Una pregunta que recibo habitualmente de muchos autónomos tiene que ver con losĀ servicios online a clientes extranjeros. Hoy en dĆa es muy normal que un autónomo espaƱol venda a clientes no espaƱoles a travĆ©s de Internet.
Este tipo de operaciones nos generan muchas dudas con el IVA… ĀæTenemos que aplicarlo o no? ĀæIVA espaƱol o IVA extranjero? ĀæY si es extranjero hacemos IVA online?
No te descubro nada si te digo que la normativa del IVA espaƱola es muy complicada. Y se complica mƔs la cosa si hablamos de servicios de clientes no nacionales.
Para que no tengas mĆ”s dudas, he escrito este artĆculo sobre los servicios online a clientes extranjeros.
Para saber si un servicio lleva IVA espaƱol debemos mirar los artĆculos 69 y 70. Esto es necesario, para tener en cuenta ālas reglas de localización en las operaciones de serviciosā.
Es decir, es la normativa del IVA la que nos dice en estos artĆculos, cuando aplicamos IVA espaƱol a los servicios que prestamos.
Los servicios prestados por internet son:
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- Suministro y alojamiento de sitios web
- Mantenimiento a distancia de programas informƔticos y equipos
- Suministros de programas y sus actualizaciones
- Suministro de imĆ”genes, textos, información, o sea vĆdeos, libros, o cursos a distancia
- Suministros de mĆŗsica, pelis y juegos
No son servicios prestados por internet el simple correo electrónico que le envĆas a un cliente con un informe o documento que le aƱades. O reservar, hacer un pedido o las ventas online, por ejemplo.
Si realizas este tipo de servicios quƩdate con esta premisa: los servicios online suelen tributar en DESTINO.
Es decir, en el paĆs donde estĆ” tu cliente. Por eso los servicios online a clientes extranjeros, tributarĆ”n en su paĆs.
Tipos de clientes
Dependiendo del tipo de cliente que tengas, cambiarÔ la situación, a continuación te explico cómo funcionan los servicios online a clientes extranjeros
Cliente europeo que es un autónomo o una empresa
Como el servicio se entiende prestado en el paĆs donde estĆ” tu cliente, la factura por tus ingresos NO llevarĆ” IVA espaƱol.
Esta operación no se localiza en EspaƱa. En este caso, serĆ” tu cliente el que pagarĆ” el IVA de esta operación en Hacienda de su paĆs.
De todas formas, deberÔ constar en tu modelo 303, y tendrÔs la obligación de presentar el modelo 349 (resumen de las operaciones intracomunitarias).
AdemÔs, es muy importante que tengas la condición de operador europeo y que dispongas de NIF-IVA.
Cliente europeo que es un particular
Como el servicio se entiende prestado en el paĆs donde estĆ” tu cliente, tu factura de ingresos, NO llevarĆ” IVA espaƱol, porque esta operación se localiza en el paĆs donde se encuentra tu cliente.
Eso sĆ, quien tiene la obligación de pagar IVA eres tĆŗ como empresario o profesional , por lo que la factura, NO llevarĆ” IVA espaƱol, pero SI llevarĆ” el IVA correspondiente a ese paĆs.
DeberĆ”s ingresar ese IVA tĆŗ directamente en la Hacienda de ese paĆs.
Ā”Pero hay una alternativa! Puedes ingresar ese IVA desde la Hacienda espaƱola utilizando el servicio de la Mini Ventanilla Ćnica (que a continuación explico).
No tendrƔs que presentar el 349.
Cliente NO europeo que es un autónomo o una empresa
La factura por tus ingresos NO llevarĆ” IVA espaƱol. Esta operación no se localiza en EspaƱa. En este caso, serĆ” tu cliente el que pagarĆ” el IVA de esta operación en Hacienda de su paĆs.
La operación se reflejarÔ en tu modelo 303 de IVA, pero no tienes que cumplir ninguna obligación mÔs.
