Acabas de darte de alta como autónomo, o llevas poco tiempo siéndolo, y tu actividad no despega.
Puede que tu negocio atraviese una mala racha o simplemente has tenido un mes o trimestre en blanco.
Sea cual sea tu situación, la inquietud es la misma: ¿qué pasa si soy autónomo y no facturo nada?
La respuesta corta es que tus obligaciones fiscales no desaparecen porque tus ingresos sí lo hagan.
Lamentablemente, ni la Seguridad Social ni Hacienda van a mirarte con comprensión y decirte “tranqui, ya pagarás cuando puedas” (en verdad, puedes hacerlo, pero te costará recargos e intereses).
Por suerte, en algunos casos hay un cierto margen de maniobra… y algunas alternativas que, en conjunto, te explicamos en este artículo.
¿Es posible ser autónomo sin facturar?
Sí, es posible ser autónomo sin facturar, aunque no sea lo más saludable para tu negocio 😉
A pesar de que no veas ni un céntimo, la Seguridad Social y Hacienda seguirán haciendo caja contigo. Resumiendo:
- Pago mensual de la cuota de autónomos
- Presentación de modelos fiscales (trimestrales y anuales)
A continuación te lo iremos explicando con más detalles y matices.
¿Debo pagar la cuota de autónomo sin ingresos?
Sí, aunque no tengas ingresos, debes pagar la cuota de autónomo.
Ahora bien, como puedes ajustar tu cuota a tus ingresos reales, puedes pagar la cuota mínima (205,88 € al mes en 2026).
La única excepción, como sabrás, es la tarifa plana de autónomos de 80 € al mes (88,64 € mensuales en 2026): pagas la misma cuota reducida con independencia de tus ingresos.
¿Cuánto se paga de autónomos sin actividad?
Si no tienes actividad o ingresos, puedes pagar la misma cuota de autónomo que venías pagando hasta la fecha.
O —lo más sensato— pagar la cuota mínima de autónomos, que en 2026 es de 205,88 € al mes.
Cualquier cambio en tu cuota debes solicitarlo con antelación, siguiendo este calendario fijo:
- Entre el 1 de enero y el último día de febrero, el cambio en la cuota tendrá efectos el 1 de marzo
- Entre el 1 de marzo y el 30 de abril, el cambio se aplicará el 1 de mayo
- Entre el 1 de mayo y el 30 de junio, la cuota se cambiará el 1 de julio
- Entre el 1 de julio y el 31 de agosto, el ajuste se efectuará el 1 de septiembre
- Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, el ajuste de la cuota se efectuará el 1 de noviembre
- Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, la cuota se ajustará el 1 de enero del año siguiente
Si tienes la tarifa plana de autónomos, u otra bonificación, no hace falta que ajustes la cuota.
De hecho, ni siquiera es lo más aconsejable, porque menos que eso no pagarás a la Seguridad Social 😉
¿Qué obligaciones tiene con Hacienda un autónomo sin actividad?
Como autónomo sin actividad tus obligaciones con Hacienda no varían. O varían poco, vaya.
Pero como hay que matizar, maticemos a continuación.
Modelo 303 sin actividad
Si tu actividad está sujeta a IVA, debes seguir presentando el modelo 303 de IVA trimestral.
Aunque no hayas ingresado un céntimo en todo el trimestre.
El resultado te saldrá cero.
O si tienes gastos con IVA deducible, el resultado será a compensar en los siguientes trimestres; con opción a devolver en el cuarto trimestre.
Modelo 130 sin actividad
Si estás obligado a presentar el modelo 130, debes hacerlo aunque no tengas actividad en un trimestre.
Sin embargo, al ser un modelo acumulativo, debes indicar el resultado de los anteriores trimestres de un mismo año natural (este no sería el caso, por tanto, del primer trimestre).
Modelo 111 sin actividad
Si en un trimestre no has tenido actividad, porque ningún proveedor te ha facturado con retenciones, no debes presentar el modelo 111.
