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Artículo escrito por expertos

VAT, NIF-IVA, ROI y VIES: glosario del IVA en operaciones intracomunitarias

¿Llevas a cabo operaciones intracomunitarias? Entonces es muy importante que conozcas todos los mecanismos que hacen falta para realizar este tipo de compra-ventas a países de la Unión Europea.

Y eso implica entender un pequeño sinfín de siglas como VIES, ROI, VAT o NIF-IVA, que hacen referencia a conceptos relacionados con las operaciones intracomunitarias. 

Por eso hemos juntado estas definiciones y te contamos qué significa cada uno de estos términos para que sepas gestionar correctamente este tipo de operaciones.

¿Qué es el IVA intracomunitario o NIF-IVA?

El NIF-IVA es un código identificativo que debes solicitar, como autónomo, si realizas operaciones habituales con clientes o proveedores de la Unión Europea que sean empresarios o profesionales.

Si eres profesional por cuenta propia en España, ya tienes adjudicado un NIF (número de identificación fiscal) válido a nivel nacional. Pero este código no tiene validez a nivel europeo.

Como hemos comentado, necesitas el NIF-IVA como código de identificación específico para actuar en el marco europeo fuera de España.

Por tanto, primero debes contar con el NIF para operar dentro de España y luego solicitar el número VAT si necesitas hacer operaciones en países de la Unión Europea. Este se conforma de las iniciales del país correspondiente el NIF o CIF. Por ejemplo: ESXXXXXXXXY

Con el VAT, como autónomo, tienes exención del IVA en operaciones comerciales dentro de la Unión Europea.

También es importante comentar que cuando te das de baja como autónomo dejas de tener este VAT porque es algo que va vinculado con tu condición de autónomo, es decir, los particulares no pueden estar inscritos en el ROI. 

¿Qué es el VIES? ¿Y el ROI?

El VIES es el Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA. Es el censo que recoge todas las empresas, profesionales y autónomos que tienen expedido un NIF-IVA o VAT. 

Por tanto, si necesitas saber si una empresa opera dentro de la Unión Europea, puedes hacerlo entrando en el sistema web y comprobando si la operación tiene el IVA.

Del mismo modo, si tienes NIF-IVA, el resto de empresas y profesionales pueden comprobar si tú también operas en países de la Unión Europea.

El ROI, por su parte es el registro de operadores intracomuntarios. Una vez solicites el número, darás de alta a tu empresa (o a ti mismo como autónomo), en una base de datos compuesta por todas las empresas de la UE que operan a nivel intracomunitario.

Es importante que estés dado de alta en el ROI, si no lo haces, no puedes operar a nivel europeo.

 

El NIF-IVA en tus obligaciones fiscales y contables

El NIF-IVA facilitado por Hacienda será clave para presentar el modelo 349 , en el que declaras las ventas o adquisiciones intracomunitarias que llevas a cabo como autónomo.

Se trata de un modelo informativo, esto quiere decir que no pagas nada al presentarlo y solamente debes entregarlo si durante ese trimestre has tenido los ingresos o gastos europeos que comentamos.

Este modelo país solicita explícitamente que indiques el NIF-IVA de cada operador junto al código del, el nombre y apellido, el tipo de operación intracomunitaria y la base imponible de IVA. Esto lo tienes que repetir con cada una de las operaciones.

Por otro lado, es importante que la información que incluye en el modelo 349, coincida con la que presentaste en el modelo 303 de IVA. En el modelo 303 de autoliquidación trimestral del IVA, no es necesario el NIF-IVA, pero sí que existe un apartado dedicado específicamente a declarar las operaciones intracomunitarias.

Además, el NIF-IVA de tus clientes debes registrarlo en los libros contables donde tendrás que recoger toda la información sobre las facturas que emitas y recibas.

Mini ventanilla única o MOSS

Una de las obligaciones que deben cumplir los autónomos desde 2015 es tributar en el país del consumidor final. Para evitar que tuvieran que darse cuenta de alta con cada cliente en cada Estado Miembro de la UE se creó el régimen especial de Mini Ventanilla Única (MOSS).

El objetivo de este régimen es la simplificación de la gestión del IVA. Con el MOSS los autónomos pueden hacer frente a sus obligaciones desde la Sede Electrónica de la AEAT.

Los profesionales por cuenta propia que quieran acogerse al régimen Mini Ventanilla Única deberán registrarse presentando el Formulario 034 .

Entonces, ¿qué necesito para operar en la Unión Europea?

Si eres autónomo en España y operas en países de la Unión Europea, es necesario que tanto tú como la empresa o profesional con el que operes tengáis IVA o NIF-IVA, además de estar registrados en el ROI o VIES.

Puedes comprobar si tiene este certificado en el mismo ROI o VIES, puesto que es el censo que recoge esta información. 

Por último, recuerda que tienes que declarar estas operaciones en el modelo 349.

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.