Clientes NO europeos que son particulares
La factura por tus ingresos NO llevarĆ” IVA espaƱol. Esta operación no se localiza en EspaƱa. En este caso, serĆ” tu cliente el que pagarĆ” el IVA de esta operación en Hacienda de su paĆs. Ā
La operación se reflejarÔ en tu modelo 303 de IVA, pero no tienes que cumplir ninguna obligación mÔs.
Qué es la mini ventanilla única
Es un sistema para pagar un IVA que no es espaƱol.
Se trata de un sistemaĀ que te permitirĆ” pagar un IVA en una Hacienda que no es la espaƱola sin tener que estar dado de alta como autónomo o profesional en ese paĆs.
Asà es mÔs fÔcil gestionar los servicios online a clientes extranjeros. Recordemos que este sistema nos vendrÔ bien cuando prestamos un servicio online a un cliente europeo que es particular.
Ćchale un vistazo a nuestro vĆdeo sobre la ventanilla Ćŗnica:
Para inscribirnos es necesario rellenar un modelo 035. Para ello deberƔs disponer de:
- Un número de identificación fiscal.
En el caso de empresarios o profesionales extranjeros que quieran registrase en el régimen de importación a través de un intermediario, en defecto de número de identificación fiscal, deberÔn tener asignado un código de identificación individual.
- Un certificado electrónico
Es necesario para poderte identificar en la pÔgina web de la Agencia Tributaria y poder realizar trÔmites online con la Administración Pública.
Cuando la presentación electrónica se realice por apoderados o por colaboradores sociales debidamente autorizados, serÔn éstos quienes deberÔn disponer de su certificado electrónico.
En el caso de profesionales que quieran acogerse al régimen de importación a través de intermediario, el formulario 035 deberÔ ser presentado por el intermediario y serÔ éste quien deberÔ disponer de su certificado electrónico.
A partir del momento en el que Hacienda te comunica que estÔs inscrito en este sistema de pago, tendrÔs la obligación de presentar el modelo 368. AdemÔs de los impuestos que vienes presentando.
Con el modelo 368 ingresarĆ”s el IVA no espaƱol de los servicios que has prestado por internet a particulares europeos.Ā
Recuerda que tenemos la obligación de presentarlo el primer trimestre siguiente a recibir la carta de Hacienda donde nos comunican que estamos dados de alta en el sistema de la mini ventanilla única.
Este modelo solamente lo puedes presentar por internet, para lo que necesitarƔs certificado digital o la Clave PIN.
A quiƩn le afecta lo que acabamos de contar
Hemos dicho que estas āreglasā se aplican solamente a quienes prestan servicios online a clientes extranjeros. TambiĆ©n hemos definido que se entienden por servicios online.
Pero hay situaciones donde no sabemos si estamos prestando o no servicios digitales.
Por ejemplo, un desarrollador que trabaja para una sociedad propietaria de una web de descarga de juegos online.
El desarrollador que es quien monta y mantiene la web, ¿realiza un servicio online? ¿aplicarÔ estas reglas de localización?
Para dar una respuesta correcta la normativa establece unos āindiciosā que nos ayudan a considerar si estamos o no prestando un servicio digital.
Estamos vendiendo servicios online a clientes extranjeros y por tanto debemos acogernos a estas reglas cuando:
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- Gestionamos o somos propietarios de la plataforma por la que se prestan los servicios.
- Gestionamos los cobros de los clientes de la plataforma.
- Emitimos nosotros las facturas a los clientes finales.
- Tenemos responsabilidad con los clientes cuando la plataforma da errores o falla.
- Somos los que tenemos la obligación directa de ayudar a los clientes que tienen problemas de usos, es decir, les damos directamente nosotros soporte técnico.
- Ser propietario de los datos del cliente.
En otros casos no tendremos que aplicar estar reglas de localización.
Y tĆŗ, Āæprestas servicios online a clientes extranjeros?
Mi objetivo con este post es que conozcas cómo hacerlo de la mejor manera posible facilitĆ”ndote la información que conozco sobre el IVA.Ā
Si tienes cualquier duda, ”hazme un comentario!
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