Artículo escrito por expertos

Los gastos deducibles en el alquiler de los autónomos

El alquiler del local, la oficina o el almacén para desarrollar el negocio es uno de los gastos deducibles más recurrentes de los autónomos. 

Al tratarse de un gasto relacionado directamente con tu actividad, Hacienda explica que se puede desgravar el alquiler, pero no siempre se puede hacer por el total del gasto. 

En este artículo vamos a contarte todo lo que debes saber sobre el gasto de alquiler y su deducción siendo autónomo.

Los gastos deducibles del alquiler de un local

Si tienes alquilado un espacio que no es tu vivienda habitual, por ejemplo una oficina o un punto de venta, podrás deducirte todo el gasto en su totalidad. Para ello necesitarás que tu casero te entregue una factura con el IVA incluido.

Eso sí, un requisito que pone la Agencia Tributaria para deducir el IVA es que el contrato esté a tu nombre y hayas informado previamente a Hacienda sobre este alquiler.

La forma de informar a Hacienda sobre tu situación es mediante los modelos de impuestos que presentas trimestral y anualmente.

Modelos obligatorios para deducir los gastos de alquiler 

Como autónomo con local alquilado, quedas obligado a presentar el modelo 115 de forma trimestral y el modelo 180 anual para informar a Hacienda de tu situación.

Estos modelos están relacionados con las retenciones e ingresos a cuenta, por lo que estás ingresando a la administración dinero en concepto de las retenciones de IRPF de la persona que te lo alquila.

Esta persona tiene que retener ese IRPF en la factura que emite para que puedas ingresárselo a Hacienda.

Además, esa factura irá con IVA y, por norma general, estás obligado a presentar el modelo 303 de IVA trimestral y el modelo 390 anual para declararlo.

Para presentar cualquiera de los modelos en la web de la Agencia Tributaria, vas a necesitar certificado digital o Clave PIN para identificarte.

Recuerda que con Declarando los modelos se rellenan solos con los datos que has ido incluyendo durante el trimestre a la plataforma. 

ordenador, papel y boli para apuntar qué gastos son deducibles en el alquiler

Los gastos deducibles en el alquiler de una vivienda para el inquilino

La situación cambia si te quieres deducir el gasto de alquiler del piso en el que vives, porque ya no te puedes deducir el 100 % del gasto.

Y aquí vienen las dudas: ¿cuánto desgrava el alquiler en este caso? 

Por ley (la del IRPF), puedes deducir un 30 % de la superficie afecta a tu actividad.

Es decir, que si usas una habitación como despacho, te puedes deducir el 30 % de ese espacio medido en metros cuadrados.

Por ejemplo, si tu vivienda mide 90 metros cuadrados y el despacho en el que trabajas mide 10, podrás deducir el 30 % de esos 10 metros cuadrados. 

Es decir, el 30 % del 11,1 % del alquiler.

Así, si el alquiler te cuesta 1.000 € al mes, podrás deducirte el 30 % de 111 € (11,1 % de 1.000 €): 33,3 €.

Pero antes debes cumplir con estos requisitos:

  • Debes haber informado a Hacienda que trabajas desde casa y el espacio afecto (el porcentaje)
  • El contrato debe estar a tu nombre (no importa si figuras junto a otros inquilinos)
  • Tu contrato de alquiler no debe contener ninguna cláusula que prohíba el uso de la vivienda para realizar una actividad económica

¿La manera de informar a Hacienda? Al solicitar el alta en autónomos mediante el modelo 036 o 037. 

Pero revisa antes tu contrato, porque si no está a tu nombre o existe esa cláusula, Hacienda no aceptará la deducción.

También es importante mencionar que este tipo de gasto no necesita factura, por lo que no tienes que preocuparte por pedírsela a tu casero.

Otros gastos fiscalmente deducibles del alquiler 

Hay otros gastos derivados del alquiler que también puedes incluir como gastos deducibles en tu contabilidad: son los gastos de suministros.

Estos gastos de suministros son: agua, gas, electricidad, telefonía e internet.

Si tienes un local alquilado que solo utilizas para desarrollar tu actividad, puedes deducirte todos estos gastos al 100 %.

Pero si trabajas desde casa, Hacienda solo permite que te deduzcas un 30% del gasto por suministros de la superficie afecta a tu actividad (es decir, el despacho que usas para trabajar).

Los requisitos, por cierto, son los mismos que con el alquiler: debes haberlo notificado previamente a Hacienda al hacer el alta.

Y en el contrato del alquiler no puede existir ninguna cláusula que prohíba realizar una actividad económica en la vivienda.

Además, las facturas de los suministros deberán estar a tu nombre. Si están a nombre del casero (o de otra persona que conviva contigo), no los podrás deducir.

En el caso de los gastos de teléfono e internet, si tienes una cuenta diferenciada y exclusiva para el uso de tu negocio, puedes deducir el gasto al 100 %.

Entonces, ¿te interesa deducir el gasto de alquiler?

Nosotros siempre recomendamos que os deduzcáis todos los gastos relacionados con vuestra actividad porque, por muy poco que sea, se van a acumular a otros gastos y crearán ese ahorro notable.

Si tienes dudas sobre tu situación puedes solicitar una llamada gratuita de asesoramiento con nuestros expertos y ellos valoran tu caso sin compromiso.

Mónica Serra
Autor:
Mónica Serra
Mónica lidera el equipo jurídico de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos. Disfruta usando sus conocimientos fiscales para ayudar al máximo a la comunidad autónoma, haciendo deporte y leyendo un buen libro en la playa.