En una economía global, cada vez somos más los autónomos que trabajamos con clientes o proveedores de países de fuera de la Unión Europea (UE).
Es lo que se conoce como operaciones extracomunitarias.
¿Eres autónomo y también realizas este tipo de operaciones? A continuación te explicamos cómo contabilizar y declarar tus facturas extracomunitarias, tanto si son de compra como de venta y de bienes como de servicios.
Sigue leyendo, que te lo contamos todo.
Qué es una factura extracomunitaria o no europea
¿Qué te parece si aclaramos antes qué entendemos por factura extracomunitaria?
Allá vamos: hablamos de factura extracomunitaria cuando el proveedor o cliente residen fuera de la Unión Europea (UE, en adelante).
Por ejemplo, un cliente en EE UU. O un proveedor de productos en Japón.
Al primero –el cliente de EE UU– tendrías que emitirle una factura extracomunitaria. Del segundo –el proveedor japonés– recibirías tú la factura extracomunitaria.
Échale un vistazo a nuestro vídeo sobre las facturas extracomunitarias:
Como veremos ahora, esto tiene otras implicaciones.
Implicaciones en la manera de contabilizar la factura y de declararla a Hacienda
Diferencia entre facturas extracomunitarias de servicios y facturas extracomunitarias de bienes
Para Hacienda no es lo mismo comprarle maquinaria a un japonés que pagar el servidor de internet a un americano.
Y no porque uno sea japonés y el otro americano. Aquí todos son iguales a los ojos de Hacienda.
Sino porque uno es un producto (la maquinaria, no el japonés) y el otro un servicio (el servidor de internet americano).
Y esto también se aplica cuando hablamos de vender. No es lo mismo vender un bien que prestar un servicio.
Cambia la forma de registrarlo en tu contabilidad y también la forma de declararlo a Hacienda.
Cómo contabilizar una factura extracomunitaria de servicios
Las compras de servicios a proveedores extracomunitarios debes registrarlas en tu contabilidad de una manera diferente.
Diferente a como lo harías si el proveedor fuera comunitario (de la UE) o español.
Y diferente a como lo harías si fuera un bien.
¿Complicado? Verás que no lo es tanto
Te pongo un ejemplo: imagínate que tienes que contabilizar una factura por el servidor de tu web.
La empresa propietaria está en EE UU y el servicio te cuesta 30 € al mes.
Todos los meses vas a recibir una factura por valor de 30 € y para registrarla en tu contabilidad tendrás que aplicar el 21 % de IVA (español) sobre los 30 €.
Pero ahí no acaba todo. Porque la normativa fiscal española es algo más intrincada para estas cuestiones.
Mira si es intrincada que te obliga a contabilizarlo de esta manera:
- Registrar la compra aplicando el IVA español al tipo de servicio (en este caso, del 21 %)
- Registrar la misma compra como una venta del mismo valor (incluido el 21 % de IVA).
Es lo que se llama inversión del sujeto pasivo. Y consiste en trasladar esa factura de compra a tus ingresos.
O por decirlo en lenguaje coloquial: lo comido por lo servido.
Lo bueno: que este tipo de operaciones no afectan a tu actividad.
Lo malo: que debes contabilizarlas de esta manera tan enrevesada porque así lo dice Hacienda.
Cómo declarar una factura extracomunitaria de servicios
Hablando claro: cuando escribimos “declarar” nos referimos a cómo gestionar con Hacienda el IVA de los servicios extracomunitarios que has contratado.
Pues bien, en este caso, la operación se trata como si la prestación del servicio hubiera tenido lugar en España (sí, sí, como si tu proveedor residiera en España y no fuera de la UE).
¿Y cómo se declara eso? En el modelo 303, que es el modelo trimestral de IVA, se tendrá que señalar de la siguiente manera:
- En la casilla 12 indicarás el importe de la factura sin IVA
- En la casilla 13 el importe del IVA español que has tenido que aplicar
El IVA se sumará y restará sin afectar a la declaración final. Es lo que te decíamos antes: lo comido por lo servido.
O en modo técnico: inversión del sujeto pasivo
Cómo se factura la prestación de servicios en el extranjero (y cómo se declara)
Ahora toca facturar tus servicios a un cliente que reside fuera de la UE. Pues bien, la factura irá siempre sin IVA.
No importa si el cliente es una empresa, un profesional o un particular. Esta distinción solo tiene sentido para dentro de la UE. Es decir: para el llamado IVA intracomunitario.
Peeero: si el servicio luego se va a utilizar en otro país de la UE, puede que sí que tengas que aplicar el IVA del país donde se utilice.
Por último: vayamos al modelo 303.
Como prestador del servicio debes declarar la operación como no sujeta al IVA.
