En este artículo te vamos a explicar todo lo que tienes que saber sobre las actividades con IVA reducido: es decir, aquellas que tributan al 10 %.
Saber esto es vital para para presentar el modelo 303 y el modelo 390 sin errores que puedan acabar en una sanción de Hacienda.
Y es que el mundo del IVA de los autónomos es complejo.
Para que aprendas a distinguir las actividades que van al 10 % de IVA, hemos hecho esta lista en la que las dividimos según sean entregas o adquisiciones de bienes, prestaciones de servicios u otra clase de operaciones:
En este artículo hablaré de:
1. Entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de bienes con el 10 % de IVA
- Las sustancias y los productos alimentarios que sean aptos para el consumo humano o animal. (Excepción: las bebidas alcohólicas y el tabaco que tributan al 21 %).
- Los animales, vegetales y demás productos que se destinan a la obtención de productos para el consumo humano o animal antes de ser utilizados como tal. Por ejemplo, animales destinados al engorde antes de ser utilizados para el consumo humano.
- Bienes que se utilizan en la realización de actividades agrícolas, ganaderas o forestales. Por ejemplo: semillas, fertilizantes, residuos orgánicos, herbicidas, plaguicidas, plásticos para cultivos, etc.
- Agua y hielo apto para el consumo humano y animal o para el riego.
- Los medicamentos para animales, es decir, medicinas de uso veterinario.
- Productos farmacéuticos para uso del consumidor final como pueden ser gasas, vendas, compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos que no sean medicinales.
- Los equipos médicos, aparatos y demás instrumental que esté diseñado para tratar o aliviar deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales donde se incluyen las gafas graduadas, lentillas y producto para su cuidado.
- Las viviendas, los garajes (2 como máximo) y los anexos que se tramitan conjuntamente con la vivienda.(Excepción: Locales de negocio y edificios destinados a su demolición que tributan al 21%).
- Las flores, las plantas vivas de carácter ornamental, y además las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal que se usan para obtener las flores y plantas vivas.
2. Prestación de servicios al 10% de IVA
- Transportes de viajeros y sus equipajes.
- Servicios de hostelería, campamento y balneario, los de restaurantes y el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto incluso por encargo. (Excepción: Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos que tributan al 21%)
- Servicios efectuados a favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas. Además, los servicios de las cooperativas agrarias a sus socios incluida la utilización de maquinaria en común (Excepción: cesiones de uso o disfrute o arrendamiento de bienes)
- Los servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
- Los servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos.
- Limpieza de alcantarillados públicos y desratización.
- La recogida o tratamiento de aguas residuales.
- La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación y museos, galerías de arte y pinacotecas.
- Los espectáculos deportivos de carácter aficionado.
- Las exposiciones y ferias de carácter comercial.
- Renovaciones y reparaciones realizadas en edificios, o parte de ellos, destinados a viviendas cuando el destinatario sea una persona física, que se acaben antes de 2 años y que el coste de los materiales que aporte la persona que realiza la obra no exceda el 40% de la base imponible.
- Los alquileres con opción a compra de edificios o partes de ellos destinados a viviendas. Se incluye la plaza de garaje (2 como máximo) y anexos en ellos que se alquilen a la vez.
- Las cesiones de derechos de aprovechamiento por turno de edificios, conjuntos inmobiliarios o sectores de ellos arquitectónicamente diferenciados, cuando el inmueble tenga por lo menos 10 alojamientos.

