La tarifa plana es una de las mejores cosas que le han podido pasar a los nuevos autónomos en los últimos años.
Tu primer año pagas 86,66 € al mes a la Seguridad Social en lugar de los 230 € de cuota mínima en 2024.
No está mal para empezar, ¿verdad?
Pero hay un problema: es fácil perdérsela 🤨
La Seguridad Social no la tramita de oficio, porque es voluntaria.
Y si la quieres prorrogar (sí, es posible ampliarla, con condiciones), tampoco.
Además, existen unos plazos. Y esos plazos son improrrogables.
Para evitar que esto te ocurra —es decir, para que no te la pierdas o la pierdas— hemos escrito esta guía.
Aquí encontrarás lo esencial: requisitos, cómo solicitarla, cómo prorrogarla…
Pero también hallarás respuesta a otras dudas más específicas.
Incluso descubrirás otro tipo de bonificaciones como alternativa a la tarifa plana.
Una guía completa, vamos, para nuevos autónomos como tú.
Así que pongámonos ya en marcha, antes de que se te pase el plazo… 👇
¿Qué es la tarifa plana de autónomos?
La tarifa plana de autónomos es una bonificación de la Seguridad Social.
Consiste en el pago de una cuota reducida de 80 € al mes (86,66 € en 2024).
Está pensada para nuevos autónomos, es decir, para aquellos que acaban de darse de alta en el RETA, el régimen de autónomos de la Seguridad Social.
Su duración es de 12 meses, aunque se puede prorrogar otros 12 meses.
En algunos casos, la tarifa plana dura 24 meses (2 años). Y también se puede ampliar.
Es mucha información, ¿verdad? Y, además, con muchos matices.
Así que iremos por partes.
Pero antes, una pequeña aclaración 🧑🏫
¿Por qué la tarifa plana de 80 euros de autónomos… no es de 80 €?
Te habrá llamado la atención que antes hayamos indicado que la tarifa plana es de 86,66 € al mes en 2024.
¿Por qué entonces se habla de tarifa plana de 80 €? 🤔
Cuando entró en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos en 2023, la tarifa plana de autónomos se fijó en 80 € al mes.
Aunque en la práctica, ningún autónomo ha pagado ese importe… nunca.
¿A qué se debe este misterio?
La respuesta la podemos resumir con unas siglas: MEI.
O mecanismo de equidad intergeneracional.
El MEI es un nuevo concepto de cotización que deben pagar autónomos, empresas y empleados desde 2023.
El importe recaudado se destina a financiar el sistema público de pensiones.
Para los autónomos, el MEI supone pagar un punto más de cotización cada año.
Y eso explica que la tarifa plana de 80 € para el periodo 2023 – 2025 no sea de 80 € al mes, sino de:
- 85,71 € al mes en 2023
- 86,66 € al mes en 2024
- 87,6 € al mes en 2025
¿Y después de 2025?
Después de 2025 nadie sabe todavía en qué quedará la tarifa plana de autónomos. El Gobierno todavía lo está negociando con las asociaciones de autónomos.
Pero dada su evolución (de 50 € en 2015 a 86,66 € en 2024), no parece que vaya a ser más reducida de lo que es hoy… ni de lo que será en 2025 😔
¿Cuánto dura la tarifa plana de autónomos?
La duración de la tarifa plana de autónomos es de 12 meses (1 año) desde la fecha de alta de autónomo.
La duración es de 24 meses (2 años) si eres autónomo con discapacidad igual o mayor de 33 %, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo.
Este periodo se puede ampliar. Pero has de cumplir unas condiciones 👇
La prórroga de la tarifa plana para autónomos: plazos y condiciones
Sí, puedes ampliar tu tarifa plana.
Aunque los plazos de la prórroga y las condiciones varían:
- 12 meses más, si te has beneficiado de la tarifa plana de 12 meses. Y pagando la misma cuota reducida: 80 € (más el MEI).
- 36 meses (3 años), si te estabas beneficiando de la tarifa plana de 24 meses para autónomos con discapacidad o víctimas de la violencia de género o del terrorismo. La cuantía, sin embargo, aumenta: 160 € al mes de cuota (sin sumar el MEI).
¿Y qué requisitos debes cumplir?
Solo uno: que tus ingresos netos no superen el salario mínimo interprofesional (o SMI), que en 2024 se ha fijado en 15.876 € al año.
