¿Has cambiado tu cuenta bancaria de autónomos? Porque, si es así, corre ahora mismo a informar a la Seguridad Social y a Hacienda.
Cómo, ¿que todavía usas tu cuenta personal para tu actividad profesional? Coooorre ahora mismo a abrirte una cuenta separada.
Y luego comunicáselo a la Seguridad Social y a Hacienda.
En este artículo, te explicamos los motivos detrás de esta recomendación y cómo cambiar tu cuenta bancaria de autónomos en la Seguridad Social y Hacienda.
Vayamos por partes 👇
6 motivos para tener una cuenta bancaria separada como autónomo
Es cierto: como autónomo no estás obligado a tener una cuenta bancaria separada para tu actividad.
Pero sí es recomendable.
Tan recomendable que consideramos un error no hacerlo. Es decir: usar tu cuenta bancaria personal o privada como cuenta de autónomo.
He aquí 5 razones básicas para cambiar tu cuenta bancaria a una exclusiva de autónomo.
1) Separar lo personal y lo profesional
Esto lo habrás oído en otro contexto, pero también sirve para este: no es buena idea mezclar lo personal y lo profesional.
Porque cuando se mezclan, la cosa —las dos cosas— empieza a funcionar mal.
Tus finanzas personales pueden estar muy unidas a las profesionales, qué duda cabe (¡de dónde vas a sacar, si no, el dinero que gastas en tu vida privada!).
Pero mezclar tus gastos de hipoteca o tus compras en el supermercado con los de tu actividad tiene la siguiente consecuencia: pierdes el control de tus gastos como autónomo.
Y este control, como veremos, es muy importante para tu ahorro.
2) Controlar tus gastos deducibles
Como autónomo puedes deducirte los gastos vinculados con tu actividad. Los personales, no.
Es decir, que puedes recuperar el IVA de tus gastos de autónomo y pagar menos IRPF, el impuesto por el que tributa tu actividad, a Hacienda.
Sí, menos IRPF, porque el impuesto que pagas se calcula sobre el resultado de restar ingresos y gastos. Y cuantos más gastos le restes, menor será el porcentaje de IRPF que se te aplique.
En Declarando, hemos calculado que un autónomo puede ahorrar, de media, hasta 4.000 € en impuestos al año 😯
La clave son los gastos deducibles. Y para exprimir al máximo ese ahorro es imprescindible, entre otras cosas, que lleves un control de tus gastos profesionales.
Si mezclas en una misma cuenta tus gastos personales y profesionales, qué quieres que te digamos: llevar ese control es más difícil.
3) Registrar tu contabilidad sin errores
Tienes unas obligaciones contables. Y consisten, fundamentalmente, en llevar un registro de tus ingresos y gastos.
Los de tu actividad, claro, no los personales. Estos últimos, en principio, no les interesa a Hacienda.
Mezclar en una misma cuenta bancaria lo personal y lo profesional puede afectar a tu contabilidad, qué duda cabe: olvidar registrar un ingreso de tu actividad o registrar, por error, un gasto personal.
Y esto, a Hacienda, no le va a gustar.
4) Más transparencia y trazabilidad
Fíjate lo que dice el diccionario de la RAE sobre estos dos términos:
- Transparencia: cualidad de transparente. Es decir: una gestión o proceso en el que no se oculta información y sobre el que no hay duda de su legalidad o limpieza.
- Trazabilidad: posibilidad de identificar el origen y las diferentes etapas de un proceso de producción y distribución de bienes de consumo.
Nada es más desconcertante que no saber de dónde procede un ingreso o un gasto.
Y nada menos recomendable que no saber explicárselo a Hacienda.
A esta le gustan las cosas claras, es decir, legales y limpias (¡transparencia!). Y a ti te conviene que así sea, por lo que vamos a explicarte ahora.
5) Mejor relación con Hacienda
A veces Hacienda se pone a revisar tus cuentas (sí, Hacienda puede ver tus cuentas bancarias).
Y el hecho de que tengas juntos gastos personales y profesionales le fastidia. Sí, le fastidia porque:
- Le complica la labor
- Le parece sospechoso
Vaya, que es mucho más recomendable enfrentarse a una revisión de cuentas de Hacienda cuando la cuenta está limpia y separada, solo con gastos profesionales.
