Declaraciones trimestrales de los autónomos: qué debes saber

Si acabas de empezar como autónomo, marca en tu calendario estos cuatro meses: enero, abril, julio y octubre. 

Porque estos son los meses de tus trimestrales, es decir, de aquellas declaraciones que Hacienda te exige presentar por dedicarte a una actividad por cuenta propia. 

Sin embargo, estos trimestrales varían de autónomo a autónomo. Según tu actividad, deberás presentar unos modelos u otros. 

De hecho, puede que empieces tu actividad presentando solo un modelo trimestral y a los pocos meses debas presentar tres o cuatro. 

Para no perderte por este laberinto de declaraciones, a continuación encontrarás todo lo que debes saber (y algo más 😉).

¿Qué son los trimestrales de los autónomos?

Al darte de alta de autónomo en Hacienda, tuviste que elegir el epígrafe de tu actividad.  

Ese epígrafe determina, entre otras cosas, tus obligaciones fiscales

Y entre estas destacan la obligación de presentar declaraciones cada trimestre a Hacienda

En estas declaraciones debes liquidar (o pagar) el impuesto, ya sea el IVA de tus productos o servicios o las retenciones que te aplican otros profesionales. 

Pues bien, eso son los trimestrales: las declaraciones que presentas a Hacienda trimestralmente para pagar tus impuestos. 

A esas declaraciones Hacienda las llama modelos fiscales. Y siguen un calendario prefijado que a continuación te explicamos. 

Fechas de los trimestrales 

Como el nombre sugiere, los trimestrales consisten en presentar los impuestos de un trimestre. 

Por lo que debes presentarlos al terminar el trimestre natural

Por norma general, las fechas de presentación de las declaraciones que más te afectan son: 

  • Del 1 al 20 de abril, los impuestos del primer trimestre
  • Del 1 al 20 de julio, los impuestos del segundo trimestre
  • Del 1 al 20 de octubre, los del tercer trimestre
  • Del 1 al 30 de enero, los del cuarto trimestre (salvo las retenciones, que se presentan del 1 al 20 de enero)

Sobre los plazos, debes tener en cuenta que: 

  • Si el último día de presentación cae en fin de semana o festivo, se aplaza la fecha límite hasta el siguiente día hábil.
  • Si pagas por domiciliación bancaria, la fecha límite se adelanta 5 días. Es decir, que el plazo es del 1 al 15 de cada trimestre (hasta el 25 de enero para el cuarto trimestre).

Cómo presentar los trimestrales

Hacienda solo permite presentar tus trimestrales de manera electrónica

De manera electrónica quiere decir en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Su página web, vamos.  

Al entrar, en su página principal verás la opción Presentación de declaraciones, calendario del contribuyente. 

Al clicar sobre esta opción, tienes que hacer clic de nuevo sobre Todas las declaraciones por modelo.

Y a continuación clicar sobre Presentar y consultar declaraciones:

Te aparecerá un listado con todos los modelos fiscales vigentes. Debes elegir el que te corresponda para hacer el trámite.

Para esto necesitas el DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN. Y una vez dentro del trámite, tienes dos opciones: 

  • Cumplimentar el modelo en la web, picando todos los datos de tu declaración
  • Cargar un fichero en un formato aceptado por Hacienda y donde aparecen los datos de tu declaración, para no tener que picar nada

Este último sistema es el que utilizarías, por ejemplo, de trabajar con el software de Declarando. 

Descargas el fichero del modelo fiscal (que se genera automáticamente a partir de tu información de ingresos y gastos) y lo subes en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. 

Así de fácil y rápido 😀 

Cómo se pagan los trimestrales

Como Hacienda quiere recaudar por todos los medios, te lo pone muy fácil a la hora de pagar. 

Así que tienes varias opciones: 

  • El pago con tarjeta en el momento de presentar la declaración en su web.
  • Por domiciliación bancaria: Hacienda te hace el cargo en tu cuenta bancaria.
  • Por transferencia bancaria: haces el pago desde tu banca online o presencialmente en tu oficina bancaria.

