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Artículo escrito por expertos

Fraccionar pagos a Hacienda: todo lo que necesitas saber

Vamos a darte una alegría: como autónomo puedes fraccionar los pagos de tus impuestos a Hacienda. 

Y ahora la parte menos alegre: no es posible con todos tus impuestos. Es decir, que no puedes fraccionar el pago de todas tus declaraciones fiscales. Y hacerlo, en algunos casos, puede salirte más caro (por los intereses de demora). 

Además, las posibilidades de fraccionar tus pagos varían según el impuesto y la declaración. 

Y, entre estas posibilidades, también tienes la opción de aplazar el pago. 

¿Qué pagos puedo fraccionar? ¿Qué costes tiene? ¿Y cómo debo hacerlo? 

Estas y otras preguntas te las respondemos a continuación 💡

Se puede fraccionar el pago a Hacienda (pero no todos los pagos)

Como autónomo puedes fraccionar el pago de tus deudas tributarias

Por deuda tributaria debes entender, sencillamente, el pago de tus impuestos. 

Es decir: el pago trimestral del IVA de tus facturas (modelo 303), los pagos fraccionados del IRPF (modelo 130) o la declaración anual de la renta (modelo 100). 

El fraccionamiento lo puedes solicitar tanto en el periodo establecido para pagar el impuesto (periodo voluntario) como después, cuando ya se ha cumplido el plazo legal (periodo ejecutivo).

Aclarando
Periodo ejecutivo
El periodo voluntario para el modelo 303 de IVA y del modelo 130 de IRPF, por ejemplo, sería del 1 al 30 de enero y del 1 al 20 en abril, julio y octubre. Vencido este plazo, empieza el periodo ejecutivo, que es cuando Hacienda actúa para exigirte el pago.
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Pero hay unas excepciones, es decir, que existen determinadas deudas tributarias que no puedes fraccionar

Esas deudas son las retenciones y los ingresos a cuenta. Es decir: 

  • Las retenciones que declaras en el modelo 111 (facturas de proveedores o nóminas de trabajadores)
  • Las retenciones por el alquiler de un local de trabajo (modelo 115)

Tampoco permite fraccionar los pagos trimestrales del impuesto de sociedades (modelo 202) o cualquier deuda tributaria confirmada por un tribunal en sentencia firme y que había quedado suspendida por una reclamación o recurso.  

Por cierto, hasta ahora solo te hemos hablado de fraccionar. Es bueno que sepas que existe otra opción estrechamente ligada: el aplazamiento. 

Aplazamiento y fraccionamiento

¿Aplazar y fraccionar son lo mismo? 🤔

En principio no lo son, aunque Hacienda los mete en el mismo saco. 

Hacienda y la ley, porque la Ley General Tributaria, en su artículo 65, habla de “aplazamiento y fraccionamiento del pago” como quien habla de Mortadelo y Filemón o Maricarmen y sus muñecos: son inseparables.  

Esto puede confundir. Pero tiene su sentido, porque, en la práctica, el aplazamiento y el fraccionamiento de un impuesto se entremezclan. 

Es muy sencillo de comprender: al aplazar el pago de un impuesto, tienes la opción de retrasarlo en un solo pago o en varios pagos (fraccionándolos). 

Y cuando decides fraccionarlo ya estás aplazando el pago completo del impuesto.

Las diferencias y sus parecidos las verás mejor más adelante, al mostrarte cómo solicitar el fraccionamiento del IVA, el IRPF trimestral y la renta.

En cuánto se puede fraccionar el pago y cuándo lo cobra Hacienda

De los tres impuestos que puedes aplazar como autónomo (el IVA y el IRPF trimestrales y la renta), la renta es el que tiene más particularidades. Por eso trataremos el tema en dos bloques: el IVA y el IRPF, por un lado. Y la renta, por el otro.  

Plazos para fraccionar el pago de la renta y fechas de pago

De entrada, Hacienda solo permite fraccionarlo en dos plazos en el momento de presentar la declaración:

Estas son las condiciones: 

  • El primer pago consiste en el 60 % del importe y se carga el último día de presentación si pagas por domiciliación o por transferencia bancaria. Por pago electrónico (tarjeta de crédito o ingreso a cuenta) se carga al momento. 
  • En el segundo plazo pagas el 40 % restante, y se suele pagar en noviembre.