Cuando hablamos de ingresos netos nos referimos a la diferencia entre tus ingresos y gastos (o rendimientos netos, en el lenguaje de la Seguridad Social).
¿Pero qué ocurre si al acabar el año tus ingresos netos han superado el SMI?
Pues que la Seguridad Social te exigirá la diferencia 😬
A esto lo llama, por cierto, regularización de la cuota de autónomo.
La prórroga o ampliación de la tarifa plana no es automática. Debes solicitarla antes de que termine el periodo inicial (12 o 24 meses).
Sobre cómo solicitarla te hablaremos más adelante. Antes tenemos que comentarte los requisitos generales para beneficiarte de la tarifa plana.
¿Cuáles son los requisitos de la tarifa plana de autónomos?
La tarifa plana de autónomos tiene pocos requisitos:
- Ser autónomo por primera vez
- No haber sido autónomo en los 2 años anteriores al alta
- No haber disfrutado de la tarifa plana en los 3 últimos años
- No ser autónomo colaborador o familiar (este tipo de autónomo tiene su propia bonificación)
En la tarifa plana de 24 meses, debes sumar estos otros requisitos:
- Si eres autónomo con discapacidad, la resolución de la Administración que acredita tu grado de discapacidad.
- Si eres autónoma víctima de la violencia de género, te sirven uno de estos documentos: la certificación de los servicios sociales u orden del Ministerio Fiscal, la sentencia condenatoria, una orden de protección u otra medida cautelar impuesta por un juez.
- Si eres autónomo víctima del terrorismo, el certificado de víctima del terrorismo del Ministerio del Interior.
Habrás observado que la tarifa plana excluye al autónomo colaborador.
Pero… ¿Y si soy autónomo societario? ¿Tengo derecho a la tarifa plana de 80 €?
Vamos a verlo aparte, porque este merece un poco más de detalles 🧐
¿Tiene un autónomo societario tarifa plana?
Sí, un autónomo societario tiene derecho a la tarifa plana. Y bajo las mismas condiciones:
- 80 € al mes (86,66 € en 2024)
- Duración de 12 meses (con prórroga de 12 meses)
- O 24 meses (con ampliación a 12 meses) si tiene discapacidad o es víctima de la violencia de género o del terrorismo
Lo único que varía es la base de cotización.
Los autónomos con tarifa plana cotizan por la base mínima, que en 2024 es de 950,98 € al mes.
En cambio, los societarios cotizan por una base mínima de 1.000 €.
Y ahora veamos lo que realmente importa: cómo acogerte a la tarifa plana de autónomos 😉
¿Cómo solicitar la tarifa plana de autónomos?
Solicitar la tarifa plana de autónomos es sencillo.
Lo que debes vigilar son los plazos. Porque no se pueden extender.
Y es que has de solicitar la tarifa plana en el formulario de alta en el RETA de la Seguridad Social.
Por ejemplo, si te das de alta a través de Importass, la plataforma online de la Seguridad Social, te informará si tienes derecho a alguna deducción.
Si es así, te aparecerá la opción de la tarifa plana.
Pues bien, deberás marcarla.
De no hacerlo… En fin, de no hacerlo, como decíamos, habrás perdido tu oportunidad.
Y no hay marcha atrás 😬
Tampoco para la prórroga…
¿Cómo solicitar la prórroga de la tarifa plana de autónomos?
Para la prórroga de la tarifa plana de autónomos, la Seguridad Social ha creado un formulario rápido en Importass.
Lo encontrarás en Altas, bajas y modificaciones, clicando sobre Prórroga de la tarifa plana.
Para acceder al trámite, necesitarás un certificado electrónico como el certificado digital, el DNI electrónico o la Cl@ve PIN.
La solicitud deberás acompañarla de una declaración.
En esa declaración aseguras que no tienes previsto que tus rendimientos netos superen el SMI en el año de la prórroga.
Recuerda que, si lo superas, la Seguridad Social te exigirá la diferencia al año siguiente.
¿Cuál es el plazo de solicitud para la prórroga de la tarifa plana de autónomos?
La ampliación de la tarifa plana debes solicitarla antes de que termine su periodo inicial.
Es decir, antes de que se cumplan los 12 meses de bonificación.
O los 24 meses, si eres autónomo con discapacidad, víctima de violencia de género o del terrorismo.
