La pregunta del millón que se hacen los tres millones de autónomos en España: ¿Cuánto paga un autónomo en impuestos?
No hay una respuesta exacta a esta pregunta, ya que no hay una cuota fija que se aplique por igual a todos los autónomos.
Pero sí que hay unos impuestos más o menos fijos por los que todos los autónomos deben tributar tarde o temprano durante el año.
A continuación, vamos a explicarte los impuestos de los autónomos y qué es lo que debes tener presente para calcularlos 👇
El pago trimestral de los autónomos
De entrada, los autónomos deben afrontar cada trimestre el pago de dos impuestos. Son estos:
- El IVA. O impuesto sobre el valor añadido. Grava el consumo y, en el caso de los autónomos, la entrega de bienes y la prestación de servicios.
- El IRPF. O impuesto sobre la renta de las personas físicas. Es el impuesto por el que los autónomos deben tributar su actividad.
En el pago trimestral del IVA hay algunas excepciones: aquellos autónomos que realizan una actividad exenta de IVA y los que pertenecen a regímenes especiales como el de recargo de equivalencia.
El IRPF tiene distintas vertientes: por un lado, están lo que se conoce como pagos fraccionados, que son adelantos en concepto de IRPF que un autónomo debe hacer a la Agencia Tributaria.
Y, por el otro, están las retenciones en facturas y los ingresos a cuenta, que son cantidades de IRPF que también debes pagar, pero de parte de otro contribuyente (un autónomo o un empleado).
No todos los autónomos deben efectuar pagos trimestrales del IRPF:
- Si aplicas retenciones a más del 70 % de tus facturas, no debes efectuar pagos fraccionados.
- Si ningún proveedor te aplica retenciones en sus facturas, no tienes empleados o no pagas retenciones por el alquiler de un local de negocio, tampoco debes hacer ingresos a cuenta.
Junto a los pagos trimestrales, también existen otras obligaciones fiscales. Pero esas te las contaremos más adelante 🤓
Ahora veamos más detenidamente todo esto que te hemos contado sobre el IVA y el IRPF.
Pero antes, un pequeño apunte: la cuota de autónomos que debes pagar cada mes a la Seguridad Social no es un impuesto estrictamente hablando (aunque algunos economistas lo consideren, en la práctica, un impuesto al trabajo).
Se trata, eso sí, de un gasto fijo con el que debes contar como autónomo cada mes y que Hacienda tiene en cuenta a la hora de calcular tu renta anual.
Cuánto paga de IVA un autónomo
El IVA de los autónomos tiene dos caras: el de sus ingresos y el de sus gastos.
Por lo que, para declararlo (o liquidarlo, en términos fiscales), debes tener en cuenta dos cosas:
- El IVA devengado o repercutido, que es el IVA de tus ingresos, es decir, el que aplicas a tus clientes
- El IVA soportado, que es el IVA de tus compras, es decir, el que pagas cuando compras bienes o servicios para poder desarrollar tu actividad
Lo que finalmente declaras como autónomo cada trimestre es la diferencia entres estos dos tipos de IVA.
Es decir, el resultado de restar el IVA de tus ingresos y el IVA de tus compras.
Cómo paga el IVA un autónomo
El IVA del trimestre lo declaras presentando el modelo 303.
Este modelo de autoliquidación lo tienes que presentar al finalizar el trimestre natural, siguiendo este calendario:
- Del 1 al 20 de abril presentas el IVA del primer trimestre (de enero a marzo)
- Del 1 al 20 de julio, el del segundo trimestre (de abril a junio)
- Del 1 al 20 de octubre, el IVA del tercer trimestre (de julio a septiembre)
- Del 1 al 30 de enero del año siguiente, presentas el IVA del cuarto trimestre (de octubre a diciembre)
En este modelo liquidas, como te explicábamos antes, el resultado de restar el IVA de tus ingresos y el IVA de tus gastos.
Si el resultado es positivo (el IVA de tus ingresos es superior al de tus gastos), tienes que pagar la diferencia a Hacienda.
Si el resultado es negativo (el IVA de tus compras es superior al de tus ingresos), Hacienda no te devuelve inmediatamente la diferencia 🥺
No sufras: lo podrás compensar en la siguiente declaración. Y si al llegar al cuarto trimestre del año, el resultado sigue siendo negativo, tienes dos opciones:
- Solicitar la devolución del IVA (lo harías, por tanto, en la declaración de enero)
- Compensarlo en la declaración siguiente (la de abril)
La liquidación del IVA trimestral viene acompañada de otra obligación fiscal: la de presentar un resumen informativo cada año.
Este resumen de IVA anual debes declararlo con el modelo 390 en el mes de enero.
Y como es informativo no tienes que pagar nada. Ahí solamente comunicas a Hacienda el IVA que has ido pagando cada trimestre.
Los autónomos pagan IRPF, ¿pero cuánto?
Si con el IVA pagas un impuesto que recae sobre tus ventas y compras, con el IRPF pagas un impuesto por realizar actividades económicas.
