4 sanciones tributarias típicas a un autónomo

Llega el periodo de presentación de impuestos para autónomos. Y con él las posibilidades de liarla con Hacienda y que recibamos sanciones tributarias que nos puedan fastidiar el beneficio del trimestre.

En este artículo voy a comentarte las 4 sanciones tributarías típicas de los autónomos alguna vez en nuestras vidas.

Las 4 sanciones tributaria típicas que podemos cometer los autónomos son:

No ingresar el importe que resulta de la presentación correcta de los impuestos trimestrales

Me refiero a los ya conocidos modelo 303 o modelo 130. Te habrá pasado que en más de una ocasión, debido a las prisas que todo autónomo tiene cuando va a preparar sus impuestos trimestrales, cometes errores que quedan reflejados en el modelo 303 y en el modelo 130. Estos fallos pueden derivar en un sanción tributaria.

Te pongo un ejemplo: has introducido una factura de gastos que en realidad no es deducible porque nada tiene que ver con la actividad que realizas, o  has traspapelado una factura que se le hiciste hace días a un cliente y por tanto, no la ha incluido en los modelos de impuestos.

La consecuencia de cometer este tipo de errores no es otra que declarar un resultado en el modelo 303 y en el modelo 130 que no es correcto. Estas situaciones para Hacienda son consideradas una infracción tributaria susceptible de ser sancionada,y te va a caer un castigo.

Lo que hace Hacienda en estas ocasiones es regularizar ambos modelos de impuestos, bien quitando ese gasto que no es, o introduciendo esa factura de ventas olvidada, para de esta forma volver a calcular el resultado de los impuestos.

Sobre la diferencia entre el nuevo resultado y el anteriormente declarando, Hacienda aplica el porcentaje de la sanción que corresponda, que dependiendo de si considera la infracción leve, grave o muy grave, ese porcentaje podrá oscilar entre el 50 % y el 150 %.

No presentar en plazo los impuestos trimestrales cuando son negativos

Puede que también te haya pasado alguna vez, que llega el trimestre y justamente en esas semanas vas a tope de trabajo y tienes los impuestos sin preparar.

Al final como tienes controlado que has gastado más de lo que has ingresado y por tanto, no deberías de pagarle nada a Hacienda por tus impuestos, decides que ya lo harás después de que pase el mogollón de trabajo y una vez haya terminado el periodo de presentación de impuestos.

Pues bien, ésta situación a Hacienda le encanta porque sí o sí va a reclamarte los impuestos, y además puede sancionar por no haberlos presentado aunque no supongan ningún importe a ingresar. En este caso la sanción será en principio de 200 €.

Incumplir tus obligaciones contables y registrales

Aquí tenemos la guinda del pastel, pues seguramente te habrás planteado en más de una ocasión si tienes que llevar contabilidad donde reflejar tus ingresos y tus gastos, o si te sirve ese maravilloso excel que hiciste el fin de semana.

La respuesta es que no tienes que llevar una contabilidad igual que una empresa pero tampoco te sirve el Excel. Lo que Hacienda te exige es disponer de los llamados libros registro.  En los libros registro se reflejan los ingresos y los gastos que durante el año vas teniendo. La sanción consistirá en el pago de 150 €.

Incumplir tus obligaciones de facturación

Como autónomo sabes que tus ingresos deben de ir acompañados de una factura, y que esa factura debe prepararse cumpliendo una serie de requisitos. Lo normal es entregarle a tus clientes una factura normal, aunque en ocasiones se pueden confeccionar facturas simplificadas.

De todas formas, sea el tipo de factura que sea, todas las facturas deben de registrase en tu contabilidad para confeccionar el libro registro de ingresos comentado en el punto 3 anterior.

Por este motivo, es importante que las facturas estén bien confeccionadas, así como correctamente reflejadas en el libro registro de ingresos. En este sentido, acuérdate que lo más importante para registrar las facturas de venta es que estén correlativas.

Por ejemplo, una factura identificada como la número 1-2016 de fecha 30 de enero de 2016, debe de aparecer antes que la 2-2016 de fecha 26 de febrero de 2016.

Te comento esto porque es importante que tanto tus facturas como la forma de registrarlas sea correcta, pues si no llevas un control cuando haces tus facturas de ventas, puedes generar huecos, puedes registrarlas sin estar correlativas, puedes utilizar numeraciones diferentes para reflejar el mismo tipo de operaciones de venta, y todo esto, al final puede derivar en una sanción tributaria de Hacienda, que como mínimo será de 150 €.

Ahora ya conoces aquellas situaciones que pueden derivarte en una sanción tributaria de Hacienda. Si quieres evitar cometer estos errores, tienes que usar Declarando. Con nuestra plataforma exclusiva para autónomos, presentas bien todos los modelos, te avisamos de los plazos para presentarlos, haces los libros de registro correctamente y llevas al día la facturación como quiere Hacienda.

Ven y pruébalo, es gratis 😉

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.