Modelo 368

El modelo 368 es un formulario que se utiliza para declarar el IVA trimestral de los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, de televisión o electrónicos.
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Artículo escrito por expertos

Qué es y quién está obligado a presentar el modelo 368 

El modelo 368 es un formulario que se utiliza para declarar el IVA trimestral de los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, de televisión o electrónicos.

Todos aquellos autónomos que presten este tipo de servicios a clientes de la Unión Europea deben aplicar el tipo de IVA en vigor en el país de destino, (antes las operaciones iban gravadas por el IVA español). 

Se establece, pues, una tributación en destino en lugar de en origen.

Destacar como ejemplo**: Veámoslo en un ejemplo. Imagina que tienes una revista en línea o comercializas cursos pregrabados y vendes a un cliente francés. El IVA que aplicarás a los productos es el IVA de Francia y no el de España.

Por último, es importante mencionar que la presentación de este modelo es obligatoria para todos aquellos autónomos cuyo negocio consiste en telecomunicaciones o servicios electrónicos siempre que el importe de las mismas exceda de 10.000 € en el año en curso o el año anterior, también se puede aplicar de forma opcional antes de superar el límite. 

Si no has realizado operaciones en todo el trimestre pero formas parte del grupo que hemos mencionado, tendrás igualmente que presentar el modelo marcando en el documento la casilla que especifica “sin actividad”.

Luego veremos cómo presentarlo.

Cuándo se presenta el modelo 368

El plazo de presentación del modelo 368 es el mismo que establece la AEAT para todos los modelos trimestrales. 

Estos plazos son los siguientes:

  • Primer trimestre (facturas de enero a marzo): puedes presentarlo del 1 al 20 de abril
  • Segundo trimestre (facturas de abril a junio): puedes presentarlo del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre (facturas de julio a septiembre): puedes presentarlo del 1 al 20 de octubre
  • Cuarto trimestre (facturas de octubre a diciembre): puedes presentarlo del 1 al 30 de enero.

Si el último día de presentación coincide con un festivo, la fecha límite será el siguiente día hábil. 

Es importante presentarlo dentro de plazo, porque si no lo haces te enfrentas a sanciones. Ahora las vemos.

Presentar el modelo 368 fuera de plazo

Como hemos avanzado, presentar el modelo 368 fuera de plazo puede suponer una sanción o un recargo dependiendo de quién se da cuenta del error. 

Es decir, si es la AEAT quien se da cuenta del retraso, te expones a una sanción por dejar de pagar una deuda tributaria y esto se castiga aplicando la Ley General Tributaria que clasifica las infracciones en leves, graves o muy graves.

La base de esta sanción será lo dejado de ingresar en plazo. Si es leve será el 50 % de lo dejado de ingresar, grave 100 % y muy grave 150 % .

Si por el contrario, te das cuenta tú mismo de que no lo has presentado y lo haces sin que te llegue la multa de la AEAT, los recargos por presentar el modelo 368 fuera de plazo serán:

  • 1 % fijo más otro 1 % adicional por cada mes completo de retraso en el que se presente la liquidación o declaración.
  • Una vez trascurridos más de 12 meses desde el final del plazo, entonces el recargo será del 15 %.

Con Declarando estás a salvo porque la aplicación te informa de qué modelos tienes que presentar y cuándo tienes que hacerlo para evitar este tipo de sanciones.

Cómo presentar el modelo 368

Antes de presentar el modelo 368 en la AEAT tienes que rellenar y presentar el modelo 035 solicitando la inscripción en el sistema de Ventanilla Única

Puedes hacerlo directamente en la Sede Electrónica, ya sea con certificado electrónico o con cl@ve PIN.

Una vez cursada el alta en el sistema OSS, ya estás obligado a presentar trimestralmente el modelo 368.

La presentación del modelo 368 se lleva a cabo de forma presencial en la Agencia tributaria o de forma telemática en la web de Hacienda.

Como para la Ventanilla única, solo necesitas el certificado digital o la cl@ve PIN para identificarte.

Para cumplimentar el modelo tienes que indicar el código del país de destino de cada operación, el tipo de IVA que se aplica y desglosar las bases imponibles y las cuotas. 

Recuerda poner las operaciones destinadas a un mismo país agrupadas. 

En resumen, el modelo 368 se implantó en el año 2014 y desde entonces ha sido todo un éxito entre los autónomos. 

Y podemos decirlo así, porque ha facilitando la vida a aquellos profesionales y empresas que prestan servicios electrónicos a clientes B2C (consumidores particulares) que están en otros países de la Unión Europea. 

Haciendo que, desde entonces, toda la gestión tributaria sea mucho más rápida y sencilla.

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.
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