Nueva cuota de autónomos 2023: ¿Cómo te afectará?

Ya está aquí: el nuevo sistema de cotización para todos los autónomos.

Ha costado, pero ha llegado: a partir de 2023 tu cuota de autónomo cambia.

¿Pagarás menos cuota? ¿Pagarás más? ¿Cómo será? ¿Te beneficiará? ¿Te perjudicará?

Esto y más te lo aclaramos ahora.

¿Qué sabemos hasta ahora de la nueva cuota de autónomos?

Desde el 1 de enero de 2023 empezarás a pagar una cuota de autónomo distinta.

Vale, bien, ¿pero cuánto?

Según el Real Decreto-ley 13/2022, aprobado por el Gobierno el 26 de julio de 2022 tras el acuerdo al que llegó con las asociaciones de autónomos, la patronal (CEOE y Cepyme) y los sindicatos (UGT y CC OO), estas son las nuevas cuotas de autónomos para el periodo 2023 – 2025. 

Agárrate, que vienen curvas.

Si te fijas, estamos hablando de hasta 15 tramos de cotización. Y esto es lo que te podemos destacar:

  • Hasta 1.300 € mensuales de ingresos reales (ingresos menos gastos), la cuota de autónomo a pagar irá reduciéndose en el periodo 2023 – 2025
  • Para los que cobren entre 1.301 € y 1.700 € al mes, la cuota será la misma durante este periodo
  • A partir de los 1.701 € mensuales, la cosa empieza a aumentar y a aumentar cada año

Resumiendo, que es gerundio (como Declarando): que ya nada volverá a ser como antes.

Pero hay algo más. A simple vista, parece que los que más ganan pagan más y los que menos ganan pagan menos.

¿Realmente es así? Si lo miramos en proporción a los ingresos, los autónomos con menos ingresos pagarán más cuota de autónomo.

Un ejemplo sencillo En 2023, un autónomo que tenga unos ingresos reales de 1.000 € al mes, pagará una cuota de 275 €, lo que supone el 27,3 % de sus ingresos.

En cambio, un autónomo que ingrese 6.001 € al mes y pague lo máximo (500 €), solo destinará un 8,3% de sus ingresos a pagar la cuota.

Y esto ocurre en todos los tramos: cuanto más ingreses, menos dinero dedicarás en proporción a pagar de la cuota.

En la siguiente gráfica lo verás con claridad:

Tabla con las nuevas cuotas para autónomos a pagar entre los años 2023 y 2025 tras la aprobación del Real Decreto Ley 13/2022, con la proporción de cuota a pagar según el rendimiento neto.

Lo que cambiará con la nueva cuota de autónomos

Lo de los tramos es solo la punta del iceberg, aunque en algunos picos duela un poco.

Hay otros cambios, muchos más cambios.

Como nos lo aclaran nuestras abogadas expertas, que están en todo, el pasado 27 de junio el Gobierno aprobó un decreto ley, el 504/2022.

En ese decreto ley nos encontramos que a partir de 2023:

  • Como autónomo, cotizarás según los rendimientos netos de tu actividad económica, es decir, por tus ingresos reales (luego te lo aclaramos)
  • Será un sistema progresivo de cotización que empezará en 2023 y acabará en 2031
  • Tendrás que informar a la Seguridad Social de tus rendimientos netos al empezar el año para fijar tu base de cotización
  • Podrás cambiar hasta seis veces al año tu base de cotización
  • La cuota de autónomo incluirá el cese de actividad (ya no será voluntario, como ahora)
  • Habrá tarifa plana para nuevos autónomos, pero de otra manera (más adelante te contamos)

El Real Decreto-ley 13/2022, que te citábamos al principio, trae además otras novedades:

  • La Seguridad Social y Hacienda cruzarán datos para conocer los ingresos reales de los autónomos. Así, si un año has cotizado por encima de tus ingresos reales, la Seguridad Social te devolverá la diferencia. Y viceversa: si has cotizado por debajo, tendrás que pagar la diferencia.
  • Los autónomos podrán deducirse de manera genérica un 7 % de sus gastos (un 3% en el caso de los autónomos societarios).
  • Se redefine lo que se entiende por rendimientos netos –o ingresos reales– (te damos más detalles luego).
  • En 2023 desaparece el tope en las cotizaciones para los autónomos mayores de 47 años, que como todas también cotizarán por sus ingresos reales.
  • Los autónomos que coticen por una base superior en diciembre de 2022, podrán seguir cotizando por esa base en 2023 aunque sus ingresos estén por debajo (un guiño a los autónomos más veteranos que pagan más cuota para recibir una mejor pensión).
  • El cese de actividad –o paro del autónomo– podrá ser también parcial, es decir, que podrás compatibilizar tu actividad con el paro del autónomo cuando tu facturación haya caído un 75 % o más durante dos trimestres

En resumen, que si lo comparamos con el sistema de ahora ya sabes qué significa todo esto…

…sí, que se acabó eso de elegir la base de cotización que uno quiera y empezar a cotizar según tus ingresos.

