Los autónomos, por ley, tienen la obligación de hacer una serie de pagos a la Administración pública.
Entre ellos: la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
Esta cuota cubre las situaciones de asistencia sanitaria, incapacidad temporal, baja por maternidad y determina la cuantía de tu pensión de jubilación.
El problema es que a veces se hace cuesta arriba hacer frente a estos pagos. Y por eso existe un conjunto de bonificaciones que aligeran la carga, como la famosa tarifa plana de los autónomos.
¿Quieres saberlo todo sobre estas bonificaciones y si tienes acceso a ellas? Sigue leyendo.
Bonificaciones de Hacienda y la Seguridad Social para autónomos
Las bonificaciones son reducciones en la cuota de los autónomos que varían en función de la situación y el momento laboral del profesional por cuenta propia.
La finalidad de estas bonificaciones es ayudar a los autónomos con sus pagos a las administraciones públicas para hacerlos más soportables.
Es importante destacar que las bonificaciones están dirigidas en su gran mayoría a nuevos autónomos.
Por esta razón, si estás pensando en darte de alta como autónomo, es importante que tengas en cuenta las siguientes bonificaciones.
Reducción por inicio de actividad
La reducción por inicio de actividad es una de las “bonificaciones” más conocidas y utilizadas por los nuevos autónomos en España.
Es así, porque permite emprender con una reducción importante de la cuota y en ese momento, todo descuento es bienvenido.
Para tener acceso a ella es obligatorio que cumplas los siguientes 3 requisitos:
- Que los rendimientos netos sobre los que se aplicará la reducción no superen los 100.000 € anuales.
- Que calcules tu Impuesto sobre la renta por el régimen de estimación directa simplificada (esta información la puedes consultar en el modelo 037 de alta, en la página 2, apartado 3, casilla 609).
- Que no hayas iniciado otra actividad durante el año anterior (y no se considera que hayas iniciado actividad, si no tuviste beneficios).
Si cumples estos 3 requisitos podrás hacer que se reduzca tu beneficio en la renta en un 20 % con un límite de 100.000 € al año.
No podrás disfrutar de esta disminución cuando más del 50 % de tus ingresos o ventas vengan de un cliente con el que estabas trabajando como empleado antes de que empezaras tu actividad como autónomo.
Bonificación para el autónomo colaborador
Por autónomo colaborador se entiende la situación en la que te encuentras si eres familiar del autónomo para el que trabajas y además, convives con él.
De ser así, también podrás beneficiarte de una bonificación en la cuota a la Seguridad Social.
Esta bonificación consigue que pagues un 50 % menos de lo que tendrías que pagar durante 18 meses. Después ese 50% se reduce a un 25 %, durante 6 meses más.
Bonificación por régimen de pluriactividad
Si tienes un trabajo por cuenta ajena y te das de alta como autónomo compaginando ambas situaciones, tienes derecho a las siguientes bonificaciones:
- Primeros 18 meses de alta: reducción del 50 % de la base mínima de cotización.
- Los 18 meses siguientes: descuento de hasta el 75 % de la base mínima de cotización.
- Los primeros 18 meses si la pluriactividad es a tiempo parcial: las bonificaciones se reducen al 75 % y 85 % durante los siguientes 18 meses.
Los autónomos en pluriactividad cotizan dos veces, es decir, pagan por doble partida, por eso, en 2023, el límite anual está establecido en 13.822,06 € y si lo superas, la Administración te devuelve el 50 % de lo que hayas pagado de más en los dos regímenes en conjunto.
Bonificación para autónomos artistas
¿Te dedicas a una actividad artística? Es decir, a una actividad relacionada con las artes escénicas, audiovisuales y musicales o como técnico o auxiliar de estas actividades.
Porque si es así, con el nuevo estatuto del artista puedes elegir cotizar por una base mínima de 526,14 € al mes.
O dicho de otra manera: que cada mes pagarías una cuota de autónomo de 164,15 €, en lugar de la mínima de 234,5 € para el resto de autónomos.
Las condiciones: que tus rendimientos netos (la diferencia entre ingresos y gastos) sean inferiores a 3.000 € al año o 250 € al mes.
Bonificaciones para compaginar la vida laboral y familiar
Existen otras bonificaciones no tan conocidas que también reducen la cuota de los autónomos.
Se trata de bonificaciones destinadas a compaginar la vida personal y laboral de los autónomos. Un reto que no siempre es fácil conseguir.
Bonificación para la maternidad, paternidad y situaciones similares
Si dejas de trabajar como autónomo durante un periodo de tiempo, por alguna de las siguientes razones, tienes derecho a bonificación:
- Por haber sido madre o padre cuando solicitas la bonificación
- Por riesgo durante el periodo de embarazo
- Por situación de acogida o adopción de un menor de edad
- Durante la lactancia natural de tu hijo/a
Este descuento funciona solo durante el periodo de descanso del autónomo y puede llegar a ser del 100 % de la base mínima de cotización.
Además, desde 2017, no es necesario contratar a una persona que te sustituya durante ese periodo de tiempo.
