Con frecuencia recibimos un montón de dudas de autónomos sobre la retención de IRPF.
Son preguntas del tipo si estoy obligado a aplicar retenciones de IRPF en mis facturas, qué porcentaje debo aplicar o cómo se calculan las retenciones en las facturas.
Como te mostraremos ahora, no todos los autónomos deben aplicar retenciones en sus facturas. Pero los que deben hacerlo, tienen que cumplir unas condiciones y unas obligaciones que ahora te aclararemos
Retener IRPF en tus facturas: qué significa exactamente
El IRPF es el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Los autónomos son personas físicas, por lo que deben tributar su actividad por este impuesto.
Al ser un impuesto progresivo, existen unos tramos. De manera que, cuanto más ganas, mayor porcentaje de IRPF debes pagar en la declaración de la renta
¿Y qué tiene que ver esto con las retenciones?
Las retenciones son un adelanto que los autónomos hacen a Hacienda en sus facturas.
Estos adelantos los tiene en cuenta Hacienda de cara a tu declaración anual de la renta. Es decir: lo que ya has adelantado es algo que luego no tendrás que pagar.
Aquí tienes un ejemplo de una autónoma que retiene IRPF en sus facturas, para que veas más claro cómo funciona:
Luisa es una diseñadora web que acaba de facturar a un cliente con estos datos:
Base imponible: 1.000 €
IVA (21 %): 210 €
IRPF (15 %): 150 €
La cantidad total que el cliente debe ingresar a Luisa será la base imponible, más el IVA, menos el IRPF: 1.000 + 210 – 150 = 1.060 €.
Es decir, Luisa dejará de cobrar ese 15 % de IRPF (los 150 €), porque el cliente no se lo pagará, pero en cambio, lo entregará a Hacienda en su nombre, mediante el model
Qué autónomos tienen la obligación de retener IRPF en sus facturas
¿Todos los autónomos deben aplicar retenciones en sus facturas? No, no todos
Solo están obligados a aplicar retenciones aquellos que están dados de alta en un epígrafe de la segunda y tercera sección del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
El IAE está compuesto por las siguientes secciones:
- Primera sección: actividades empresariales
- Segunda sección: actividades profesionales
- Tercera sección: actividades artísticas
Para aclarártelo mejor: tienes que aplicar retenciones en tus facturas si tu actividad es profesional o artística y tus clientes son autónomos o empresas.
Pero no debes aplicar retenciones si:
- Tu actividad es profesional o artística y tus clientes son personas particulares
- Tu actividad es empresarial, sin importar si tus clientes son particulares, profesionales o empresas
- Cuando se trata de una operación intracomunitaria (con un cliente de otro país de la UE) o una exportación
Por cierto, muchos autónomos que realizan actividades profesionales tienen que presentar el modelo 130.
Si este es tu caso ten en cuenta esto: si aplicas retenciones en más del 70 % de tus facturas no tienes que presentar el modelo 130.
La retención de IRPF de los nuevos autónomos
Los nuevos autónomos necesitan un pequeño empujón. De ahí que Hacienda les permita aplicar en sus facturas un porcentaje de IRPF menor.
Ese porcentaje es del 7 %.
Al aplicar un porcentaje más pequeño, un nuevo autónomo ingresará más en sus primeras facturas. Y eso siempre ayuda cuando uno empieza.
¿Pero qué se entiende por nuevo autónomo? Cuando hablamos de retenciones, se considera que eres un nuevo autónomo durante todo el primer año desde el alta más los dos años siguientes.
Es decir, si te diste de alta el 1 de julio de 2022, tendrías la opción de aplicar una retención de IRPF del 7 % en tus facturas hasta 2025.
Pasado ese tiempo, el tipo general de retención del IRPF es del 15 %.
Esto no ha sido siempre así. Durante la pasada crisis, los autónomos tuvieron que aplicar un tipo general del 21 % (en el periodo 2012 – 14) y los nuevos autónomos podían aplicar un 9 % .
Una de las reivindicaciones que hacemos los autónomos es que las retenciones de IRPF no sean del mismo porcentaje para todos.
Pedimos que vayan en función de nuestros niveles de ingresos y de nuestras circunstancias familiares, tal y como sucede con las retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores asalariados ⚖️
Cómo calcular la retención del IRPF
Lo primero y esencial: para calcular la retención del IRPF debes saber qué porcentaje te toca aplicar. Recuerda: el 15 % es el tipo general. Pero si eres nuevo autónomo puedes aplicar el 7 %.
