El modelo 130 y el IVA

El modelo 130 es un modelo trimestral de adelanto del IRPF. ¿Pero debes incluir el IVA? ¿Qué gastos son fiscalmente deducibles de este modelo? La respuesta es que depende del caso.

Si lo que necesitas es conocer en profundidad qué es el modelo 130 y cómo se rellena, puedes consultar nuestra guía del modelo 130.

Pero a continuación te explicamos cuál es la relación del IVA con el adelanto del IRPF, y si realmente debes incluirlo en el modelo 130. 

¿Se incluye el IVA en los gastos del modelo 130?

En el modelo 130 se incluyen los gastos que tienes en el desarrollo de tu actividad y que cumplen los requisitos establecidos por Hacienda para considerarse prescisamente eso: gastos deducibles

Ponte en contexto con nuestro artículo sobre el modelo 130 primero:

El modelo 130 de los autónomos

 

Pero justo a la hora de catalogar los gastos es cuando surge la duda de si hay que incluir o no el IVA en el modelo 130 como un gasto deducible más de nuestra actividad.

El IVA es un impuesto indirecto que se aplica al consumo, por lo que no se considera como gasto deducible de la actividad económica que desarrollas. 

En todas las compras que haces como ciudadano pagas un importe de IVA.  

Pero cuando esas compras las haces para tu actividad como autónomo, noramlmente puedes recuperar ese IVA mediante el modelo 303 que presentas cada trimestre.

Por eso, el IVA no se incluye en el modelo 130.

Aunque hay una excepción en la que sí debes incluir el IVA en el modelo 130, y te la explico a continuación. 

Si eres un autónomo con una actividad exenta de IVA (es decir, que tu tipo de IVA es del 0 %) la Ley del IVA permite que lo que pagas de IVA se considere como gasto deducible en el modelo 130. 

El IVA y el modelo 130

Ejemplo de IVA en el modelo 130

Pablo es un albañil autónomo que presenta trimestralmente el modelo 303 para declarar el IVA y el 130 para declarar el IRPF.

A final de año, el modelo 303 le saldrá a devolver porque ha gastado mucho dinero en la compra de los materiales de las reformas. Pero no puede incluir el IVA de sus gastos fiscalmente deducibles en el modelo 130. 

En cambio, Enrique es un profesor autónomo. Su actividad está exenta de IVA, por lo que no tiene la obligación de presentar el modelo 303. 

Por eso, cuando presenta el modelo 130 puede incluir el IVA de sus compras como un gasto deducible más.

Pablo como albañil no puede hacerlo así, porque ya está recuperando el IVA de sus compras con el modelo 303, por lo que solo puede incluir el precio sin IVA de las compras como gastos deducibles en el modelo 130.

En este ejemplo, tanto el albañil como el profesor confeccionarán el modelo 130 teniendo en cuenta los ingresos y gastos obtenidos de la siguiente forma:

  • Los obtenidos de enero a marzo, los incluirán en el modelo 130 del primer trimestre del año
  • Los obtenidos de enero a junio, los incluirán en el modelo 130 del segundo trimestre del año
  • Los obtenidos de enero a septiembre, los incluirán en el modelo 130 del tercer trimestre del año
  • Los obtenidos de enero a diciembre, los incluirán en el modelo 130 del cuarto trimestre del año

En resumen: ¿qué pasa con el IVA del modelo 130?

Con esta información ya sabes que el IVA no se incluye en el modelo 130 salvo en una excepción. 

Además, tal vez te interesa saber que con nuestra plataforma puedes presentar cualquier modelo (el 130 también) en solo 2 clics.

Y lo mejor es que se rellenan sólos, tú no tienes que volverte loco rellenando casillas, ni preguntándote si debes incluir tus ingresos y gastos con o sin IVA en el modelo. 

Lo único que tienes que hacer es descargar un fichero que te pasamos nosotros con el modelo ya cumplimentado, conectar con la web de Hacienda y hacer clic en presentar. 

Y si te ha quedado alguna duda sobre el IVA en el modelo 130, o tienes cualquier otra pregunta sobre fiscalidad no te lo pienses: solicita una llamada gratuita con nuestros asesores sin compromiso alguno.

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.