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Definición de silencio administrativo

Te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el silencio administrativo

Consulta la definición de “silencio administrativo” en nuestro diccionario para autónomos especializado en contabilidad, facturación y fiscalidad.

Qué es el silencio administrativo: plazos

El silencio administrativo es la falta de respuesta que se produce cuando la Administración no contesta a alguno de los actos administrativos que se le hayan interpuesto.

La Administración tiene la obligación de dictar una resolución expresa y también tiene la obligación de notificarla a los interesados.

Los plazos que tiene para hacerlo, suelen ser de seis meses, por norma general, aunque dependen de la regulación del procedimiento.

Una vez terminado el plazo y aunque no haya respuesta, se entiende que se da silencio administrativo, que puede ser positivo o negativo, en favor de la Administración o no.

Silencio administrativo negativo o positivo

Como hemos mencionado, existen dos tipos de silencio administrativo: el silencio positivo que responde a favor del afectado y el negativo que supone la denegación de una petición ante la falta de respuesta de la Administración.

Veamos en qué caso funciona cada uno.

Silencio administrativo negativo

El silencio administrativo negativo funciona en casos determinados donde la falta de respuesta de la Administración significa una denegación a la petición.

Este silencio negativo se instaura en los siguientes casos:

  • En los procedimientos que se enmarcan dentro del derecho de petición y que recoge el art. 29 de la Constitución: “Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.”
  • En los procedimientos que si se aceptaran transferirían al solicitante (o a terceros) dominio público o servicio público y facultades sobre ellos.
  • En los procedimientos que impliquen daño al medio ambiente.
  • En los procedimientos de responsabilidad del patrimonio de las Administraciones públicas.
  • En los procedimientos hechos para impugnar actos y para revisión de oficio y que se hagan por solicitud de los interesados. Excepto los que se hagan en contra del silencio administrativo, en este caso (si no es uno de los puntos anteriores) se considera silencio positivo.

Silencio administrativo positivo

El silencio administrativo positivo es la norma general que se establece ante la falta de respuesta de la Administración.

Por tanto, si no se da uno de los casos anteriormente mencionados en el silencio negativo, la resolución será a favor del demandante.