestos, cartas o mensajes de correo electrónico o en redes sociales de tipo sexual y ofensivo.
  • Conductas físicas como el contacto físico sexualmente deliberado y no solicitado, acercamiento físico excesivo e innecesario o abrazos o besos no deseados.

También forma parte del acoso sexual las siguientes situaciones: 

  • El chantaje sexual (o acoso sexual quid pro quo), que consiste en obligar a una persona a mantener sexo a cambio de beneficios laborales (un ascenso, una promoción, retribución, etc.) o, por el contrario, so pena de represalias en el trabajo si no acepta
  • Acoso sexual ambiente, que consiste en crear un entorno sexualmente intimidatorio y hostil contra una persona en el trabajo

Y ahora veamos algunos ejemplos de conductas de acoso por razón de sexo según el Ministerio de Igualdad, pero antes una pequeña aclaración. 

Para que el acoso por razón de sexo sea tal:

  • Debe tratarse de un hecho continuado y no puntual o aislado
  • Incluye comportamientos hostiles o degradantes para la dignidad de una persona (sobre todo mujer) ante situaciones biológicas o sociales como el embarazo, la maternidad o la lactancia natural o el desempeño de tareas reproductivas (domésticas) o de cuidados

Y ahora sí, aquí te mostramos ejemplos de situaciones que podrían constituir acoso por razón de sexo

  • Medidas organizativas como juzgar el desempeño de una persona, negarle permisos o cursos, dar órdenes contradictorias o imposibles de cumplir o asignar tareas degradantes y sin sentido
  • Medidas de aislamiento como separar a una persona del resto de compañeros, ignorar su presencia o negarle la palabra en una reunión
  • Ataques a la vida privada o a la reputación personal o profesional con rumores, difamaciones, burlas o críticas a su nacionalidad, religión o convicciones políticas

Recuerda: estos comportamientos se deben entender en un contexto de acoso por razón de sexo, es decir, que aquello que lo motive sea la condición sexual del trabajador o trabajadora. 

Un hombre que requiere el protocolo de acoso laboral para autónomos

Medidas preventivas contra el acoso laboral

Y ahora a la prevención.  

Ya lo dice el refrán: más vale prevenir que curar. Por lo que, todo lo que inviertas en prevención, te lo ahorrarás después en disgustos, para ti y para tus empleados. 

Saber en qué consiste el acoso laboral y aclararlo entre tus trabajadores ya es un primer paso para prevenirlo. Pero no es suficiente. 

Según la ley de igualdad entre hombres y mujeres (artículo 48), estas medidas preventivas contra el acoso deben negociarse, antes de ponerlas en práctica, con los representantes de los trabajadores.

¿Y en qué consisten estas medidas preventivas? Según la ley: 

  • En elaborar códigos de buenas prácticas que incluyan una declaración de principios y de compromiso para combatir el acoso laboral y una tipificación de conductas y comportamientos que tus trabajadores deben evitar
  • Campañas informativas con folletos, charlas o jornadas para concienciar y sensibilizar a tus empleados
  • Cursos de formación en materia de igualdad entre hombres y mujeres y contra la discriminación por razón de sexo

Todo esto te parecerá una montaña, especialmente cuando eres un autónomo con pocos trabajadores y menos tiempo. 

Pues bien, la Administración pública cuenta con servicios de asesoramiento para que autónomos y pequeñas empresas implanten medidas contra el acoso en el trabajo. 

Por Administración pública nos referimos a: el Ministerio de Igualdad, las consejerías de igualdad y trabajo de las comunidades autónomas y los ayuntamientos. 

Para empezar, puedes solicitar asesoramiento al Instituto de las Mujeres, perteneciente al Ministerio de Igualdad.

Ahí te ayudarán a implementar distintas medidas preventivas para combatir el acoso laboral y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo. 

Cuándo y cómo activar el protocolo de acoso laboral

A veces, pese a todas las prevenciones, el mal puede asomar hasta en las empresas y los autónomos más incorruptibles. 

Toca activar, entonces, el protocolo antiacoso 🛑

El protocolo de acoso laboral debes ponerlo en marcha cuando te llega una queja o denuncia

Esta queja debes tramitarla, según el modelo del Instituto de las Mujeres que te hemos compartido, en un plazo de 2 días laborables, de forma confidencial y respetando la presunción de inocencia del denunciado. 

Se aconseja nombrar a una persona instructora del caso, pero si eres autónomo y tienes muy pocos empleados, tú mismo puedes hacerte cargo. 

Es más, lo recomendable es que, como responsable de tus empleados, seas tú quien se encargue. 

Según el modelo estándar de Igualdad, tienes un plazo de 10 días para investigar lo ocurrido

En ese tiempo debes escuchar a las dos partes (denunciante y denunciado), así como a los testigos que estas propongan. 

También debes consultar toda la documentación disponible (imágenes, vídeos, escritos, etc.). 

Durante la investigación se recomienda la siguiente medida cautelar: separar a las partes afectadas. 

Al terminar la investigación, redactarás un informe. Ahí deberás concluir si hubo acoso o no y, de haberlo, qué medidas disciplinarias o sanciones imponer a la persona acosadora. 

Entre estas, existe la posibilidad del despido disciplinario al acusado en los casos más graves. 

Y muuuy importante: la activación de este protocolo no impide que las personas afectadas puedan acudir a los tribunales o a otras instancias administrativas como la Inspección de Trabajo

¿Qué sanciones aplicar en el protocolo de acoso laboral?

Entre las sanciones que puedes contemplar se encuentran, de menos a más severas, las siguientes: 

  • El traslado, desplazamiento, cambio de puesto, jornada o ubicación (siempre que sea posible, claro)
  • La suspensión de empleo y sueldo
  • Una limitación temporal para ascender
  • El despido disciplinario

Este último está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 54.2.g).

Además, ten presente —y tus empleados también— que el acoso sexual es un delito tipificado en el Código Penal y que está penado con multas y prisión 🧑‍⚖️

Cursos de acoso laboral para autónomos

No son obligatorios, pero pueden serte de muchísima utilidad para prevenir el acoso laboral entre tus trabajadores. 

Y es que cuando se produce una situación de acoso laboral, no solo hay en juego derechos fundamentales de las personas —como el de no discriminación por razón de sexo—,  sino también tu prestigio e imagen profesionales. 

Existen cursos bonificados de prevención contra el acoso laboral para tus empleados que imparten otras empresas. 

También puedes informarte sobre cursos y talleres en tu ayuntamiento o en la consejería de trabajo o igualdad de tu comunidad autónoma

O aprovechar la Escuela Virtual de Igualdad del Instituto de las Mujeres, que imparte formaciones online gratuitas. 

En Declarando estamos comprometidos en la lucha y prevención contra el acoso laboral y en el trato igualitario entre hombres y mujeres. 

No ofrecemos cursos ni asesoramos en esta materia, pero sí somos especialistas en asesorar a los autónomos en materia fiscal y laboral. 

Solicita ahora una llamada gratuita y te ayudaremos en todo lo que necesites como autónomo 🤗

Javier Vivas
Autor:
Javier Vivas
Javier es periodista y redactor de contenidos. Lleva más de 7 años escribiendo sobre autónomos (facturación, impuestos, contabilidad, etc.). Le encanta leer, mantenerse informado y esas cosas. Cuando no está escribiendo o pateándose toda Palma con su hijo a cuestas, devora libros y revistas de todo tipo y sobre cualquier tema... ¡su curiosidad es infinita!