Para no liarte: tendrás que indicar la base imponible en la casilla 120.
Cómo se factura una exportación
Atento a esta definición de la Agencia Tributaria sobre exportación:
“Es la entrega de bienes transportados fuera de la Comunidad Europea por el transmitente o el adquirente no establecido en península o Baleares o por un tercero que actúe por cuenta y nombre de los anteriores. Esta operación está exenta de IVA, atribuyendo el derecho a deducir el IVA soportado en las adquisiciones de bienes y servicios que se afectan a esta actividad (exención plena).”
Traducción: es la venta de un bien a un país no perteneciente a la UE. Y no se aplica IVA.
Un ejemplo: eres un autónomo que vende zapatillas y tu principal cliente reside en México.
Para que él reciba tus zapatillas tienes que enviarlas desde España a México. Obvio.
Y para llegar a México, las zapatillas tienen que pasar por la aduana.
Pues eso es una exportación propiamente dicha, con todas las de la ley.
¿Y cuáles son sus particularidades? Te las resumimos ahora haciendo referencia al ejemplo anterior:
- Es una venta de bienes, no de servicios: es decir, son productos (zapatillas), no tu mano de obra.
- Tu cliente está situado fuera de la UE (México). Es importante que consultes la lista de países de la Unión Europea antes de emitir tu factura a un cliente internacional no comunitario.
- Los bienes vendidos salen de España hacia el país del comprador y pasan por la aduana.
El IVA en una factura extracomunitaria de exportación
Volvamos al ejemplo de antes: la factura por esas zapatillas que vas a enviar a México no lleva IVA.
Solamente el precio.
Y es que las exportaciones de bienes están exentas de IVA. Esto quiere decir que cuando tengas que hacer una factura de exportación nunca aplicarás el IVA.
Y para que la factura esté correcta, deberás cumplir estos 4 requisitos:
- Que se trate de la venta de un bien (o bienes).
- Que exista un transporte fuera de la UE: no importa si es por barco, avión o tren.
- Que tengas la documentación acreditativa de ese bien (o bienes). El principal es el DUA (Documento Único Aduanero), que lo expide la aduana por la que van a salir los bienes (la aduana de salida).
- Como vendedor, debes constar en el DUA como exportador
Siempre que cumplas con estos cuatro requisitos, para Hacienda esta exportación será una operación exenta de IVA
Volvamos a las zapatillas. Las vas a vender por 1000 €. Pues esta es la cantidad que vas a cobrar (no hay que sumarle IVA).
Aun así, tienes que declarar la exportación en el modelo 303. Lo has de hacer en la casilla 60, en el apartado de “Información Adicional”.
Como no tienes que pagar IVA, tu única obligación será la de declarar la base imponible de la factura (los 1.000 €).
Y otra cosa importante: puedes deducirte los gastos derivados de la producción de las zapatillas (compra de materias primas, etc.).
Cómo se factura una importación
Aquí nos encontramos con el caso contrario: en lugar de vender un bien fuera de la UE, los estamos comprando.
Por ejemplo, la entrada por el puerto de Valencia de una maquinaria procedente de Japón:
- Tenemos dos países implicados en esta operación
- Y un bien que se traslada de un país no europeo (Japón) a otro que sí lo es (España)
Pues bien, la maquinaria japonesa tributaría en el país de llegada, que es España.
¿Qué quiere decir esto? Que será la Agencia Tributaria española la que exigirá el IVA (español) del bien importado (la maquinaria japonesa).
Todas las compras de bienes al extranjero (fuera de la UE) tienen que pasar siempre, siempre por la aduana española ✍️
Siguiendo con el ejemplo de la maquinaria japonesa: para poder recogerla de la aduana y poder utilizarla tendrás que pagar el 21 % de IVA (el de España).
Cómo funciona la Aduana Española en las operaciones extracomunitarias
Al grano: el precio de la aduana está compuesto por el precio del bien más una serie de gastos accesorios.
¿Qué es eso de gastos accesorios? Por ejemplo, los envases y embalajes unidos al bien, cánones o licencias que tienes que pagar como comprador. O los seguros o transportes hasta la aduana de salida.
En resumen: accesorios necesarios para que el bien llegue a su destino y que no está incluido en su precio. Pero que debe de pagarlo el comprador, es decir, tú.
Los gastos accesorios, por tanto, dependerán de cada operación de importación. Por lo que no podemos saberlos con antelación.
Otro ejemplo (¡será por ejemplos!): imagina que has comprado a una empresa rusa mobiliario de oficina por un precio de 900 €.
Los muebles nos los envían en avión desde Rusia a Madrid.
