De entrada, parece lo más sensato: te ha entrado un trabajillo por unos días, ¿por qué no hacerse autónomo solo por esos días?
Así pagas menos cuota de cotización a la Seguridad Social, tus obligaciones con Hacienda son más llevaderas y, si eres un poco avispado, puedes desgravarte algún que otro gasto.
Pero no es oro todo lo que reluce: sí, ser autónomo por días es posible. ¿Pero vale la pena? ¿Es buena idea?
Como te mostraremos, no hay una respuesta única para todos: cada caso merece un análisis.
Pero para que ese análisis te ayude a tomar la mejor decisión, vamos a explicarte los aspectos que debes valorar.
¿Un pequeño adelanto? Ojo con los gastos deducibles 👀
¿En qué consiste ser autónomo por días?
Ser autónomo por días consiste en estar dado de alta de autónomo por días sueltos, en lugar de hacerlo de manera indefinida.
Por ejemplo, darte de alta los primeros 15 días de noviembre.
Con alta de autónomo nos referimos, en concreto, al alta en el régimen de autónomos (o RETA) de la Seguridad Social.
Aunque esto también implica el alta en el censo de profesionales y empresarios de Hacienda.
Y es que las desgracias, como dice el refrán, nunca vienen solas: vienen de dos en dos… 😬
¿Puedo darme de alta en autónomos por días?
Sí, la Seguridad Social (y Hacienda) permite el alta por días.
Aclaremos: permite que te des de alta un día (el 1 de noviembre) y solicites la baja a los pocos días (el 15).
Esto no significa, por cierto, que puedas programar tu baja el mismo día que te das de alta.
¿Y puedo ser autónomo por horas?
Ser autónomo por horas ya es rizar el rizo. Y no, no es posible.
La Seguridad Social deja darte de alta un día y al siguiente solicitar la baja.
Pero algo así como el “alta de autónomo por horas” no existe.
Al menos, no en la Seguridad Social. Ni en Hacienda.
¿Cuántas veces puedo darme de alta y baja como autónomo?
Puedes darte de alta y baja de autónomo las veces que quieras.
Ahora bien, la Seguridad Social limita a 3 veces el alta y baja por días cotizados en un mismo año.
Es decir, solo puedes elegir hasta 3 veces al año el día de alta y el día de la baja.
Así solo pagas la cotización de esos días en que te has dado de alta. Y no el mes entero.
Pasado ese límite, la Seguridad Social te cobra la cuota de autónomo del mes completo.
¿Y cuánto es la cuota? ¿Cómo se calcula?
Veamos los detalles, con ejemplos 🧐
¿Cuánto es la cuota de autónomos por días?
Si te das de alta de autónomo por días, pagas una cuota de autónomo por esos días que has estado de alta.
Pero recuerda: con un límite de 3 veces al año.
La cuota de autónomo es un pago mensual que haces a la Seguridad Social en concepto de cotización.
Para calcular tu cuota de autónomos por días, primero has de conocer tu base de cotización.
Esta depende de tus ingresos netos, es decir, de la diferencia entre tus ingresos y gastos (en lenguaje técnico, tus rendimientos netos).
Así que una vez conoces tus ingresos netos, has de consultar la tabla de cotización de autónomos (para 2024):
Puedes elegir entre una base mínimo y otra máxima según tus ingresos.
Elijas la que elijas, debes calcular el 31,3 % para saber la cuota que debes pagar al mes.
Pero como vas a cotizar por días, esa cuota debes dividirla por 30 (días del mes) y multiplicar el resultado por el número de días de alta.
¿Lo vemos con un ejemplo? Marchando uno 👇
Ejemplo de cálculo de la cuota de autónomos por días
Porque así lo exige el nuevo sistema de cotización de autónomos, primero has de hacer una estimación mensual de lo que vas a ganar.
Para esto:
- Divide lo que vas a facturar por el número de días de alta.
- Y multiplica el resultado por 30 (que, redondeando, son los días que tiene un mes).
Un ejemplo sencillo: te das de alta de autónomo 15 días para facturar un trabajo de 1.000 €.
Eso es una ganancia de 66,6 € al día (1.000 € dividido entre 15 días).
Si lo multiplicas por 30 días, significa unos ingresos mensuales de 2.000 €.
Ahora consulta la tabla de cotización para conocer tu base según tus ingresos (la encontrarás más arriba).
Tu base mínima son 1.078,43 € al mes.
Pues bien: al aplicar el 31,3 %, te da una cuota de autónomo mensual de 337,54 €.
Como cotizas por días:
- Divide esa cuota por 30 (días): eso son 11,25 € de cuota al día.
- El resultado, multiplícalo por el número de días de alta: 11,25 € x 15 (días de alta) son 168,77 €.
Concluyendo: por estar de alta 15 días, pagarías 168,77 € de cuota de autónomo según tus ingresos.
¿Cómo darse de alta de autónomo por días?
Darse de alta como autónomo por días no exige ningún procedimiento especial.
El alta en la Seguridad Social y Hacienda se recomienda hacerlo la vez:
- El alta de autónomo en la Seguridad Social puedes hacerla en la plataforma Importass. Necesitarás un certificado electrónico como el certificado digital, el DNI electrónico o la Clave PIN. También puedes darte de alta en persona presentando el modelo TA.0521 en tu delegación provincial de la Seguridad Social.
- El alta en Hacienda también puedes hacerla en su web, presentando el modelo 036 o 037 de alta de autónomos. También tienes la opción de hacerlo en persona en una de las oficinas de la Agencia Tributaria.
Ten presente que el alta nunca puede ser posterior al comienzo de tu actividad. De lo contrario, puedes afrontar una multa mínima de 3.750 €.
Como muy pronto, la Seguridad Social permite solicitar el alta 60 días antes de empezar.