6) Productos y servicios bancarios exclusivos
Los bancos ofrecen condiciones específicas en las cuentas de negocios para autónomos o empresas.
Por ejemplo, en los costes de mantenimiento y gestión de la cuenta y en las tarjetas de crédito.
También ofrecen productos o servicios más específicos, como por ejemplo:
- Tarjetas de crédito de negocios que ofrecen descuentos en carburantes o fraccionamiento de pagos
- Créditos o préstamos para financiar tu negocio o inversiones
- Seguros de bienes y patrimonio, de responsabilidad civil con terceros, de vida y accidentes o por impagos de tus clientes
- Financiación para el pago de tus impuestos si pasas por una mala racha o se te han juntado de golpe más pagos de los que puedes afrontar
Y así un largo y variopinto etcétera.
Claro: todo esto no te lo va a ofrecer el banco si usas tu cuenta privada para llevar tus finanzas profesionales.
Y ahora veamos la otra parte del asunto: cómo gestionar este cambio con la Seguridad Social y Hacienda.
Por qué cambiar tu cuenta bancaria para tus pagos a la Seguridad Social y Hacienda
Te hemos convencido. Y ahora vas a abrir una cuenta bancaria exclusiva como autónomo. ¡Felicitaciones!
El siguiente paso es comunicárselo a la Seguridad Social y a Hacienda. Por tres motivos que te resumimos ahora:
- Por la cuota de autónomos, que se paga cada mes a la Seguridad Social
- Por si has presentado una declaración fiscal a Hacienda y has domiciliado el pago
- Por si tienes otras deudas pendientes y las estás devolviendo a plazos
Más detallado:
Si a la Seguridad Social no le informas, el cargo de la cuota irá a parar a tu cuenta antigua. Esto no es tan grave si esa cuenta sigue activa, tiene saldo y la Seguridad Social ha podido hacer el cobro.
Pero si la cuenta que tenías la has dado de baja, el asunto ya es más serio: la Seguridad Social no ha podido cobrar la cuota cuando tocaba, por lo que tendrás que pagarla fuera de plazo.
Fuera de plazo quiere decir que a la cuota debes sumarle un recargo y los intereses de demora 😬
El recargo es del 10 % el primer mes de retraso y del 20 % a partir del segundo. Los intereses de demora son del 4,06 % en 2023.
Con Hacienda ocurre algo parecido, pero con pequeñas diferencias, ya que no debes hacer pagos recurrentes cada mes.
Eso sí: cada trimestre debes pagar el IVA (modelo 303) y puede que también debas adelantar pagos del IRPF (modelo 130) e ingresar retenciones de otros profesionales o de tus empleados (modelo 111).
Y luego está la declaración de la renta, que la debes presentar una vez al año.
En todas estas declaraciones, tienes la opción de domiciliar el pago en el momento de la presentación. Y si una vez presentada has cambiado de cuenta bancaria, debes comunicarlo a Hacienda.
No comunicar estos cambios puede suponerte los mismos problemas que con la Seguridad Social: si Hacienda puede efectuar el cobro, aunque sea en tu cuenta personal, aquí paz y después gloria (sobre todo para Hacienda).
Pero si cancelaste esa cuenta y no pudo cobrarte, ni paz ni gloria: la Agencia Tributaria, el organismo encargado de recaudar los impuestos en España, te enviará un requerimiento.
Y el requerimiento no viene solo: al importe a pagar fuera de plazo le acompañará un recargo e intereses de demora.
Y finalmente las deudas: si tienes deudas con cualquiera de estos organismos y la estás devolviendo a plazos por domiciliación, al no poder realizar el cobro deberás pagar recargos e intereses de demora.
¿Y cómo se cambia? Son dos organismos distintos, así que tendremos que verlo por separado.
Cómo cambiar tu cuenta de autónomos en la Seguridad Social
Tienes dos opciones: hacerlo por Importass, el nuevo portal de la Seguridad Social para hacer trámites.
O hacerlo por la sede electrónica de la Seguridad Social.
El resultado es el mismo, pero en Importass es más sencillo. Por lo que comenzaremos indicándote cómo efectuar el cambio en este portal y luego te explicaremos cómo hacerlo en la sede electrónica.