Esto tendrá sus ventajas para ti. Y algunos inconvenientes también.

Luego hablamos de eso.

Cómo se calculará la nueva cuota de autónomos

Tu cuota de autónomo se decidirá según tu base de cotización. Hasta aquí nada nuevo bajo el sol.

Aquí llega lo nuevo: para elegir la base de cotización tienes que calcular los rendimientos netos de tu actividad.

Así nos lo explican nuestras expertas: tus rendimientos netos como autónomo serán el resultado de:

Ingresos – Gastos – Deducción por gastos genéricos

La deducción por gastos genéricos será del 7 % para todos los autónomos, menos para los societarios. Para estos será del 3 %.

Cálculo rápido de la nueva cuota de autónomos en acción

Veámoslo con un ejemplo sencillo, que siempre se entiende mejor:

Imaginemos que facturas al mes 2.500 € y tienes unos gastos fijos mensuales de 500 € (sin contar la cuota de autónomo).

Tus rendimientos netos serían de 2.000 € (2.500 € – 500 €).

Pero para saber la cuota que te toca pagar, tienes que descontar un 7 % por deducciones genéricas al rendimiento neto.

Es decir: el 7 % de 2.000 €, que son 140 €.

Tus rendimientos netos mensuales serían entonces:

2.500 € (ingresos) – 500 € (gastos) – 140 € (deducciones genéricas) = 1.860 €

Si consultas la tabla de la nueva cuota, cotizarías por el tramo 8 (1.851 € – 2.030 €), por lo que pagarías 315 € de cuota mínima en 2023, 325 € en 2024 y 370 € en 2025.

¿Cómo sería si lo comparamos con el sistema actual?

Pues la cosa cambia bastante en función de si cotizas por la mínima (como hace la inmensa mayoría de los autónomos) o por la base que realmente te corresponde.

  • Si cotizas por la mínima: tu cuota de autónomo de 2022 es de 294 € (sin incluir el cese de actividad) → A partir de 2023 pagarás más. Y en 2024, un poco más. Y en 2025, aún más.
  • Si cotizas por la base que te corresponde: tu cuota es de unos 624 € al mes, resultado de aplicar el 31,2 % a tu base de 2.000 € (y sin contar la deducción del 7%), que es como se calcula la cuota de autónomo → Con el nuevo sistema pagarías menos, bastante menos.

¿Y si tus ingresos reales están por debajo de 1.300 €? Pues que en esta situación, como puedes comprobar tú mismo en la tabla de más arriba, pagarías menos cuota de autónomo si lo comparamos con lo que pagas ahora.

Con la diferencia también de que a partir de 2023 la cuota incluye obligatoriamente el cese de actividad.

Y todavía hay más: como al empezar el año tienes que elegir tu base de cotización según estos rendimientos, has de hacer el cálculo con antelación.

¿Qué quiere decir esto? Que has de prever lo que vas a ingresar y lo que vas a gastar al empezar el año y comunicárselo a la Seguridad Social en forma de declaración jurada.

Por la sede electrónica, por cierto, que eso del papel ya pasó a mejor vida.

O, si lo prefieres, también podrás usar la aplicación Import@ss.

¿Cómo cambiar el tipo de cuota a pagar?

Como te decíamos antes, podrás cambiar la base de cotización hasta seis veces al año para ajustarla a tus ingresos reales.

¿Qué quiere decir esto? Que cada dos meses podrás recalcular los ingresos y gastos de tu actividad.

Y que deberás comunicárselo a la Seguridad Social con las siguientes fechas de efecto (cuando entre en vigor el cambio).

  • El 1 de marzo, si comunicas los cambios entre el 1 de enero y el último día natural de febrero
  • El 1 de mayo, si comunicas los cambios entre el 1 de marzo y el 30 de abril
  • El 1 de julio, si lo haces entre el 1 de mayo y el 30 de junio
  • El 1 de septiembre, si lo haces entre el 1 de julio y el 31 de agosto
  • El 1 de noviembre, si lo haces entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre
  • El 1 de enero del año siguiente, si lo haces entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre

Para hacerlo más cómodo, podrás notificárselo a la Seguridad Social con la plataforma Import@ss.

¿Y qué ocurre si no informas a la Seguridad Social? Pues que si tus rendimientos han cambiado, te puede caer una sanción…

… una sanción y tener que pagar las cuotas atrasadas.