Para el pago con tarjeta o por transferencia, se usa el código NRC (número de referencia completa), un conjunto de números y letras que usa Hacienda para identificar el pago de tu declaración.

Ese código se obtiene al presentar la declaración en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. 

Por lo demás, Hacienda te da opción la de fraccionar el pago de algunos trimestrales en distintos plazos si, por el motivo que sea, no tienes dinero suficiente para hacerlo en un solo pago.

Pero ten en cuenta que: 

  • Solo puedes fraccionar el pago del IVA (modelo 303) y el IRPF trimestrales (modelo 130)
  • Por fraccionar el pago de tus trimestrales, Hacienda te cobrará intereses de demora 

¿Vemos ahora los distintos modelos fiscales en detalle? 

Los modelos trimestrales de los autónomos

Primero de todo, una aclaración: como autónomo, no tienes que presentar todos los modelos fiscales que vamos a mostrarte. 

Como te explicábamos antes, tus obligaciones trimestrales dependen de tu actividad. 

Y ahora sí, vamos a los detalles 👀

Declaración trimestral de IVA (modelo 303)

El modelo 303 es el modelo con el que declaras el IVA de tus ventas y compras. Y afecta a cerca del 90 % de autónomos de nuestro país. 

La peculiaridad de este modelo es que te permite recuperar el IVA de los gastos de tu actividad, también conocido como IVA deducible

Pero recuperar el IVA no significa que Hacienda te lo devuelve tal y como lo has pagado a tu proveedor. 

El mecanismo es un poco más retorcido:

  • Con el modelo 303, pagas a Hacienda la diferencia entre el IVA de tus ventas y el IVA tus compras
  • Si el IVA de tus compras supera en importe al de tus ventas, puedes compensarlo en la siguiente declaración trimestral.

Solo en el cuarto trimestral (el que presentas en enero del año siguiente), puedes solicitar la devolución si el IVA de tus gastos es superior al de tus ventas. 

¿Cuándo devuelve Hacienda el IVA a los autónomos?

Si te ha salido a devolver en el cuarto trimestre, la devolución del IVA no es automática. Debes solicitarla al presentar el modelo 303 del último trimestre. 

A partir de entonces, Hacienda tiene un plazo límite de 6 meses para devolvértelo

Superado ese plazo, deberá hacerte la devolución junto a los intereses de demora, que en 2023 eran del 4,06 %. 

¿Los autónomos exentos de IVA también debe presentar el modelo 303?

Si tu actividad está exenta de IVA, no tienes que presentar el modelo 303. 

Esto implica también que no puedes recuperar el IVA de tus compras. 

Ahora bien, ese IVA sí puedes añadirlo, como un gasto más, en tu declaración de la renta. Y así pagar menos en el IRPF. 

impuestos de autonomos

El modelo 130 de pago fraccionado del IRPF

El modelo 130 está pensado para que fracciones el pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas (el IRPF) en cuatro plazos anuales. 

Aunque no todos los autónomos deben hacer pagos fraccionados del IRPF

Por ejemplo, si tienes que aplicar retenciones de IRPF en más del 70 % de tus facturas, o ejerces una actividad empresarial, puedes ignorar este modelo. 

Pero si aplicas retenciones a menos del 70 % de tus facturas, entonces deberás presentarlo. 

Los autónomos en módulos, por cierto, tienen su propio modelo de pagos fraccionados del IRPF. Se llama modelo 131. 

Y sigue las mismas fechas de presentación que el modelo 130. 

El modelo 111 de retenciones

El modelo 111 solo te preocupa si: 

  • Tienes proveedores que te aplican retenciones en sus facturas
  • Tienes empleados a los que aplicas retenciones en la nómina 

Cuando se da alguna de estas situaciones, debes entregar a Hacienda el importe de esas retenciones. 

Y este pago no es aplazable ni lo puedes fraccionar, ya que se trata de las retenciones de otros contribuyentes (un proveedor o un empleado). 

El modelo 115 de retenciones

Al igual que el modelo 111, el modelo 115 va de retenciones. 

Pero de retenciones sobre el alquiler de un local de negocio

Es decir, que si tienes un local alquilado, debes usar este modelo para declarar las retenciones que te aplica tu arrendador en la factura. 