Solicitar el cambio de domiciliación de autónomo en Importass
Necesitarás un certificado electrónico válido:
- El DNI electrónico
- El certificado digital
- La cl@ve PIN
Una vez dentro de la web de Importass, deberás dirigirte a la opción de Modificación de datos de trabajo autónomo.
Es decir:
- En la web principal de Importass, clica en Altas, bajas y modificaciones
- A continuación, verás distintas opciones agrupadas en dos bloques: en el bloque Bajas y modificaciones, clica sobre Modificación de datos de trabajo autónomo
- Después, haz clic sobre el botón azul: Solicitar modificación
Tendrás que identificarte con el DNI electrónico, el certificado digital o la cl@ve PIN. También tienes la opción de acceder por SMS al móvil.
Una vez dentro, podrás cambiar tus datos bancarios clicando sobre Domiciliación bancaria.
Cambio de la cuenta bancaria de autónomos en la sede electrónica
Está bien que la Seguridad Social tenga dos páginas web distintas: así, si un día se cae una, puedes usar la otra 😁
Vamos, que te recomendamos usar esta opción de la sede electrónica solo si, por mala fortuna, Importass no funciona.
Para cambiar tu cuenta bancaria, debes seguir estos pasos:
- Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social
- Clica sobre la pestaña Ciudadanos
- Se desplegará un menú: clica sobre Cotización
- En el menú de opciones de Cotización, haz clic en Domiciliación en cuenta
- Finalmente, clica en Obtener acceso
Necesitarás un certificado electrónico para entrar (recuerda: DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN).
Una vez dentro, solo tendrás que introducir el número de IBAN de tu cuenta bancaria y clicar sobre el botón Alta / Modificación.
Y ya lo tienes 😊
Este cambio en la domiciliación de la cuota también te servirá si estás devolviendo otras deudas.
Plazo para modificar tu cuenta bancaria en la Seguridad Social
Es importante que tengas en cuenta estos plazos:
- Si el cambio lo solicitas antes del día 14 del mes en curso, tendrás tu cuenta bancaria cambiada ese mismo mes, por lo que la cuota de autónomos de ese mes te la cargarán en la nueva cuenta.
- Si lo solicitas después del día 14, el cambio tiene efecto el primer día del mes siguiente, por lo que la cuota de autónomos del mes en curso te la cobrarán de la antigua cuenta.
Tenlo presente, especialmente, si decides cancelar la cuenta bancaria que tenías domiciliada. Por aquello de los recargos y los intereses de demora 😒
Cambio de número de cuenta en Hacienda
Hacienda te permite hacer el cambio de domiciliación de un impuesto en su sede electrónica.
Quien dice Hacienda, por cierto, dice la Agencia Tributaria (AEAT, por sus siglas), que es el responsable de que los impuestos se paguen como toca.
El cambio de domiciliación bancaria debes hacerlo por cada declaración que hayas presentado.
Pero debes tener presente estos plazos:
- Si la declaración te sale a ingresar (es decir, que le debes pagar a Hacienda), tienes de plazo máximo hasta la fecha de presentación de la declaración cuando es por pago domiciliado (depende del modelo fiscal, pero suele ser 5 días antes de la fecha límite de presentación: por ejemplo, para el modelo 303 o el modelo 130 es el día 15 del mes de presentación).
- Si la declaración te sale a devolver (Hacienda te paga), tienes de tiempo hasta que no se haya acordado el pago (el tiempo máximo es de 6 meses)
La declaración de la renta, al ser anual, sigue un procedimiento algo distinto.
Así que, a continuación, te enseñaremos cómo debes cambiar tu número de cuenta, en primer lugar, en tus modelos trimestrales más frecuentes (modelo 303, modelo 130, etc.) y, en segundo, en tu declaración de la renta.
Cómo cambiar el número de cuenta en tus modelos fiscales trimestrales
El más frecuente es el modelo 303 de IVA, por lo que le daremos prioridad.
¿Que también presentas otros modelos como el 130 o el 111? No pasa nada: porque en el mismo formulario tendrás la opción de cambiar la domiciliación bancaria de estas declaraciones.
Veámoslo paso a paso:
- Entra en la sede electrónica de la AEAT.
- En la parte superior observarás tres pestañas. Clica sobre la segunda: Información y gestiones.