Al terminar tu actividad, debes solicitar la baja, rellenando los mismos documentos: el modelo TA.0521 en la Seguridad (o en Importass, si lo haces por internet); y el modelo 036 o 037, en Hacienda.
Hasta aquí el procedimiento de alta y baja por días.
¿Pero es buena idea? ¿Merce la pena? 🤔
¿Es buena idea darse de alta de autónomo por días? 5 claves para tomar la decisión correcta
Aparentemente, darse de alta de autónomo por días parece una buena idea.
Solo pagas la cuota de cotización por esos días, cumples con tus obligaciones con la Administración y aquí paz y después gloria.
Pero para hacerlo debes conocer sus consecuencias. Y tomar algunas precauciones.
Vamos a analizarlo por partes.
1) Al darte de alta de autónomo por días, pierdes el derecho a más bonificaciones
La primera de las consecuencias afectan a tus bonificaciones. Es decir, a reducciones en el pago de la cuota de autónomos.
La principal es la tarifa plana de autónomos, por la que pagas una cuota fija de 80 € al mes (86,66 € en 2024) durante el primer año de alta.
¿Cuál es el problema cuando te das de alta por días con la tarifa plana?
Que al darte de baja, debes esperar 3 años para volver a solicitarla y los últimos 2 años no puedes haber sido autónomo.
Además, si comptabilizas paro y autónomos (sí, es posible), al darte de baja debes esperar 2 años para compaginarlo de nuevo.
2) Las cotizaciones por días está limitada
De esto ya hemos hablado. Pero vamos a insistir: la cotización por días está limitada a 3 veces al año.
Pasado ese límite, puedes darte de alta de autónomo por días, pero pagando el mes completo.
Por lo que esto de ir dándote de alta y baja por algunos días tiene sentido cuando es algo realmente puntual.
O dicho de otra manera: cuando ser autónomo no va del todo en serio para ti.
3) Tus obligaciones fiscales con Hacienda no terminan al darte de baja de autónomo
Aunque te des de alta de autónomo por días, debes cumplir tus obligaciones fiscales con Hacienda después de la baja.
Es decir, cuando ya no eres autónomo.
Por ejemplo, si te haces autónomo 15 días de noviembre, en enero del siguiente año debes presentar:
- El modelo 303 para declarar el IVA del servicio que prestaste esos 15 días.
- El modelo 390 de resumen anual de IVA, para informar sobre lo que has presentado en el modelo 303 trimestral (sí, suena absurdo, pero así son las obligaciones fiscales de los autónomos).
Puede que te afecten, según tu actividad, otras obligaciones fiscales como:
- El modelo 130, con el que adelantas en el IRPF un 20 % sobre el beneficio de tu actividad
- El modelo 349, si el trabajo por el que te diste de alta era con un cliente de otro país de la Unión Europea
Tampoco olvides declarar ese trabajo puntual en tu declaración anual de la renta, en la sección de rendimientos de actividades económicas.
Y, atento, porque ahora empiezan las precauciones con Hacienda 🤨
4) Cuidado con los gastos deducibles al darte de alta de autónomo por días
Los gastos deducibles pueden ser una trampa si te haces autónomo por días.
La teoría dice que puedes deducir fiscalmente (en el IVA y el IRPF) aquellos gastos relacionados con tu actividad.
La práctica requiere sumo cuidado: si aprovechas 15 días de alta de autónomo para comprar un ordenador y deducírtelo, Hacienda no aceptará la deducción.
Un ordenador tiene sentido en una actividad a largo plazo.
Pero para un trabajo esporádico, por unos días… No cuela.
No cuela y está sancionado: porque deducir un gasto de manera indebida puede acarrearte una sanción mínima del 50 % del importe deducido.
Según la gravedad, la sanción puede llegar al 150 %.
Es para pensárselo y hacer bien las cosas 🤔
5) Y cuidado que tu alta de autónomo por días no sea solo para facturar
Esto es un (mal) consejo, que puede que ya hayas oído: haz el trabajo y luego date de alta para facturarlo.
Ni la Seguridad Social ni Hacienda aceptan un alta por días solo para facturar un trabajo.
Según nuestras leyes, eres autónomo desde el momento que empiezas una actividad por cuenta propia.
No desde el momento en que haces una factura.
Darte de alta de autónomo por días por una actividad que ha durado más tiempo es un fraude de ley.
Y por tal, está sancionado: entre 3.750 € y 12.000 € por la Seguridad Social, más el pago de las cuotas por el tiempo que no estuviste dado de alta 🫣
Hacienda no va a ser más amable, aunque sí unos euros más generosa: 400 € solo por no haberte dado de alta en el censo de profesionales y empresarios.
Más las multas y sanciones que correspondan si eso afecta a la presentación de impuestos.
Entonces, ¿vale la pena ser autónomo por días?
Ahora ya podemos responder esta pregunta con algo más que un “depende”.
Si es un trabajo puntual o esporádico, o limitado en el tiempo: sí, tiene sentido darse de alta de autónomo por días.
Tomando todas las precauciones que te hemos indicado antes: tus obligaciones fiscales continúan después y no puedes deducir gastos para una actividad a largo plazo.
Si proyectas algo más estable o a largo plazo, aunque tu primer trabajo sea puntual: tal vez no valga la pena.
Si tienes opción a la tarifa plana de 80 €, menos todavía: porque una vez que te beneficias, has de esperar al menos 3 años para volver a hacerlo (2 de ellos sin ser autónomo).
Y si vas a compatibilizar el paro, lo mismo.
¿Necesitas ayuda para tomar la mejor decisión? Contacta gratis con uno de nuestros mentores fiscales y te ayudaremos a tomar la decisión que más te beneficia 🤗