10 claves para prepararte para el nuevo sistema de cotización de autónomos

El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización de los autónomos.

Es un cambio radical, pues a partir de ahora cotizarás por tus ingresos reales.

Pagarás otra cuota —puede que más, puede que menos— pero siempre en función de lo que ganes.

¿Dudas? ¿Preocupación? Es normal que andes perdido. ¡Son tantas novedades!

A continuación, te destacamos las principales claves para que estés bien preparado 😎

1) ¿Qué es lo primero que debes hacer cuando el nuevo sistema de cotización de los autónomos entre en vigor?

Con el nuevo sistema, ya no podrás cotizar por la base de cotización que desees, tal y como ocurría hasta ahora.

Como pagarás una cuota según lo que ganes, deberás empezar este año 2023 con la calculadora en la mano, ya que tendrás que informar a la Seguridad Social de tus rendimientos netos anuales (también conocidos como ingresos reales). También de todas tus actividades.

Esto implica hacer una previsión de todo lo que vas a ingresar y gastar a lo largo del año y luego hacer un promedio mensual, ya que la cuota se paga cada mes.

Los autónomos que se hayan dado de alta a partir de enero de 2023, deberán informar a la Seguridad Social de lo que van a ganar.

Si ya eras autónomo antes del 1 de enero, este 2023 solo deberás informar a la Seguridad Social si quieres cambiar de base de cotización.

De lo contrario, podrás seguir cotizando por la misma base que en 2022.

¿Y cómo se comunican estos cambios? A través del portal Import@ss de la Seguridad Social.

Para acceder, necesitarás identificarte con el DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN.

A partir del cálculo de tu rendimiento neto, la web te informará de cuál es tu base de cotización y qué cuota tendrás que pagar.

Ahora te enseñamos cómo saber la cuota a pagar.

2) ¿Cómo saber la cuota de autónomo que te tocará pagar?

La nueva cuota de autónomo se calculará como siempre. Es decir, será el 31,2 % de tu base de cotización (incluido el 0,6 % en concepto de MEI, el mecanismo de equidad intergeneracional).

Pero ahora, tal y como te hemos contado, tendrás que elegir la base según tus rendimientos netos mensuales.

Estos los calcularás teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Tus ingresos anuales
  • Los gastos anuales relacionados con tu actividad (o gastos deducibles)
  • El importe anual de cuota de autónomo
  • Una deducción por gastos genéricos del 7 % (para los autónomos societarios, del 3 %)

Vamos a verlo todo con el siguiente ejemplo:

Pongamos que tienes una estimación de ingresos anuales de 50.000 € y unos gastos anuales de 10.800 € (de los que 3.528 € son de cuota de autónomo).

El rendimiento neto de todo el año lo calcularás restándole los gastos a los ingresos. Es decir:

50.000 € – 10.800 € = 39.200 €

A este resultado, deberás sumarle la cuota de autónomo que hayas pagado a lo largo del año:

39.200 + 3.528 = 42.728 €

El siguiente paso es calcular el 7 % de deducción por gastos genéricos: 42.728 € x 7 % = 39.737,04 €

Estos 39.737,04 € son tus rendimientos netos anuales. Pues bien, ahora hay que saber los mensuales.

Para calcularlos, debes dividirlos por 365 y multiplicar el resultado por 30. Es decir:

(39.737,04 / 365) x 30 = 2.995,25 €

Para saber qué cuota debes pagar cada mes, tendrás que consultar la tabla con los tramos de cotización.

Esta tabla te la mostramos a continuación.

3) ¿Cuáles son los nuevos tramos de autónomos?

Habrá 15 tramos, empezando por los que ganen 670 € al mes o menos hasta los que superen los 6.000 € mensuales. 

Aquí “ganar”, por cierto, quiere decir: ingresos menos gastos (o rendimientos netos), según la fórmula del apartado anterior. 

A continuación, puedes consultar la tabla con los tramos para 2023:  

Tramos de cotización según los rendimientos netos en el nuevo sistema de cotización para autónomos

Fuente: página web de la Seguridad Social.

Cada tramo tendrá asignado una base de cotización mínima y una máxima. Para verlo mejor, retomaremos el ejemplo del punto anterior: 

El cálculo del rendimiento neto para saber la cuota nos daba 2.995,25 € al mes. 

