Las ayudas para autónomos ante el Coronavirus son, en este momento, de enorme importancia para el bienestar personal de los trabajadores y por supuesto, para el futuro de la economía.
Por eso, en este periodo de incertidumbre, en Declarando vamos a actualizarte de todas las medidas vigentes que pueden ayudarte, como autónomo, a salir bien parado de esta situación.
En este post te explico un poco más la situación con las ayudas vigentes, sus excepciones, ventajas y las previsiones para el futuro de la economía, según los expertos.
Las ayudas para autónomos
Las primeras ayudas para autónomos ante el Coronavirus se publicaron el pasado martes en el Decreto-ley 6/2020 de 10 de marzo, en el que se mencionan estas tres medidas para los autónomos y pequeñas empresas (pymes):
- Si enfermas, se considera accidente laboral. Cobrarás el 75 % de tu base de cotización si eres autónomo empresario, en cambio si eres empleado a cargo autónomo, saldrás ganando cobrando el 100 % de esta
- El pago del IVA e IRPF queda aplazado, pero el de la Seguridad Social no
- La prestación por desempleo, que no servirá de nada a menos que el estado de alarma en el país se extienda más de tres meses ya que solo se aplica si llevas unas pérdidas acumuladas a lo largo de este periodo.
Aquí te desarrollaremos estas ayudas y algunas más actuales.
Novedades de julio- septiembre 2020
La última semana de junio de 2020 el Gobierno español aprobó tres tipos de ayudas hasta el próximo 30 de septiembre para aquellos que adheridos a la prestación extraordinaria así como a los que la estacionalidad les ha afectado a la economía.
Los requisitos para acceder al nuevo cese de actividad a partir de julio se han especificado en La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
En su página se encuentran todos los requisitos para acceder al nuevo cese de actividad, conocer los detalles del impago de cuota y saber los detalles de la nueva forma de desarrollar su actividad laboral.
Así mismo, la Seguridad Social ha creado una guía para responder las dudas más frecuentes de los autónomos sobre el nuevo cese de actividad.
Esta guía abarca desde las dudas de plazos de presentación y obtención de las ayudas que puedes encontrar en este artículo hasta las compatibilidades de las prestaciones con el tipo de desarrollo de la actividad laboral.
Aplazamiento del pago de impuestos
La Agencia tributaria tiene en cuenta posibles casos de extinción o prescripción de deudas tributarias , pero en este caso el Gobierno ha considerado dentro de las principales medidas para el autónomo ante el Coronavirus que las Pymes y autónomos puedan aplazar hasta 30.000 € en el pago de impuestos durante los próximos 6 meses.
Esta es la reforma que se ha establecido en el Real Decreto Ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como principal ayuda económica para el colectivo.
Podrás pedir el aplazamiento del pago de todos los modelos de impuestos cuyo plazo de presentación e ingreso sea desde el 12 de marzo y hasta el día 30 de mayo de 2020 (los que debes presentar en abril entran dentro del plazo).
Los impuestos mencionados, cuyo pago queda pospuesto temporalmente son, entre otros, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), también otras deudas tributarias que estén en periodo voluntario de pago desde este pasado 13 de marzo hasta el 30 de mayo.
Esta normativa será aplicada siempre y cuando el volumen de operaciones del negocio no haya superado la cifra de 6.010.121,04 €. De esta manera, el Gobierno español pretende inyectar 14 millones de liquidez en 2019.
Ampliación de los plazos de presentación para el primer trimestre del 2020:
Los impuestos ya presentados que salían a pagar y se optó por la opción de pago “domiciliación”. Se cargarán en la cuenta designada el 20 de mayo
Por otro lado, los impuestos que faltan por presentar las fechas son:
- Para domiciliar: hasta el 15 de mayo
- Para el resto de casos: hasta el 20 de mayo
Si optas por solicitar el aplazamiento especial del Covid no se modifican plazos. El día de pago será el 20 de octubre, si se quiere pagar antes, se obtendrá la carta de pago desde la web de Hacienda y se realizará el pago en la fecha elegida.
Esta ampliación de plazos afecta a todos los modelos trimestrales. Es decir, 303, 115, 111, 349, 130, y 309.