A no ser que tengas trabajadores a tu cargo.
Si es este es el caso, no te queda otra que presentarlo, para ingresar las retenciones de sus nóminas.
Modelo 115 sin actividad
El modelo 115 es una autoliquidación que presentas a Hacienda si pagas un alquiler por un local de negocio y el propietario te aplica retención en la factura.
Aunque no tengas actividad, mientras sigas pagando el alquiler del local (con retención), deberás presentar el modelo 115 para ingresar esas retenciones a Hacienda.
¿Cómo declarar que no tengo ingresos como autónomo?
Cada declaración fiscal es un mundo. Por lo que la respuesta a cómo declarar que no tienes ingresos depende del modelo fiscal.
Aquí los más destacables son dos: el modelo 303 de IVA y el modelo 130 de IRPF.
Vayamos por partes.
Declarar el modelo 303 sin ingresos (o actividad)
Si presentas el modelo 303 sin ingresos, simplemente deja todas las casillas del IVA devengado en blanco.
Si tampoco has tenido gastos (IVA deducible), deberás marcar la casilla “Sin actividad” al final del formulario:
El resultado será cero.
Y, como te explicábamos antes, si solo deduces gastos, te saldrá a compensar en la siguiente declaración.
Compensar, por cierto, significa que ese resultado se resta sobre el resultado del siguiente trimestre.
Solo en el cuarto trimestre puedes pedir la devolución (si te sale a devolver, claro).
Declarar el modelo 130 sin ingresos (o actividad)
Si no has tenido ingresos en un trimestre, el modelo 130 se presenta como declaración negativa.
Aunque hayas tenido gastos, el resultado será cero.
Esto es así porque el modelo 130 solo se paga cuando tienes beneficios.
Por último, recuerda —y si no, te lo recordamos nosotros—, que estás obligado a presentar tus modelos fiscales.
Sí, aunque no tengas ingresos.
Y que no hacerlo conlleva el pago de recargos, intereses de demora y, en el peor de los casos, sanciones de Hacienda 😬

¿Puedo deducir gastos como autónomo sin ingresos?
Sí, puedes deducir tus gastos de autónomo aunque no tengas ingresos.
Por ejemplo, en el modelo 303 puedes deducir el IVA de tus gastos deducibles.
Y en el modelo 130, aunque Hacienda no te devuelve cuando la declaración es negativa (sin ingresos o beneficios), ese resultado se acumula en los siguientes trimestres naturales.
Pero ojo:
- Si te deduces una cantidad elevada en una declaración sin ingresos, Hacienda sospechará y te enviará un requerimiento
- En general, una actividad sin ingresos prolongada, donde solo se deducen gastos, hará sospechar a Hacienda
Por lo que si la situación de inactividad se alarga un año, es hora de hacer un pensamiento, como darse de baja de autónomo u otras alternativas que te mostramos a continuación.
Darme de baja en autónomos (y otras alternativas) cuando no hay ingresos o actividad
¿Qué hacer entonces cuando caen los ingresos o la actividad se para de forma prolongada?
Vamos a ver qué opciones tienes.
Baja en autónomos (temporal)
Tal vez lo más sensato sea darte de baja en autónomos de la Seguridad Social y en Hacienda.
En ambas a la vez, sí.
Así te ahorrarás el pago de la cuota mensual y la presentación de trimestrales.
Ahora bien: también dejarás de cotizar y eso afectará negativamente a tus prestaciones sociales como la baja por enfermedad o la jubilación.
La baja en autónomos puedes tomártelo como una pausa, mientras encuentras otras fuentes de ingresos más estables.
O como un cese definitivo de tu actividad. En este último caso, puedes pedir el paro del autónomo 👇
Paro del autónomo (total o parcial)
El paro del autónomo (o prestación por cese de actividad) puede suponer un alivio cuando caen tus ingresos o estás sin actividad.
El cese puede ser total o parcial (cobrando parte de la prestación mientras sigues activo como autónomo).