De lo contrario… lo que te contábamos: la Seguridad Social no da segundas oportunidades 🥺
Y hablando de oportunidades… ¿Hay otras bonificaciones más allá de la tarifa plana?
Sí, las hay. Y a continuación te las comentamos.
Otras 6 bonificaciones de autónomos en 2024
Afortunadamente, hay otras bonificaciones para autónomos.
Todas están vigentes en 2024.
Cuando hablamos de bonificaciones nos referimos, claro está, a la reducción de la cuota de autónomos de la Seguridad Social.
Estas bonificaciones están destinadas a determinados tipos de nuevos autónomos que no se pueden beneficiar de la tarifa plana de 80 €.
Por ejemplo, los autónomos colaboradores y los autónomos pluriactivos (aquellos que también trabajan por cuenta ajena).
Y también para autónomos que, por su situación familiar o por maternidad, tuvieron que parar la actividad.
¿Las vemos con más detalle? 😊
1) La tarifa plana para madres autónomas reincorporadas
Se la conoce como tarifa plana para madres autónomas reincorporadas, aunque se trate de otro tipo de bonificación.
Está pensada para mujeres autónomas que tuvieron que dejar su actividad por la maternidad (también incluye la adopción).
El requisito para beneficiarse es haberse reincorporado dentro de los 2 años siguientes desde el cese.
La bonificación consiste en una reducción del 80 % de la cuota de autónomo por contingencias comunes (que supone el 90 % de lo que pagas de cuota).
Y la puedes disfrutar un máximo de 2 años.
Esta bonificación debes solicitarla al reincorporarte en el RETA.
2) Bonificación por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación
Tienes opción a esta bonificación si tienes que parar tu actividad debido a una de las siguientes causas:
- El cuidado de un hijo menor de 12 años
- Tener a cargo a un familiar dependiente
- O a un familiar discapacitado
La reducción consiste en el 100 % de la cuota de autónomo por contingencias comunes.
Duración es de 12 meses.
Para poder disfrutarla debes contratar a alguien que te sustituya.
Si el parón es a tiempo parcial, la bonificación es del 50 % de la cuota.
3) La tarifa plana del autónomo colaborador
El autónomo colaborador o familiar no tiene derecho a la tarifa plana.
Esto no se debe a la mala baba de nuestros legisladores 😏
Simplemente, un autónomo colaborador tiene su propia bonificación.
Esta consiste en:
- Un 50 % de reducción en la cuota de autónomo durante los primeros 18 meses de actividad
- Un 25 % de reducción en la cuota en los 6 meses siguientes
La reducción se aplica en la cotización por contingencias comunes.
Y sobre una base de cotización de 1.000 € al mes.
Es decir, que en tus primeros 2 años de actividad como autónomo colaborador cotizarás por una base de 1.000 € al mes y pagarás:
- 141,5 € de cuota de autónomo durante los primeros 18 meses
- 212,25 € de cuota en los siguientes 6 meses
¿Cómo hemos llegado a este cálculo?
Es muy sencillo: primero aplicas el porcentaje por contingencias comunes a los 1.000 € de base de cotización.
Ese porcentaje es del 28,3 % en 2024.
Y al resultado, aplicas los porcentajes de reducción de la cuota: 50 % los primeros 18 meses y 25 % los siguientes 6 meses 🧮
Y ya lo tienes.
4) El autónomo en pluriactividad y la tarifa plana
Si eres autónomo en pluriactividad tu situación es distinta.
Puedes beneficiarte de la tarifa plana si al darte de alta como autónomo ya trabajas por cuenta ajena.
También tienes otra bonificación, pero está destinada en caso de que, como autónomo pluriactivo, compatibilices el trabajo como empleado con el control de una empresa emergente.
¿Y qué es una empresa emergente? Muy resumido:
- Son empresas de nueva creación que se dedican a la innovación tecnológica.
- Tienen que tener su sede social en España.
- Y al menos el 60 % de la plantilla debe tener contrato laboral en nuestro país.
Si este es tu caso, puedes beneficiarte de una bonificación del 100 % en tu cuota de autónomo durante un máximo de 3 años.
Vamos, que no pagarías ni un céntimo por tu cuota de autónomo.
¿Y el resto de autónomos pluriactivos?
El resto de autónomos pluriactivos tiene 2 opciones:
- Pedir la tarifa plana.
