Una de las cuestiones que más me preguntan los autónomos es, ¿tengo que aplicar IRPF en mis facturas?
Este impuesto puede resultar lioso en algunas ocasiones, en general estamos mucho más familiarizados con el IVA y nos da menos problemas.
Para serte sincera, la forma como un autónomo tiene que hacer una factura en si misma puede parecer sencilla.
Pero a Hacienda le gusta que estén hechas de una determinada manera y hasta que la tenemos controlada siempre pasan unas cuentas semanas.
No solemos tener problemas con la identificación ni la definición del producto, pero en lo que se refiere a los impuestos de la misma, no tenemos las cosas tan claras.
Ya te había contado anteriormente qué es el IVA así que en esta ocasión te voy a resumir las 3 reglas principales a la hora de aplicar el IRPF en la factura de un autónomo.
1. Tener claro a que grupo pertenece nuestra actividad
Como sabes, la actividad que realizas para Hacienda queda identificada con lo que se llama Epígrafe del I.A.E, y a su vez queda incluida en la categoría de actividad empresarial, profesional, o artísticas.
Muchas veces, no acabamos de darle la importancia que se merece a esta cuestión.
Dependiendo de cómo tengamos incluida nuestra actividad de cara Hacienda, tendremos que preparar las facturas de una forma determinada, o incluso presentar más impuestos.
Para saber como tenemos encuadrada nuestra actividad, sólo tenemos que mirar el Modelo 037 o 036 que presentamos en Hacienda cuando nos dimos de alta de nuestra actividad.
Quédate con este consejo, es tu mantra:
- Si tu actividad es empresarial, tus facturas no llevarán IRPF
- Si tu actividad es profesional o artísticas, es posible que tus facturas lleven IRPF (dependiendo de quien sea tu cliente)
2. Conocer a nuestro cliente
No me refiero a conocerlo personalmente, si no a saber si es autónomo o actúa como empresa o simplemente como mero particular.
Te pongo un ejemplo para aclararlo: El Sr. Pepito va a tu despacho porque se ha enterado que eres uno de los mejores arquitectos de interiores que hay en la ciudad. Quiere encargarte que le rediseñes el interior de su casa.
Bien, es posible que el Sr. Pepito en esta operación esté actuando como un mero particular, independientemente de que sea empresario o que trabaje como autónomo.
Sin embargo, si el encargo es para rediseñar su oficina, ahí es posible que actúe como autónomo o incluso te pida que la facturas la emitas a nombre de su empresa, al ser la propietaria de la oficina.
Conocer a tu cliente es importante a la hora de saber si aplicamos IRPF en factura o no lo hacemos. Como norma general, recuerda esto:
- Si nuestro cliente es un particular, la factura que le emitas nunca va a llevar IRPF
- Si nuestro cliente actúa como autónomo o bien a través de una empresa, en ese caso puede llevar IRPF dependiendo de cuál sea tu actividad
3. Saber el Tipo de Retención Aplicable en cada caso
Para el año 2017 el tipo del IRPF aplicable en las facturas de un autónomo es…
- Como regla general un 15%
- Para autónomos que inician su actividad, en el mismo año del inicio y los dos siguientes un 7%
Teniendo en cuenta las 3 reglas para aplicar el IRPF en las facturas de un autónomo que te acabo de comentar, llegamos a la siguiente conclusión:
- Como autónomo aplicarás IRPF en tus facturas cuando tu actividad sea profesional o artística y el cliente a quien debes de hacer dicha factura actúa como autónomo o bien es una empresa
- No aplicarás IRPF en tus facturas cuando tu actividad sea empresarial, dándote igual como actúa el cliente a quien le facturas, y tampoco aplicarás IRPF cuando tu cliente sea un particular aunque tu actividad sea profesional o artística.
En algunos casos calcular el IRPF de un autónomo no es tan sencillo, hay que seguir algún otro consejo. Pero como norma general es suficiente con que recuerdes estos 2 últimos consejos.