Por lo tanto queda claro que las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:
- El plazo será de seis meses
- No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento
Es decir, puedes aplazar tus impuestos de abril (1T 2020) y lo puedes pagar hasta el 20 de julio sin intereses. También puedes pagarlos hasta el 30 de octubre con intereses de estos 3 últimos meses.
Por ejemplo, si el modelo 303 del 1T 2020 te sale a pagar, podrás optar por este aplazamiento y esto es lo que puede pasar:
- Lo pagarás al cabo de los 6 meses, el 20 de octubre.
En este caso, por los 3 primeros meses no pagarás intereses y los 3 siguientes sí devengan intereses (agosto, septiembre y octubre).
Los intereses te los calcula Hacienda y te informa de su importe en la misma resolución de la solicitud de aplazamiento.
- Tienes liquidez y vas a poder pagar la deuda antes de plazo. Si la pagas hasta el 20 de julio, Hacienda no te aplicará intereses por el aplazamiento. A partir de esa fecha y hasta el 20 de octubre ya pagarías intereses a Hacienda.
Aquí te explicamos los pasos que tienes que seguir
He que declarar el IVA si he cerrado por COVID
Hasta el próximo 20 de julio de 2020 los autónomos tenemos tiempo para presentar los impuestos del segundo trimestre del año. Este periodo comprende los meses de abril, mayo y junio.
Aunque durante estos meses los autónomos que estén en el Régimen General de IVA no hayan percibido ningún ingreso, tendrán que presentar el pago fraccionado del IRPF (modelo 130), la liquidación trimestral del IVA (modelo 303) o cualquier otro impuesto antes del próximo 20 de julio.
En caso de no hacerlo tocará pagar de más pues la ley prevé sanciones de, como mínimo, 150 €. Si por ejemplo no has percibido ningún ingreso pero tampoco se ha tenido ningún gasto, se marcará la casilla de sin actividad
Ampliación del plazo para pagar la Hipoteca
Esta es una de las ayudas para los autónomos por Coronavirus que, por causa de este, hayan notado severamente una caída en sus ingresos (al menos del 40 %).
- Si es un cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, tienes que presentar un certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma sobre la base de la declaración de cese de actividad.
- Declaración responsable del deudor o deudores donde muestras que cumples los requisitos.
Ojo, si la solicitud es para deudas hipotecarias inmobiliarias cuando no es vivienda habitual, debes presentar un documento de solicitud de moratoria junto con los mismos documentos que acabamos de ver.
Si enfermas, se considera Accidente Laboral
Las medidas para el autónomo ante el Coronavirus no acaban aquí, sino que también se establece que desde el momento en el que el autónomo se vea obligado a estar en cuarentena o no poder desempeñar su actividad profesional a causa del aislamiento o contagio directamente será considerado un accidente laboral.
Según el protocolo de la OMS cualquier trabajador que piense que pueda padecer síntomas del Covid2019 debe llamar a teléfonos de atención médica que cada comunidad autónoma ha habilitado.
En caso de dar positivo, el médico elaborará el parte de baja y a partir de ahí si se considera que el contagio es debido a tu trabajo, la solicitud del pago para la prestación por accidente de trabajo te la facilitará tu mutua de accidentes por vía telemática.
En este caso cobrarás el 75 % de tu base de cotización si eres autónomo empresario, en cambio si eres empleado a cargo autónomo saldrás ganando cobrando el 100 % de esta.
- Cobrarás el 75 % de tu base de cotización si eres autónomo empresario. Si eres empleado a cargo autónomo cobrarás el 100 %
NOTA: si te hemos dado de alta nosotros será FREMAP
Si se determina que el riesgo de contagio viene por un entorno familiar o social y no laboral, la baja será por enfermedad común.
El proceso para solicitar esta baja es el mismo que hemos explicado para el caso anterior, pero en este caso el importe a percibir será del 60 % de tu base reguladora.
Exención de la Seguridad Social
Los empresarios con menos de 50 trabajadores con un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor vinculado al Covid-19 están exonerados de abonar el pago de las cuotas a la Seguridad Social de su plantilla.
Si tienes dudas con respecto a este apartado puedes consultar nuestro blog en el que te explicamos las diferencias entre ERE y ERTE.
El resto de compañías –con 50 trabajadores o más– deberán pagar el 25% de las cotizaciones.
Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que no puedan ejercer, o que su facturación se haya visto reducida al 75 % en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, pueden solicitar la prestación extraordinaria.
Lo que cobres será el 70 % de tu base reguladora.
Esta ayuda tendrá una duración de un mes. Si el estado de alarma dura más se prorrogará hasta el último día del mes en el que acabe.
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
–Estar afiliados y en alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
-Estar al día en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Para obtener esta ayuda se necesita presentar solicitud en la MUTUA que aparezca en tu alta de autónomos en Seguridad Social .
NOTA: si te hemos dado de alta nosotros será FREMAP. En caso contrario puedes encontrar una copia del alta en Seguridad Social desde aquí .
Aumento Líneas de Financiación ICO
Aumentan 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, para facilitar la liquidez adicional.
Se solicitará directamente a través de cada una de las entidades financieras, puedes verlo pinchando aquí
Línea para la cobertura por cuenta del Estado
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros.
Las condiciones y requisitos incluyendo el plazo máximo para la solicitud del aval, se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros.
Preguntas frecuentes
En el siguiente apartado, la CEO de Declarando, Marta Zaragozá te resuelve las dudas más habituales de nuestros autónomos. Esperamos que te sirva de ayuda 🙂
Medidas para autónomos por Comunidad Autónoma
Si bien las medidas estatales se aplican a todo el territorio español, hemos extraído las ayudas que ha ajustado cada comunidad Autónoma en función de sus necesidades.
Asturias
Se dispondrán de 400 € mensuales a aquellos autónomos a los que se les ha exigido el cese de actividad por el estado de alarma. De esta forma, la administración pretende compensar sus costes fijos.
Además, igual que en Andalucía, el Principado de Asturias ha aplazado los pagos tributarios de este colectivo afectado por el Covid-19.
Estos podrán aplazar sin intereses los pagos durante seis meses ampliando así la anunciada por el Ministerio de Hacienda.
Andalucía
Destinará 600 millones de euros a líneas de crédito y avales. También avalará el 100 % de los préstamos a las pymes, elevando a la totalidad el 80 % al que se ha comprometido el Gobierno.
Por otra parte, se garantiza el pago a las empresas que den servicio a la administración, ya que no se suspenderán los pagos a proveedores.
Esta medida incluye a compañías que presten servicios de limpieza, vigilancia o seguridad.
Canarias y Baleares
En Baleares, el Gobierno autonómico ha anunciado una inyección de 50 millones de euros para dar liquidez.
Además, la administración se ha comprometido a pedir a los bancos una moratoria en las hipotecas para estos colectivos.
Por otro lado el Gobierno de Canarias ha decidido complementar la prestación por cese de actividad que percibirán los afectados por el Covid-19.
Canarias complementará el 30% para los autónomos de las islas a la prestación de la Seguridad Social del 70 %
Cantabria
Cantabria arranca el “cheque resistencia”, prestación vía telemática con un presupuesto de 10 millones de euros. Para optar a ella, deberán estar dados de alta con anterioridad al 14 de marzo.
Dependiendo del número de trabajadores y del cierre de los negocios, la cantidad que cobrarán será variable.
Así, los autónomos y las microempresas con un único trabajador podrán cobrar 150 € semanales, esta cifra puede subir hasta los 225 si la pyme cuenta con entre dos y cinco empleados. Entre seis y nueve trabajadores el empresario cobrará 300 € semanales.
Castilla la Mancha y León
En Castilla – La Mancha han optado por suspender los programas de empleo y destinar los 10 millones de euros del Plan Autoempleo a establecer una prestación para los autónomos.
El Gobierno de Castilla y León ha puesto sobre la mesa ayudas para los autónomos y pymes que incrementen sus plantillas en caso de tener una carga de trabajo adicional por el Covid-19. Además, reducirá las cuotas de la Seguridad Social.
La administración castellano leonesa busca premiar el emprendimiento destinando ayudas de hasta 5.000 € para los que deban cesar su actividad y quieran iniciar un nuevo negocio.
El Gobierno facilitará además liquidez con un presupuesto de 20 millones de euros.
Cataluña y Comunidad Valenciana
La Generalitat catalana destinará un presupuesto de 7,5 millones de euros a ayudas de hasta 2.000 € y el Departamento de Trabajo comparará los ingresos de este mes de marzo con el del año pasado para reconocer o no la prestación.