- No cotizar por contingencias comunes; ya que, como empleado, cotizas por ese concepto.
En este último caso, te ahorras el 90 % de la cuota de autónomo.
¿Que cotizas de más? Entonces la Seguridad Social te devolverá de oficio —sin que tengas que solicitarlo— el exceso de cotización.
¿Y qué opción elegir, la tarifa plana o no cotizar por contingencias comunes?
Nosotros te aconsejamos optar por la tarifa plana. Te será más rentable, ya que pagarás menos.
5) Bonificación para autónomos que deben cuidar de un menor con una enfermedad grave
Si por mala fortuna tienes un hijo menor que sufre una enfermedad como el cáncer (u otra igualmente grave) puedes acceder a una bonificación del 75 % sobre la cuota de autónomo.
Esta se aplica sobre las contingencias comunes.
Su duración está condicionada por la situación del menor al que cuidas, el tiempo que haga falta.
6) Bonificación para autónomos artistas
¿Te dedicas a una actividad artística?
Es decir, a una actividad relacionada con las artes escénicas, audiovisuales y musicales o como técnico o auxiliar de estas actividades.
Si es así, con el nuevo estatuto del artista puedes elegir cotizar por una base mínima de 526,14 € al mes.
O dicho de otra manera: que cada mes pagarías una cuota de autónomo de 164,68 €, en lugar de la mínima de 230 € que paga el resto de autónomos en 2024.
Las condiciones: que tus rendimientos netos (la diferencia entre tus ingresos y gastos) sean inferiores a 3.000 € al año o 250 € al mes.
Además, tienes la opción de pagar tu cuota por trimestre, en lugar de cada mes:
- En abril ingresas la cuota de autónomo de enero, febrero y marzo
- En julio, la de abril, mayo y junio
- En octubre, la de julio, agosto y septiembre
- En enero del siguiente año, la de octubre, noviembre y diciembre
También puedes pagarla cada mes. Como tú quieras 😄
“La pérdida de la bonificación de la tarifa plana de autónomos” y otras preguntas habituales
En esta guía sobre la tarifa plana de autónomos nos hemos dejado algunas preguntas por responder (¡son tantas!).
Así que a continuación encontrarás respuesta a las más habituales.
También puedes reservar una consulta gratuita con uno de nuestros mentores fiscales.
Y salir ya de dudas con todo lo que tenga que ver con la tarifa plana, otras bonificaciones para autónomos e impuestos.
¿En qué consiste la pérdida de la bonificación de la tarifa plana de autónomos?
Se llama pérdida de la bonificación de la tarifa plana a distintas situaciones como:
- Al segundo año de autónomos, porque la tarifa plana estándar es de 12 meses y tus ingresos netos superan el SMI para prorrogarla
- Fuiste autónomo en los 2 años anteriores
- Te beneficiaste de la tarifa plana en los 3 años previos
- Te diste de alta fuera de plazo en la Seguridad Social
- Te diste de alta primero en Hacienda y luego en la Seguridad Social
En todos estos casos, pierdes la tarifa plana:
- Porque el segundo año tus ingresos ya superan el SMI.
- Porque no puedes beneficiarte de la tarifa plana si ya fuiste autónomo en los últimos 2 años o ya disfrutaste de la tarifa plana en los últimos 3 años.
- Porque el alta fuera de plazo en la Seguridad Social supone perder tu derecho a una bonificación.
- Porque el alta en Hacienda y la Seguridad Social debe ser simultánea: no puedes empezar antes dándote de alta en Hacienda y más tarde en la Seguridad Social.
Descubre más en nuestro artículo: Cuándo darse de alta como autónomo: las 7 dudas más frecuentes.
¿Cuál es la base de cotización de la tarifa plana de autónomos?
Durante el tiempo que estás disfrutando de la tarifa plana para autónomos, cotizas por la base mínima general, que en 2024 es de 950,98 € al mes.
Si eres autónomo societario, en tarifa plana cotizas por una base de 1.000 € al mes.
¿En qué consiste la ampliación de la tarifa plana de autónomos de Madrid y otras comunidades autónomas?
La ampliación de la tarifa plana de autónomos en Madrid y otras comunidades autónomas como Andalucía se conoce como cuota cero de autónomos.
Se conoce así porque bonifica la tarifa plana de 80 €. Es decir, el Gobierno autonómico te devuelve esos 80 € mensuales.