Bonificación para la conciliación familiar
La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo incluye otras dos bonificaciones muy interesantes para facilitar la conciliación de la vida personal y profesional de los autónomos:
- Bonificación del 100% de la cuota durante un año si necesitas estar al cuidado de menores de doce años o personas dependientes. En este caso la bonificación sí que se ofrecerá si se contrata a un trabajador.
- Tarifa plana para madres autónomas que habiendo hecho un cese de su actividad, se incorporen antes de cumplir dos años desde la baja.
Como ves, la Seguridad Social pone facilidades para que los autónomos españoles puedan ser padres compaginándolo con su actividad como trabajadores por cuenta propia.
Qué es la tarifa plana y cómo afecta a la cuota de los autónomos
La tarifa plana de los autónomos es probablemente la bonificación de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia más famosa. Y también va dirigida a nuevos autónomos.
Desde 2023, consiste en una cuota fija de 80 € mensuales durante los 12 primeros meses de actividad.
Una vez transcurrido ese primer año de cotización, puedes disfrutar un año más de tarifa plana siempre y cuando tus rendimientos netos anuales estén por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI).
Los autónomos con una discapacidad igual o mayor del 33 % o que sean víctimas de la violencia de género o del terrorismo, pueden beneficiarse de la tarifa plana de 80 € durante dos años seguidos.
Y si pasado ese tiempo sus rendimientos netos están por debajo del SMI, podrán solicitar una cuota especial de 160 € mensuales por 36 meses (o 3 años).
Conviene hacer ahora un pequeño recordatorio: hasta 2023, la tarifa plana consistía en el pago de 60 € al mes durante el primer año, con una bonificación gradual sobre la cuota de autónomos hasta el mes 24 de actividad.
Pero esta tarifa plana quedó derogada con el nuevo sistema de cotización para autónomos que entró en vigor el 1 de enero de 2023 y ha sido sustituida por esta que te estamos contando.
Requisitos para obtener la tarifa plana para autónomos
Para poder acceder a la tarifa plana es necesario cumplir una serie de requisitos:
- Que sea la primera vez que te das de alta como autónomo
- No haber ejercido como autónomo en los últimos dos años (contabilizando desde la fecha en la que te dieras de baja del RETA).
- Si ya has sido autónomo con anterioridad y disfrutaste de esta tarifa plana, deben haber pasado tres años desde la fecha de la baja para poder beneficiarte de nuevo..
- No ser autónomo colaborador o familiar
Para prorrogar la tarifa plana un año más, deberás solicitarlo por el portal Import@ss de la Seguridad Social y presentar una declaración donde indiques que tus rendimientos netos, durante ese año, serán inferiores al SMI.
Los autónomos con discapacidad o víctimas de la violencia de género o terrorista deberán presentar esa misma declaración cuando quieran solicitar la tarifa de 160 € mensuales.
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La tarifa plana de los autónomos societarios
Los autónomos societarios también pueden optar a la tarifa plana que reduce el pago de su cuota a la Seguridad Social.
Y en las mismas condiciones que el resto de autónomos: 80 € de cuota mensual durante los primeros 12 meses de actividad.
En caso de que sus ingresos no superen el SMI el siguiente año, podrán solicitar su ampliación por un año más.
Los requisitos para solicitarla, por lo demás, son los mismos.
Si tienes dudas sobre si es mejor darte de alta como autónomo societario o autónomo general, te recomendamos que revises nuestro artículo Autónomo societario: qué es y cuándo dar el paso.
Cuándo y cómo solicitar las bonificaciones para autónomos en 2023
Existen diferentes formas de solicitar las bonificaciones dependiendo de en qué momento de la vida del autónomo se aplican las mismas.
Las bonificaciones que están relacionadas el alta como la tarifa plana, se solicitan en el momento de darse de alta como autónomo.
De no hacerlo así, y pedirlas posteriormente, puede que sean denegadas por parte de la Administración.
Las bonificaciones que funcionan durante la vida laboral del autónomo, como la bonificación por maternidad, o la reducción por inicio de actividad se tramitan mediante el modelo de solicitud simplificada de alta, baja o variación de datos.
Este modelo y los datos que se solicitan deben entregarse en el RETA. Una vez realizado el trámite, recibirás el llamado acuse de recibo en formato PDF.
Situación del autónomo bonificado
En conclusión, si cumples con los requisitos que hemos comentado y te encuentras en una de las situaciones que te dan acceso a una bonificación, podrás pagar menos en tu cuota de autónomos.
Recuerda que la tarifa plana debes pedirla en el momento de solicitar tu alta en el RETA, de lo contrario, puede que no tengas acceso a ella.
Si optas a una de las bonificaciones que tienen lugar durante tu vida laboral como autónomo, debes solicitarla en el momento de necesitarla.
Si tienes dudas con alguna de las bonificaciones ya sabes que puedes solicitar una llamada gratuita de asesoramiento con nuestros expertos y ellos te informan sin compromiso.