En la Comunidad Valenciana, las ayudas oscilarán entre los 750 y los 1.500 € dependiendo si se ha producido un descenso de la facturación o si el autónomo ha tenido que cesar su actividad.
Además, igual que otras comunidades autónomas se habilitarán líneas de financiación para este colectivo a tipo cero y con carencia de dos años, avalados por la Sociedad de Garantía Recíproca.
Unas líneas que complementan las aprobadas por el Gobierno central.
Extremadura y Galicia
Extremadura ha puesto en marcha una iniciativa a la que se pueden acoger autónomos y trabajadores por cuenta ajena.
Es un programa de voluntarios que cuidan a los menores cuyos padres tengan que seguir trabajando durante la crisis sanitaria.
Además, pueden fraccionar o aplazar los pagos de tributos que se liquida en la administración autonómica.
La Xunta de Galicia también ha aprobado el aplazamiento de los impuestos. Además, ha lanzado una línea de préstamos de hasta 200.000 €.
Madrid y Navarra
Los autónomos de la Comunidad de Madrid ya pueden solicitar ayudas de hasta 3.200 € si adjuntan una justificación de la reducción de ingresos y si se comprometen a estar en el régimen de autónomos durante 12 meses.
El Gobierno regional también ha reducido algunos impuestos para los autónomos, como el IBI o el de Actividades Económicas.
Navarra ha suspendido el pago fraccionado del IRPF . De la misma forma, el Gobierno foral ha suspendido el pago de deudas fiscales y un aplazamiento de las deudas de pymes y autónomos.
Cómo está afectando
La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) cree que las ventas podrían reducirse en el comercio un 8 %.
El Gobierno ha aplazado al martes 18 de marzo las medidas para agilizar los despidos temporales (ERTE) para que el pequeño negocio no caiga en picado.
Para la misma fecha, tendremos las que serán las ayudas a las familias afectadas, entre las que se espera que se pueda cobrar la prestación por desempleo sin que esto quite otros derechos acumulados por el autónomo previamente.
Así como ha pedido que toda actividad profesional que pueda ejercerse online, se haga por teletrabajo, el Presidente ha avisado de que el impacto económico nacional va a ser muy grande.
Esto es algo evidente si pensamos que la principal fuente de ingresos de España es el turismo, un sector que, por la situación actual de cuarentena y aislamiento, está completamente paralizada.
El sector del turismo
Por este motivo, se ha considerado en el BOE del 13 de marzo de 2020:
«con carácter de extraordinaria y urgente necesidad para los afectados por la insolvencia del Grupo empresarial Thomas Cook, a los afectados por la crisis desencadenada por el COVID-19, por lo que dicha línea de financiación se extiende a todas las empresas y trabajadores autónomos establecidos en España».
Esto se va a traducir en aumentar el doble el presupuesto fijado de 200 millones para el sector del turismo, quedándose la inversión en 400 millones de euros que esperan paliar los daños que esta situación de emergencia sanitaria mundial pueda causar en el país.
Puesto que la situación es muy inestable, en Declarando te podemos informar con una llamada gratuita de todo lo que necesites saber, pero es conveniente que estés al tanto del protocolo de actuación recomendado por la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) sobre cómo actuar frente a esta crisis vírica.
La era post Coronavirus
Estas ayudas para autónomos por Coronavirus van a ser el principio del fin que dará comienzo a una nueva era económica en el país. Por esto, no solo nos preocupan las ayudas para autónomos por Covid19, también he querido darte una pincelada de lo que los expertos comentan sobre el futuro de la economía.
El Fondo Monetario Internacional (FMI) no es capaz de ponerle cifra al impacto real del Covid-19 en la economía española. Esto es porque las variables de cuántos infectados, bajas y cierres de empresas son totalmente impredecibles.
También se ha advertido de que el alcance y duración del brote será lo que determine lo lento que crecerá este 2020 la economía del país, frenando la aceleración que se lideró en 2019.
Con el fin de evitar que caigamos más bajo que en la crisis del 2008, ciertas fuentes del Gobierno han asegurado que junto con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) están trabajando para apoyar y garantizar la liquidez de las Pymes y autónomos.