Una vez sabido el porcentaje, multiplica esta cifra por el importe de la factura y divide el resultado entre 100.
¿Un ejemplo para verlo más claro? Te mostraremos cuatro.
Ejemplo #1 de retención de IRPF
Eres ingeniero y acabas de darte de alta en autónomos. Vas a confeccionar tu primera factura a un cliente por los servicios que le has prestado.
El cliente es una empresa española, por lo que la factura lleva retención de IRPF y la harás de la siguiente forma:
- Base imponible = 1.000 € (son tus honorarios sin tener en cuenta impuestos)
- 21 % de IVA = 210 €
- Retención del 7 % de IRPF = – 70 €
- Total de la factura a cobrar = 1.140 €
Ejemplo #2 de retención de IRPF
Sigues siendo ingeniero y autónomo. Ya han pasado 3 años desde que te diste de alta (¡qué rápido pasa el tiempo!).
Vuelves a facturarle a tu primer cliente, la empresa del primer ejemplo. Es el mismo trabajo, pero ahora tus retenciones han cambiado.
- Base imponible = 1.000 €
- 21 % de IVA = 210 €
- Retención del 15 % de IRPF = – 150 €
- Total de la factura a cobrar = 1.060 €
Has cobrado 80 € menos que hace tres años, cuando empezaste. Pero esto no lo tienes que mirar como una mayor pérdida.
Míralo mejor así: es más dinero que has adelantado a la Agencia Tributaria y que al hacer la declaración anual de la renta no tendrás que pagarle.
Ejemplo #3 de retención de IRPF
Este es un ejemplo de no retención: el mismo ingeniero, también autónomo. Pero su cliente es un particular.
Esta factura, por tanto, no puede llevar retención. Y el cálculo sería así:
- Base imponible = 1.000 €
- 21 % de IVA = 210 €
- Total a cobrar = 1.210 €
Como ves, el mismo ingeniero autónomo puede facturar con y sin retención de IRPF. Depende, en este caso, de si el cliente es un particular o una empresa o profesional.
Ejemplo #4 de retención de IRPF
Y, por último, un ejemplo de un autónomo que nunca tiene que aplicar retenciones.
Eres agente comercial y al darte de alta en Hacienda lo hiciste, por asesoramiento, como una actividad empresarial.
Ahora vas a hacerle una factura a un cliente. El cálculo iría así:
- Base imponible = 1.000 €
- 21 % de IVA = 210 €
- Total a cobrar = 1.210 €
En este ejemplo no importa si tu cliente es una empresa, un autónomo o un particular.
Y como estás dado de alta en una actividad empresarial, no tienes que aplicar retenciones.
La retención del IRPF y el certificado de retenciones
Cuando aplicas retenciones en tus facturas, son tus clientes los que deben declararlas a Hacienda.
Para ello han de presentar unas declaraciones: el modelo 111, que es trimestral, y el modelo 190, que es un resumen anual.
Tus clientes también están obligados a entregarte un certificado de retenciones. Este certificado lo necesitarás para hacer la declaración de la renta. Y ahí —en el certificado— encontrarás todas las retenciones que has aplicado.
Qué sucede si tu cliente no presenta tus retenciones de IRPF
Puede darse el siguiente caso: después de presentar la declaración de la renta, recibes una carta de Hacienda.
Te dice que la declaración no cuadra, que has declarado pagos en concepto de retenciones de IRPF que no coinciden con la información que tiene.
¿Cómo puede ser eso?
Por el siguiente motivo: porque la información que usa Hacienda para contrastar las retenciones que has aplicado procede de las declaraciones de tus clientes (la presentación de los modelos 111 y 190).
En otras palabras: algún cliente olvidó declarar la retención que le aplicaste. O mintió. No importa. El hecho es que no hizo lo que debía.
Tú tranquilo: no es culpa tuya y tú no vas a tener que pagar el pato.
Presenta a Hacienda una copia de todas las facturas que hayas emitido con retención de IRPF, los certificados de retenciones de tus clientes y, sobre todo, el justificante bancario de los pagos.
Así demostrarás que has procedido bien y que ha sido uno de tus clientes —o varios, quién sabe— a quien Hacienda debe pedir responsabilidades.
¿Tienes alguna duda sobre tus retenciones de IRPF como autónomo? Llámanos y te ofreceremos una consultoría gratuita con uno de nuestros expertos fiscales