Sin embargo, obtenerlo no es fácil.
Debes acreditar la pérdida de ingresos con certificados de Hacienda, declaraciones de IVA o autos judiciales.
Por si fuera poco, la Seguridad Social es tan tiquismiquis que, según los datos que cuelga en su web, en 2025 rechazó casi un tercio de las solicitudes.
En su mayoría, por cierto, por no estar bien acreditadas.
Mantener la actividad con tarifa plana (pero menos de un año)
Si tienes la tarifa plana de autónomos y no has tirado la toalla definitivamente, puedes darte un margen y mantener tu actividad un tiempo más.
¿Cuánto tiempo más? Menos de un año.
Recuerda que Hacienda sospechará siempre de una actividad con pérdidas, si esta se prolonga un año (puede que ni siquiera espere al año para mandarte un requerimiento).
Otra cosa es que tengas ingresos, aunque sean pocos. Mientras superen tus gastos como autónomo, vale la pena insistir.
Pero siempre y cuando tus ingresos levanten el vuelo.
Toma como referencia el SMI, aunque este no sea un indicador del todo fiable: el coste de la vida no es igual en todas partes.
Autónomo por días
El autónomo por días es aquel que se da alta (y baja) por proyectos.
Cuando entra un trabajo, te das de alta de autónomo. Cuando termina, si no hay nuevo proyecto a la vista, pides la baja.
Así te ahorras pagar la cuota de autónomos o presentar modelos fiscales por trimestres sin actividad.
La contra es que al darte de baja pierdes el derecho a bonificaciones como la tarifa plana (deben pasar tres años sin estar de alta en el RETA para poder retomarla).
A corto o medio plazo, o en una coyuntura económica incierta, el autónomo por días es una opción a valorar.
A largo plazo no te lo recomendamos.
Lo que sí te recomendamos, si aún tienes dudas, es reservar una consulta gratuita con uno de nuestros expertos 😊
Otras preguntas frecuentes sobre autónomos sin ingresos
Y ahora te respondemos a algunas de las dudas más frecuentes sobre los autónomos sin ingresos.
¿Qué pasa si me hago autónomo y no facturo nada?
Si te haces autónomo y no facturas nada, deberás cumplir con tus obligaciones con la Seguridad Social (pago de la cuota de autónomos mensual) y con Hacienda (presentación de trimestrales y declaraciones informativas anuales).
¿Puedo cotizar como autónomo sin actividad?
No sólo puedes, sino que debes cotizar como autónomo a la Seguridad Social aunque no tengas actividad ni ingresos.
A no ser, claro, que te des de baja.
¿Puedo facturar sin ser autónomo?
No, para facturar debes darte de alta de autónomo, tanto en la Seguridad Social como en Hacienda.
De hecho, te pueden multar por facturar sin ser autónomo.
¿Cuál es el ingreso mínimo requerido para ser trabajador autónomo?
En principio, no existe un ingreso mínimo a partir del cual estés obligado a ser autónomo.
Si te dedicas a una actividad por cuenta propia, de forma habitual, y sin estar sujeto a un contrato laboral, debes darte de alta de autónomo en la Seguridad Social y en Hacienda.
En algunos casos, por jurisprudencia del Tribunal Supremo, se entiende por “de forma habitual” una actividad cuyos ingresos superan el salario mínimo interprofesional (SMI).
Pero esta interpretación del máximo tribunal choca con la que hace la Seguridad Social, que insiste en que si ingresas por debajo del SMI, siempre puedes pagar la cuota mínima de autónomos.
¿Cuánto es la cuota mínima de autónomos?
Si no tienes derecho a bonificaciones, la cuota mínima de autónomos en 2025 es de 205,88 € al mes.
¿Un autónomo sin ingresos debe presentar la declaración de la renta?
Sí, desde 2023 todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta, con independencia de su nivel de ingresos.
Es más, si no has tenido ingresos, o has tenido muy pocos ingresos, al presentarla te saldría seguramente a devolver.