El transporte por el traslado desde la fábrica de tu proveedor ruso al aeropuerto de Moscú es de 100 €.
Al llegar los muebles a Barajas, se descargan del avión y eso tiene un coste de 100 € más.
A esto súmale los derechos arancelarios correspondientes a este tipo de bienes: un 10 % sobre el precio en aduana
Los derechos arancelarias, por cierto, hacen referencia a los aranceles, es decir, a los impuestos que hay que pagar cuando llegan al país de destino (a España, en nuestro ejemplo).
El valor aduanero
Antes te hemos hablado del precio de la aduana. En verdad, queríamos decir “valor aduanero”.
Pero no queríamos liarte de buenas a primeras con conceptos técnicos.
Ahora ya podemos hacerlo: porque si vas a importar bienes tienes que estar familiarizado con esta clase de términos.
En la aduana se habla de “valor aduanero” para hacer referencia a la base sobre la que se añaden los impuestos.
En otras palabras: es el precio base del producto.
Lo que antes habíamos llamado el precio de aduana, para entendernos.
Volvamos al ejemplo de los muebles rusos.
Aquí se tiene que aplicar el IVA español. Recuerda que quien debe gravar las operaciones de importación es el país a donde llegan los bienes importados (España en nuestro ejemplo).
Pero antes debes saber sobre qué importe tienes que aplicar el IVA español (en este caso el 21 %).
Para calcularlo tienes que tener en cuenta estos conceptos
- Precio de los muebles = 900 €
- Transporte hasta la aduana = 100 €
- Valor de la aduana = 1.000 €
- Arancel del 10 % = 100 €
- Descarga de los muebles = 100 €
La suma de estos conceptos es la base imponible (1.200 €).
Pues bien, el IVA al 21 % tienes que aplicarlo sobre esta base imponible. El resultado será 252 €.
En otras palabras, tendrás que pagar como importador 252 € de IVA solo por entrar en España muebles procedentes de Rusia.
¿Y adivina quién debe pagar el IVA? Lo has acertado: tú mismo, por ser el importador.
Es decir, la persona que consta en la aduana como importador del bien, que es la que sacará los bienes de la aduana.
Resumiendo: en nuestro ejemplo, a ti te tocará pagar el IVA en el momento de pagar los aranceles de la aduana. O, lo que es lo mismo, los derechos arancelarios para poderte llevar los muebles rusos.
Por cierto, que para ser importador no es necesario que cumplas ningún requisito específico.
Ni siquiera necesitas el NIF-IVA. Este solo es obligatorio para compras intracomunitarias (a proveedores de otros países de la UE).
Cómo pagar el IVA de las operaciones extracomunitarias
Puedes pagar los aranceles de dos formas distintas. Ambas aceptadas por la Administración:
- Regla general: pagarlos directamente en la aduana antes de sacar los bienes y llevártelos a tu casa (o a tu fábrica o a donde esa).
- Regla especial: pagarlos mediante el modelo 303 de IVA (casilla 77) correspondiente al periodo en el que los bienes han llegado a la aduana (no en el que los compraste).
Esta segunda opción tiene un poco de trampa, por así decirlo: solo tendrán opción aquellos profesionales que presenten el modelo 303 cada mes, también conocido como REDEME
Y hay que solicitarlo a Hacienda antes (el pagarlo con la regla especial).
Además, podrás recuperar el IVA de la importación. Siempre y cuando, claro, cumplas los requisitos para que la compra de ese bien sea deducible.
Te recordamos que para que la compra de un bien se considere un gasto deducible debes de cumplir con estos requisitos:
- Que el bien lo vayas a utilizar en tu actividad de forma exclusiva
- Que tengas una factura que justifique su compra a tu nombre
- Que la factura esté registrada en tu contabilidad
Imaginemos que eres un autónomo que presenta el modelo 303 cada trimestre, como toca.
Para empezar, no puedes aplicar la regla especial comentada antes. Sí, el IVA de la importación tendrás que pagarlo en la aduana cuando vayas a sacar los bienes.
Luego, cuando te toque presentar el modelo 303, tendrás que reflejar la importación en el apartado del IVA deducible, el correspondiente a “las cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes”:
- Casilla 32. Indicarás la base imponible de las factura de la compra del bien
- Casilla 33: Indicarás el importe del IVA que has pagado en la aduana
¿Que usas Declarando? Nada más fácil: esta operación se te trasladará automáticamente al modelo 303. Sin tener que hacer nada.
Sólo debes registrar la factura en tu contabilidad, en el apartado de “Gastos con facturas”.
Ahí pones los datos correspondientes a la factura por la compra de los bienes importados y marcas que es una “factura no europea”.
Y ya lo tienes. Mira qué sencillo.
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