Esto quiere decir que estarías en el tramo que va de 2.760 € a 3.190 €, por lo que puedes elegir pagar por la base mínima de ese tramo (1.143,79 €) o la máxima (3.190 €).

Por la mínima pagarías 356,86 € al mes en 2023. Y si eligieras la máxima, 995,28 € mensuales. Estas cifras salen al calcular el 31,2 % a la base de cotización. 

Por cierto, la Seguridad Social ha lanzado un simulador que te puede ser muy útil para saber tu cuota a partir de lo que ganes. Aunque deberás calcular antes, por tu cuenta, los rendimientos netos mensuales. 

Y ahora la siguiente duda: ¿Qué ocurre si mis rendimientos varían durante el año?

4) ¿Podré cambiar la base de cotización de autónomos?

Con el nuevo sistema, podrás cambiar hasta 6 veces al año tu base de cotización

Por lo que si tus ingresos varían durante el año, podrás adaptar lo que pagas de cuota

Cada cambio en tu base de cotización tendrá efecto en las siguientes fechas: 

  • 1 de marzo: el cambio tendrás que comunicarlo entre enero y febrero
  • 1 de mayo: tendrás que comunicarlo entre marzo y abril
  • 1 de julio: deberás solicitarlo entre mayo y junio
  • 1 de septiembre: habrás de comunicarlo entre julio y agosto
  • 1 de noviembre: si lo comunicas entre septiembre y octubre
  • 1 de enero: cuando lo comuniques entre noviembre y diciembre

La solicitud de modificación podrás hacerla en el portal Import@ss. 

Al entrar, en Servicios y trámites online de la Tesorería, clica en Altas, bajas y modificaciones

En el nuevo menú de opciones, deberás clicar sobre Modificación de datos de trabajo autónomo, y luego sobre el botón azul Solicitar modificación

Para acceder necesitarás un identificador digital (DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN). 

Ten presente ahora esto: al siguiente año la Seguridad Social regularizará el pago de tus cotizaciones

Esto te lo explicamos a continuación. 

5) ¿Cómo regularizará la Seguridad Social la cotización de los autónomos?

Al acabar el año, Hacienda pasará a la Seguridad Social los datos de tus rendimientos netos. 

Hacienda ya tendrá esa información a partir de tus distintas declaraciones fiscales, que puedes consultar en nuestro calendario fiscal

Y, a partir de esa información, la Seguridad Social regularizará el pago de tus cotizaciones. 

Regularizar quiere decir lo siguiente: 

  • Si durante el año pagaste menos cuota de la que debías según tus ingresos reales, la Seguridad Social te exigirá la diferencia
  • Y si pagaste más de lo que te tocaba, la Seguridad Social te devolverá esa diferencia

En el primer caso (tienes que pagar la diferencia), recibirás una notificación y tendrás hasta el último día del mes siguiente para hacer el pago

En el segundo caso (te devuelve), la Seguridad Social te ingresará la diferencia antes del 30 de abril

Por cierto: que la Seguridad Social te exija la diferencia —porque has cotizado por debajo de lo que te tocaba— no está penalizado.  

Lo que sí está penalizado es que no lo pagues en el plazo fijado, porque las consecuencias tienen forma de recargo: un 10 % sobre el importe a pagar durante el primer mes y un 20 % a partir del segundo.

6) ¿Qué pasa si hasta ahora pagaba una cuota de autónomo superior?

Puede que este sea tu caso: a partir de los 47 años, aumentaste tu base de cotización para mejorar tu pensión. 

Pero ahora, con el nuevo sistema, te tocará cotizar por una base inferior según tus ingresos reales. 

Pues bien, buenas noticias: podrás seguir cotizando por la misma base, pero solo durante este año 2023. 

Esta excepción, por cierto, solo se aplicará a aquellos autónomos que cotizaban por una base superior antes del 1 de enero de 2023. 

Para el resto no habrá esta posibilidad. Ya que con la nueva reforma se elimina la opción de cotizar por una base distinta a la que te tocaría por tu tramo de ingresos.

7) ¿Habrá tarifa plana para autónomos?

Si es la primera vez que trabajas de autónomo, podrás disfrutar de la tarifa plana.