Puedes proponerle a Hacienda otro tipo de fraccionamientos. Pero esto no quiere decir que Hacienda vaya a aceptarlo 😒

Como te mostraremos más adelante, tienes que enviar una solicitud de aplazamiento y fraccionamiento. Luego Hacienda, en su resolución, te indicará si ha aceptado los plazos que le has propuesto.

Plazos para fraccionar el pago del IVA y el IRPF trimestrales y fechas

Al igual que la renta, tienes la opción de solicitar el fraccionamiento del pago del IVA (modelo 303) y del IRPF trimestrales (modelo 130) en el momento de presentarlos. 

Aclarando
IRPF trimestrales (modelo 130)
En principio, el modelo 130 no se puede fraccionar porque es un adelanto obligatorio de tu IRPF. Pero como se trata de una deuda más, la Agencia Tributaria concede su fraccionamiento siempre y cuando lo considere justificado.
Ver más

Pero a diferencia de la renta, Hacienda no te propone, de entrada, unas condiciones en dos plazos con unas fechas prefijadas. 

En el IVA y el IRPF trimestrales eres tú quien debes proponer unos plazos y unas fechas de pago. Y luego Hacienda resolverá si los acepta. 

Se recomienda, para no tener problemas con Hacienda, pagar en 3, 6 o 12 meses, según la deuda. Y en cuotas fraccionadas no inferiores de 30 €

También habrás leído que lo máximo que se puede proponer son 12 meses si eres autónomo (6 meses para las empresas), siempre y cuando la deuda (la cantidad de IVA a devolver) no supere los 30.000 €. 

Pues bien, esto no es una norma que Hacienda la tenga escrita en algún lado. Está extraído de la ley concursal, pero no tiene por qué ser aceptado por Hacienda. 

Y otra cosa: lo más importante para Hacienda no son tantos los plazos que propones como tus circunstancias económicas.

Ahora bien: con independencia de los plazos, las fechas de pago deben ser el 5 o el 20 de cada mes.

Solicitar un fraccionamiento tiene un coste, aunque esto depende también del tipo de declaración. A continuación, lo vemos.  

Dinero para el fraccionamiento de pagos de Hacienda

Qué intereses cobra Hacienda por fraccionar el pago

Fraccionar el pago tiene costes para tu bolsillo. Ese coste son los conocidos como intereses de demora

Estos son del 3,25 %, que es el interés legal del dinero en 2023 y 2024, con un incremento del 25 %. Es decir: 4,06 %

Estos intereses solo se aplican al fraccionamiento del IVA y del IRPF trimestrales. 

La excepción es la declaración de la renta durante el periodo voluntario.  

La renta anual es el único impuesto que Hacienda te permite fraccionar sin tener que pagar intereses, siempre y cuando lo hagas dentro del plazo legal. 

Por cierto: si el fraccionamiento se pide fuera del plazo de presentación del impuesto, es decir, en el periodo ejecutivo, Hacienda aplicará recargos:

  • Del 5 %, si pagas antes de recibir el requerimiento
  • Del 10 %, si pagas después pero ingresas dentro de los plazos que te marca el requerimiento

Y ahora ya podemos hablar del procedimiento. 

Cómo fraccionar un pago a Hacienda

El fraccionamiento de un pago a Hacienda se solicita en el momento de presentar la declaración en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Recuerda que para cualquier trámite telemático necesitarás el DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN.

Para el modelo 303 de IVA y el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF el procedimiento es igual. 

Pero para la renta, cambia un poco. Así que te lo mostraremos por separado.  

Ejemplo de fraccionamiento de pago del IVA (modelo 303) y del pago trimestral del IRPF (modelo 130)

En el momento de la presentación, una vez has rellenado todos los datos y has validado la declaración, tienes que clicar sobre Formalizar Ingreso/ Devolución para entregarla. 

Se mostrarán distintas opciones para hacer el ingreso. Para fraccionar el pago, tienes estas opciones

  • Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento. Así aplazas el primer pago.
  • Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento. Haces el primer ingreso en el momento de presentarla y aplazas el resto un un plazo o varios.

Luego tendrás que clicar sobre la opción Firmar y enviar, opción que verás en la parte inferior derecha. 

Pero aquí no acaba todo. Después te aparecerá una ventana de Aviso importante (en mayúsculas).