- Se desplegará un menú: clica la opción de IVA.
- En la página de IVA, verás un recuadro con el nombre de Gestiones destacadas. Clica sobre Todas las gestiones.
- Verás cinco bloques con opciones. En el de Domiciliación, clica sobre la única opción que hay: Domiciliaciones – Consulta, revocación, rehabilitación o rectificación de la cuenta de domiciliación.
Para acceder, tendrás que identificarte con tu DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN.
Una vez dentro, te aparecerá por defecto el último modelo 303 presentado. Selecciónalo y podrás introducir el número de IBAN de tu cuenta bancaria.
Si has presentado otros modelos (como el 130 o el 111), donde te aparece el modelo 303 por defecto, podrás buscarlos y seleccionarlos para cambiar la domiciliación del pago.
Y recuerda que si te sale a ingresar, el plazo para cambiar la cuenta de domiciliación es de 5 días antes de la fecha límite de presentación.
En los modelos citados, esta fecha es, por trimestre: el 30 de enero y el 20 de abril, julio y octubre. Por lo que deberías solicitar la modificación el día 25 o 15, respectivamente.
Cómo cambiar la cuenta bancaria de tu declaración de la renta
La declaración de la renta sigue, como te avanzábamos, un procedimiento distinto. Pero no por ello más difícil 😉
Te esquematizamos así:
- En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, clica sobre Información y gestiones (en la parte superior de la página).
- Se abre un desplegable con opciones: clica en IRPF.
- En la página del IRPF, clica sobre Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB) del recuadro Gestiones destacadas.
- Accederás al borrador que has presentado: clica sobre Gestiones disponibles.
Las opciones de modificar tu cuenta bancaria varían según te salga a devolver o a ingresar:
- Si te sale a devolver (recuerda: Hacienda te paga), clica sobre Modificar cuenta IBAN de devolución y ahí podrás introducir los datos de tu nueva cuenta bancaria.
- Si te sale a ingresar (eres tú quien pagas), clica sobre Consulta de la domiciliación y ahí podrás modificar el número de IBAN de tu cuenta nueva.
Sobre esta última opción (a ingresar), si al presentar la renta elegiste la posibilidad de pagar en dos plazos, las opciones de modificación serán estas:
- Antes de la fecha límite de domiciliación, te aparecerá la opción Fraccionar y domiciliar los dos plazos. Ahí podrás modificar el número de IBAN.
- Después de la fecha de presentación, solo te aparecerá la opción Domiciliar el segundo plazo: ya no podrás cambiar la domiciliación del primer plazo (que suele ser a principios de julio), pero sí del segundo (que es en noviembre).
Y esto sería todo 😃
O casi todo, porque ahora te vamos a contar una opción más.
Cómo anular una domiciliación en la AEAT
Sí, existe la posibilidad de anular una domiciliación y pagar de otra forma, ya sea con tarjeta o por transferencia.
Los pasos a seguir te sonarán. Son estos:
- En la sede electrónica de la Agencia Tributaria clica en Informes y gestiones.
- Elige la opción IRPF o IVA. No importa cuál: todos los caminos llevan a Hacienda.
- En el recuadro de Gestiones destacadas, clica sobre Domiciliaciones – Consulta, revocación, rehabilitación o rectificación de la cuenta de domiciliación
- Allí tendrás que elegir el modelo cuya domiciliación quieres anular
- A continuación, clica sobre Revocar
- Te aparecerán dos opciones de pago: elige Efectuar el pago
- Clica sobre Obtener NRC y accederás a una pasarela de pago
La otra opción de pago (Solicitar reconocimiento de deuda) te permite la opción de aplazamiento o fraccionamiento, es decir, pagar en otro plazo o en distintos plazos (fraccionado).
Tienes esa posibilidad. Pero ten en cuenta esto: si aplazas o fraccionas el pago de un impuesto, Hacienda te cobra intereses de demora (que son del 4,06 %).
La única excepción es el de la renta anual, que Hacienda te permite pagar en dos plazos sin cobrar intereses.
¿Tienes dudas sobre cómo cambiar tu cuenta bancaria de autónomo? Contacta con nosotros de manera gratuita y uno de nuestros expertos te resolverá todas tus dudas de autónomo 🤗