La tarifa plana es una bonificación (o reducción) en tu cuota de autónomo. 

El primer año, la tarifa plana consistirá en una cuota de cotización fija de 80 € mensuales. Y tendrás que solicitarla en el momento del alta de autónomo

El segundo año podrás seguir disfrutando de la misma tarifa, pero solo si tus ingresos no superan el salario mínimo interprofesional (SMI). 

Pero, ¡ojo!: si a partir del segundo año sigues beneficiándote de la tarifa plana, y al regularizar tu cuota resulta que tus ingresos reales superaron el SMI, la Seguridad Social te hará pagar la diferencia. 

8) ¿Qué pasa si disfrutaba de la tarifa plana para autónomos antes de 2023?

Si antes del 1 de enero de 2023 tenías la tarifa plana, la de 60 € el primer año, podrás seguir disfrutándola

Y hasta el final, bajo las mismas condiciones: 

  • 60 € mensuales los primeros 12 meses (o una bonificación del 80 % de la cuota si has elegido una base superior a la mínima) 
  • Una reducción del 50 % de la cuota en los seis siguientes meses (meses 13 y 18)
  • Una reducción del 30 % los restantes seis meses (meses 19 y 24)

Una vez agotada, pasarás a pagar la cuota íntegra que te corresponda por tus ingresos reales. 

9) ¿Los autónomos en pluriactividad mantendrán la cuota reducida?

Los autónomos que trabajan por cuenta ajena (los autónomos en pluriactividad) mantendrán las mismas reducciones

Te las recordamos brevemente: 

  • Si trabajas por cuenta ajena y es la primera vez que te haces autónomo, pagarás el 50 % de la base mínima durante los primeros 18 meses. Los 18 meses siguientes, pagarás la comprendida entre el 75 % de la mínima y la base máxima.
  • Si trabajas por cuenta ajena a tiempo parcial y te haces autónomo, los porcentajes del punto anterior se incrementan: los primeros 18 meses, pagarás el 75 % de la base mínima y los 18 meses siguientes la comprendida entre el 85 % de la mínima y la base máxima.

Estas condiciones serán igual para todos: tanto para los que ya eran pluriactivos antes de la entrada del nuevo sistema (antes de 2023) como para los que lo sean a partir de su aplicación. 

Lo único que cambia son los límites de devolución, que en 2023 aumentan a 15.266,72 €

Es decir, que a partir de esa cantidad cotizada como autónomo, la Seguridad Social te devolverá el 50 % del exceso hasta llegar a un tope del 50 % de todas las cuotas ingresadas como autónomo. 

10) ¿Qué otras cuotas bonificadas habrá para los autónomos?

Esta nueva nueva reforma trae nuevas bonificaciones que quizá te interesen: 

  • Un 75 % de reducción en la cuota a los autónomos que reciban una prestación por el cuidado de menores con una enfermedad grave o cáncer. La bonificación durará el tiempo que dure la prestación.
  • Un 80 % de reducción en la cuota a los autónomos que hayan cesado en su actividad por el nacimiento de un hijo (o por la adopción, acogida o tutela) y retomen la actividad dentro de los dos años siguientes. Esta bonificación tiene una duración de 24 meses.

Y siguiendo con más bonificaciones: 

  • Los autónomos con discapacidad (igual o superior al 33 %), víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, podrán beneficiarse de una tarifa plana de 80 € durante 24 meses, prorrogable 36 meses más. Lo deben solicitar al darse de alta. 

El resto de bonificaciones para autónomos se mantiene. Con una excepción: esta nueva reforma deroga las que había por edad y población.

¿Tienes más dudas sobre cómo te va a afectar el nuevo sistema de cotización de autónomos?

Es normal que esta reforma, por su novedad, genere confusión entre los autónomos. 

A partir de ahora, tendrás que llevar un mejor control de tus ingresos y gastos. Ya que es a partir de estos como deberás calcular los rendimientos que decidirán la cuota que te tocará pagar. 

Échale un vistazo al vídeo que hemos preparado a modo resumen 👇🏻

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Mónica Serra
Autor:
Mónica Serra
Mónica lidera el equipo jurídico de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos. Disfruta usando sus conocimientos fiscales para ayudar al máximo a la comunidad autónoma, haciendo deporte y leyendo un buen libro en la playa.