Ahí se te indicará que queda pendiente la presentación de solicitud de aplazamiento y fraccionamiento. Para hacer esta solicitud, deberás clicar sobre Tramitar deuda

Al clicar sobre esta opción, se te redirigirá a una pantalla nueva. Te aparecerá el Detalle de la liquidación, es decir, tus datos (nombre, NIF y dirección) y los datos de la liquidación (la clave de liquidación, periodo e importe).

En el formulario de solicitud, deberás tener en cuenta lo siguiente: 

  • En Tipo de garantías ofrecidas puedes elegir Exención (es decir, ninguna) si la deuda es inferior de 30.000 € (si es superior, deberás indicar alguna garantía tipo aval bancario)
  • Deberás indicar el número de plazos del pago y las fechas
  • Luego deberás indicar el motivo (por ejemplo, problemas de tesorería para indicar que pasas por dificultades financieras)
  • Deberás justificar que pasas por dificultades financieras

Una vez lo has rellenado todo, clica sobre Firmar y enviar  y ya lo tienes. ¡Solicitud de pago fraccionado enviada!

El plazo máximo de respuesta es de 6 meses

Durante el trámite Hacienda puede ponerse en contacto contigo si la solicitud no cumple todos los requisitos. En tal caso, tendrás un plazo de 10 días naturales para subsanar el defecto o presentar documentos. 

Es importante que atiendas a estos requerimientos, porque, de lo contrario, Hacienda dará carpetazo a tu solicitud. 

Recuerda también que Hacienda, en su resolución, te puede señalar otros plazos o condiciones. Y que, si no estás de acuerdo, puedes reclamar en el plazo de un mes tras la resolución. 

¿Y qué haces mientras espero la resolución? Pues, mientras se tramita, Hacienda señala que debes seguir con tu propuesta de pagos fraccionados. 

Cómo fraccionar el pago de la renta

La declaración de la renta sigue un procedimiento algo peculiar. 

Esto es así porque, como te explicábamos antes, Hacienda permite el pago fraccionado en dos plazos y sin cobrar intereses

De hecho, cuando presentas la declaración y el resultado te da a ingresar, por defecto, te aparece marcada la opción Pago fraccionado (¡no tiene pérdida!). 

Al seleccionarla, te indicará las condiciones. Recuerda: dos plazos, el 60 % del importe en un primer pago y el 40 % en un segundo.  

¿Pero qué ocurre si no tienes dinero disponible o liquidez suficiente? ¿Es posible fraccionar el pago de otra manera, en 6 o 12 meses?

La respuesta es sí. Pero debes solicitar un aplazamiento. Ahora te enseñamos cómo. 

Cómo fraccionar el pago de la renta en 6 o 12 meses

Vamos a rebobinar: estás en el momento de presentar la declaración, te da a ingresar y, por defecto, te aparece la opción de pago fraccionado. 

Pues bien, ahí mismo puedes elegir Otras modalidades de pago. Al indicar esta opción, podrás seleccionar después Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento.

A partir de este momento, te aparecerá el mismo formulario que te aparecía al solicitar un fraccionamiento del IVA o el IRPF trimestrales: 

  • Se abrirá una ventana con un aviso: lo que tienes que ingresar y la clave de liquidación 
  • Deberás clicar sobre Tramitar deuda
  • Se abrirá un formulario para solicitar el aplazamiento
  • Deberás indicar tu propuesta de pago (el número de plazos, el importe por cada plazo y las fechas de pago)
  • Deberás especificar el motivo del aplazamiento y justificarlo con documentos cuando es por motivos de dificultades financieras
  • En Tipo de garantías, señala Exención si la deuda está por debajo de 30.000 € (si es superior, deberás indicar qué tipo de garantías de pago aportas) 

Finalmente, clica en Firmar y enviar y… a esperar la resolución de Hacienda. 

Recuerda: el plazo máximo es de 6 meses y Hacienda puede indicar otras fechas y condiciones.

Pero mientras se tramita, ¡adelante con tu propuesta! 

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No solo resolvemos dudas o te ayudamos a hacer tus declaraciones. También te mostramos cómo ahorrar dinero en tus impuestos y cómo ahorrar tiempo en trámites burocráticos con Hacienda y la Seguridad Social.

Marta Zaragozá
Autor:
Marta Zaragozá
Marta es CEO de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos a ahorrar 50 millones de euros. Adicta al derecho financiero y tributario, la tarta de queso, la natación y Juego de Tronos.