Recuerda que la Agencia Tributaria y la Seguridad Social cruzarán datos sobre tus ingresos reales.

Así que poca broma, que no veas cómo se las gasta la Administración con estas cosas.

¿Cómo será la tarifa plana en la nueva cuota de autónomos?

Sí, habrá tarifa plana para los nuevos autónomos.

Pero será diferente.

Así de diferente, para el periodo 2023 – 2025:

  • Cuota fija de 80 € al mes el primer año (ahora es de 60 € al mes), con independencia de que ingreses por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI, en adelante).
  • Si el segundo año tus rendimientos están por debajo del SMI, se mantendrá esta cuota de 80 €.
  • ¿Y qué pasa si superas el SMI? Pues que se acabó la tarifa plana.

Las condiciones para acceder a la nueva tarifa plana seguirán siendo las mismas, como no haber estado de alta de autónomo en los dos años anteriores.

¿Y qué pasa si antes de empezar 2023 ya disfruto de la tarifa plana de 60 €?

Que no tienes de qué preocuparte: podrás seguir disfrutándola hasta que se termine (12 meses) y seguir beneficiándote de las reducciones posteriores hasta agotar el periodo máximo (que son 12 meses más).

Y muy importante si eres autónomo societario: también podrás beneficiarte de ella.

Ventajas de la nueva cuota de autónomos

Tal y como figura en el último real decreto ley, estas son las ventajas que podemos contarte:

  • Sistema progresivo que se adaptará a tus ingresos reales
  • Más cobertura social: cotizar por cese de actividad será obligatorio y al cotizar según tus ingresos reales (y no siempre por la mínima) tendrás más protección por baja por enfermedad y otras prestaciones como el cese de actividad
  • Mejor pensión pública, por el mismo motivo que el punto anterior: al cotizar según tus ingresos reales, y no por la mínima, recibirás una pensión más ajustada a lo que ganas
  • Todos los nuevos autónomos podrán acogerse a la tarifa plana durante el primer año

Aunque quedan cuestiones por aclarar y que puede que algunas cosas cambien al debatirse el real decreto en el Congreso.

Inconvenientes de la nueva cuota de autónomos

Nunca llueve a gusto de todos. Así que, como en todo, aquí también hay desventajas:

  • Los autónomos con menos ingresos deberán dedicar mayor porcentaje de lo que ganan a pagar la cuota
  • Menor flexibilidad a la hora de elegir base de cotización al depender de tus ingresos reales
  • Tarifa plana limitada para aquellos que ingresen por debajo del SMI el segundo año

Y ni te contamos el pedazo de lío que va a suponer para algunos eso de prever sus ingresos y gastos a principios de año a la hora de elegir la base de cotización.

¿Qué opinan las principales asociaciones de autónomos sobre la nueva cuota de autónomos?

Después de siete meses de negociación, el Gobierno y las asociaciones de autónomos llegaron un acuerdo. Y hay que decir que costó.

Por cierto, que cuando hablamos de asociaciones de autónomos nos referimos a tres:

  • La Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE), próxima al sindicato CC OO
  • La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), cercana al sindicato UGT
  • La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), próxima a las asociaciones patronales CEOE y Cepyme

No queremos aburrirte con los dimes y diretes entre el Gobierno y estas asociaciones porque daría para una novela.

Eso sí: con final feliz (por suerte).

Las tres asociaciones están satisfechas con el acuerdo final. Incluso la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), que era la más escéptica con las propuestas del Gobierno.

Para muestra, un botón: su presidente, Lorenzo Amor, se expresaba indignado en Twitter a mediados de junio de 2022.

Marchando tuit del 16 de junio:

Y un mes después, escribía esto

Y ya ni te contamos el tono eufórico que desprende el comunicado que publicaron en su web.

Por cierto, que la CEOE y Cepyme dieron el visto bueno al acuerdo ese mismo día. 

Resumiendo, ¿qué debes saber sobre la nueva cuota de autónomos?

La nueva cuota de autónomo entró en vigor el 1 de enero de 2023.

La cuota que tienes que pagar a partir de ahora se calculará según tus ingresos reales, entendiendo por tales los ingresos y gastos relacionados con tu actividad.

Puedes ver un resumen de lo que hemos comentado en el artículo aquí  👇🏻

Descubre más en: 10 claves para prepararte para el nuevo sistema de cotización de autónomos.

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Paula Ginés
Autor:
Paula Ginés
Redactora en Declarando, la plataforma de asesoramiento fiscal que ayuda a más de 100.000 autónomos a cuidar de su dinero. Esta periodista siempre está viajando y metida en proyectos laborales con otros jóvenes europeos.