Las condiciones varían de comunidad en comunidad. Y no todas la ofrecen.
Puedes averiguar si tu comunidad de residencia tiene la tarifa cero, y cuáles son las condiciones, en nuestro artículo: Cuota cero para autónomos.
¿Un autónomo dependiente tiene tarifa plana?
Sí, el autónomo dependiente o TRADE tiene derecho a la misma tarifa plana, bajo las mismas condiciones: 80 € durante 12 meses, o durante 24 meses en casos particulares (autónomo con discapacidad o víctima de terrorismo o violencia de género).
¿Qué pasó con la tarifa plana de 60 euros de autónomos?
La tarifa plana de 60 € al mes desapareció con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de autónomos en 2023.
Los que entonces se beneficiaban, podían seguir haciéndolo hasta que se terminara (duraba 2 años, con una bonificación menor en el segundo año).
¿Son compatibles la tarifa plana de autónomos y el trabajo por cuenta ajena?
Sí, cuando eres pluriactivo porque cotizas en dos regímenes de la Seguridad Social (el general, como empleado, y el RETA, como autónomo) tienes derecho a la tarifa plana.
Deberás solicitarla en el momento del alta como autónomo.
Como alternativa, puedes renunciar a cotizar por contingencias comunes en autónomos (te ahorras el 90 % de la cuota).
Aunque, como te explicábamos antes, optar por la tarifa plana te saldrá más a cuenta (pagas menos).
¿Un autónomo con tarifa plana puede contratar trabajadores?
Sí, puedes contratar trabajadores si eres autónomo con tarifa plana.
Eso no hará que la pierdas 😀
¿Puedo reanudar la tarifa plana de autónomos?
No es posible reanudar la tarifa plana de autónomos una vez la has perdido.
Sea por el motivo que sea.
Tendrás que esperar 3 años sin ser autónomo para poder beneficiarte.
Por ejemplo, pongamos que eras autónomo con tarifa plana.
Te diste de baja para trabajar como empleado en una empresa. Y en menos de 3 años lo dejas (o te despiden) y te haces autónomo.
Pues bien, no tendrías derecho a la tarifa plana de 80 €.
¿Se cotiza por cese de actividad de autónomos con la tarifa plana?
No, la tarifa plana no incluye la cotización por cese de actividad, también conocida como paro del autónomo.
Cotizas, eso sí, por el resto de conceptos:
- Contingencias comunes (enfermedades o accidentes no profesionales)
- Contingencias profesionales (enfermedades y accidentes profesionales)
- Formación
- El MEI
Puedes solicitar, ahora bien, cotizar por cese de actividad. Pero eso aumentará la cuantía de tu cuota reducida.
¿Cómo se calcula la tarifa plana de autónomos?
Con la nueva tarifa plana de 80 € no tienes que calcular nada.
Pagas, simplemente, 80 € más el MEI (86,66 € en 2024).
¿Existe una tarifa plana de autónomos mayores de 50 años?
Los autónomos mayores de 50 años se pueden beneficiar de la tarifa plana de 80 €.
No existe, por lo demás, una tarifa plana especial para autónomos de esta edad o mayores.
¿Cuáles son los requisitos de la tarifa plana de autónomos para municipios con menos de 5.000 habitantes?
La tarifa plana rural desapareció con el nuevo sistema de cotización de autónomos, en 2023.
Pero como cualquier otro autónomo que empieza, tienes derecho a la tarifa plana regular de 80 € al mes.
No importa que vivas en un pueblo o en una ciudad.
No me han aplicado la tarifa plana de autónomos, ¿qué puedo hacer?
En primer lugar, no entrar en pánico.
La tarifa plana de autónomos la tienes que solicitar en el momento del alta.
Por lo que revisa tu alta de autónomo en la Seguridad Social y asegúrate de que la solicitaste.
Si lo olvidaste, lamentablemente, ya no se puede hacer nada.
También pueden existir otras causas: deudas con la Seguridad Social o Hacienda, haber disfrutado ya de la tarifa plana en los 3 años anteriores o haber sido autónomo en los 2 últimos años.
Recuerda también que el segundo año se deja de aplicar.
Y que la prórroga (cuando tus ingresos no superan el SMI) no es automática. Debes pedirla.
Para evitar estos contratiempos, te recomendamos siempre contar con el asesoramiento y buen hacer de expertos en autónomos.
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