El modelo 349 de operaciones intracomunitarias

El modelo 349 consiste en un trimestral en el que informas a Hacienda de tu actividad con clientes y proveedores de otro país de la Unión Europea (UE).

Como es informativo, no tienes que pagar nada.

Pero eso no te libra de presentarlo. De hecho, si no lo presentas, aunque solo sea informativo, Hacienda te puede sancionar. 

Y la sanción es una multa mínima de 150 €. 

Pero vayamos a otros detalles de su presentación: es trimestral, sí, pero también puede ser mensual si tus operaciones intracomunitarias superan los 50.000 € anuales

Modelo 309

El modelo 309 es otro modelo de IVA, pero el de aquellos autónomos que, por regla general, no deben presentar este impuesto mediante el modelo 303.

Este sería el caso de los autónomos que tienen un comercio minorista y pertenecen al régimen de recargo de equivalencia.

Por norma, estos autónomos no deben presentar el IVA trimestral. Pero si hacen una compra con IVA a un proveedor de otro país de la UE, ese IVA deben declararlo.  

Y para hacerlo, Hacienda, que está en todo, tiene el modelo 309.

Como solo se presenta de manera ocasional, se trata de una declaración no periódica.

Aun así, las fechas de presentación son como las del IVA trimestral: durante los 20 primeros días de abril, julio o agosto y los 30 primeros de enero. 

Por ejemplo, si estás en recargo de equivalencia y has comprado una mercancía a un proveedor francés en julio, deberás liquidar el IVA de esa compra en octubre. 

Modelo 369

El modelo 369 es de los más recientes del panorama fiscal de los autónomos. 

Y sirve para pagar a Hacienda el IVA de tus ventas cuando tienes una tienda online y: 

  • Vendes a clientes particulares de otro país de la UE
  • Tus ventas totales a particulares europeos superan los 10.000 € anuales

Su presentación es trimestral, pero también puede ser mensual si formas parte del régimen de importación. 

Este régimen se aplica cuando vendes a distancia bienes importados de valor inferior a 150 €.

Modelo 179

Se trata de un modelo informativo (no tienes que pagar) que solo te afecta si como autónomo te dedicas al alquiler turístico en plataformas online como Airbnb u otro tipo de intermediación. 

El modelo 179 sigue unas fechas de presentación trimestral algo distintas. Pasado el trimestral natural, tienes todo el mes siguiente para presentarlo

Los modelos anuales de tus trimestrales

Algunos de tus trimestrales —no todos— tienen una versión informativa anual. 

Se trata de resúmenes de tus declaraciones trimestrales. Y aunque son informativos, Hacienda te obliga a presentarlos 😒

De los modelos trimestrales que te hemos mostrado antes, solo debes presentar el resumen anual de los siguientes: 

  • Modelo 303. Su resumen anual es el modelo 390. Y se presenta en enero (entre el 1 y el 30). 
  • Modelo 111. Su versión anual es el modelo 190. Se presenta entre el 1 y el 30 de enero.
  • Modelo 115. Su declaración anual es el modelo 180. Y al igual que los anteriores, también se presenta entre los primeros 30 días de enero. 

Una manera automática de presentar tus trimestrales ahorrando

Ahora que ya conoces tus trimestrales como autónomo, con el software de Declarando podrás presentarlos a Hacienda con un par de clics. 

No tendrás que picar números (se generan automáticamente) ni preocuparte por qué trimestrales te tocan este trimestre. 

Nuestro software te notifica, a partir de tu actividad, cualquier cambio que afecte a tus impuestos. 

Y para que pagues menos, te indica qué gastos puedes deducir.

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Javier Vivas
Autor:
Javier Vivas
Javier es periodista y redactor de contenidos. Lleva más de 7 años escribiendo sobre autónomos (facturación, impuestos, contabilidad, etc.). Le encanta leer, mantenerse informado y esas cosas. Cuando no está escribiendo o pateándose toda Palma con su hijo a cuestas, devora libros y revistas de todo tipo y sobre cualquier tema... ¡su curiosidad es infinita!