Una actividad económica es aquella dirigida a la producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Para entendernos: el trabajo que hacen autónomos y empresas.
Pero los autónomos, al ser personas físicas, deben tributar por el IRPF —como los trabajadores por cuenta ajena—, ya que por algo son las siglas del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
El IRPF se paga de manera anual, mediante la declaración de la renta.
Pero algunos autónomos, como te explicábamos más arriba, también están obligados a adelantar cada trimestre una parte de ese impuesto (los pagos fraccionados) o a ingresar una parte del impuesto de otros contribuyentes (retenciones o ingresos a cuenta de otros autónomos o empleados a tu cargo).
El IRPF que pagas depende de tus ganancias, también conocidas en la jerga fiscal como rendimientos netos.
Estas se calculan con una fórmula muy sencilla:
Y según el resultado, pagarás un porcentaje u otro.
Ese porcentaje a pagar depende de en qué tramo del IRPF se sitúen tus beneficios (o rendimientos netos).
El tramo es estatal y autonómico. Y en el porcentaje a pagar influyen los siguientes aspectos:
- Tu situación personal. Edad y si tienes alguna discapacidad igual o superior al 33 %.
- Tus circunstancias familiares. Si tienes hijos y su edad.
- Si te encuentras en el inicio de tu actividad como autónomo (menos de dos años).
- Tu comunidad autónoma de residencia, ya que el tramo autonómico varía (el estatal es igual para todos)
Pero también otros que tienen que ver con la situación particular de los autónomos: y son sus pagos trimestrales.
Es decir, si realizas pagos fraccionados de IRPF o aplicas retenciones en tus facturas, eso influirá en el IRPF final que pagas en la declaración anual de la renta.
¿Vemos con más detalle en qué consisten los pagos fraccionados y las retenciones?
Cómo calcular el IRPF trimestral del autónomo
Los pagos fraccionados consisten en pagar un 20 % de los rendimientos netos del trimestre.
Recuerda: rendimientos netos = ingresos menos gastos deducibles.
Así que los pasos que debes seguir son estos:
- Primero restas los ingresos y gastos deducibles de tu actividad trimestral
- Después calculas el 20 % del resultado
A continuación, Hacienda aplica las siguientes deducciones:
- Las retenciones de tus ingresos (en tus facturas con retención) desde el 1 de enero del año hasta el último día del trimestre que te toca declarar.
- Los pagos fraccionados que has presentado en las declaraciones anteriores del mismo año natural.
- Esto último no tienes que hacerlo si en el año anterior tus rendimientos netos (o beneficios) fueron inferiores a 12.000 €.
- En el caso anterior, Hacienda aplica una minoración (o reducción) del 25 % si tus beneficios fueron entre 11.000 € y 12.000 € anuales; del 50 % si fueron entre 10.000 € y 11.000 € al año; del 75 %, si estuvieron entre 9.000 € y 10.000 €; y del 100 % si estuvieron por debajo de 9.000 €.
¿Abrumado por tanta información y tantos cálculos? Más adelante te presentaremos una solución que te hará la vida más fácil 😊
¿Cuándo se paga el IRPF trimestral y cómo?
Los pagos fraccionados se efectúan a través del modelo 130. O el modelo 131 si eres autónomo en módulos.
El modelo 130 (o el 131) lo presentas siguiendo las mismas fechas que el modelo 303. Te las recordamos:
- Del 1 al 20 de abril para los pagos fraccionados del primer trimestre (de enero a marzo)
- Del 1 al 20 de julio para los del segundo trimestre (de abril a junio)
- Del 1 al 20 de octubre para los del tercer trimestre (de julio a septiembre)
- Del 1 al 30 de enero del siguiente año para los del último trimestre del año anterior (de octubre a diciembre)
Recuerda que si aplicas retenciones a más del 70 % de tu facturación no debes presentar este modelo.
Esto no quiere decir que vayas a pagar menos IRPF. Simplemente, Hacienda ya ajustará cuentas contigo en la declaración de la renta 🗳️
La retención en las facturas de los autónomos y el IRPF
Algunos autónomos deben aplicar retenciones de IRPF en sus facturas de venta.
Pero no todos: solamente aquellos que realizan una actividad profesional o artística y facturan a clientes que también son autónomos o empresarios.
El tipo general es del 15 %, pero los nuevos autónomos pueden aplicar el 7 % durante el primer año de actividad y los dos siguientes.
La retención se calcula sobre la base imponible, que es el importe de la factura antes de sumar los impuestos.
Cuando aplicas estas retenciones, tu cliente debe ingresarlas por ti a la Agencia Tributaria. Y esta las tendrá en cuenta a la hora de pasarte la factura anual del IRPF, es decir, en la declaración de renta.
Resumiendo: para el pago del IRPF anual, Hacienda tiene en cuenta si durante el año has realizado pagos fraccionados cada trimestre o has aplicado retenciones en tus facturas.
Otros impuestos trimestrales de los autónomos
Hasta aquí te hemos expuesto los impuestos más importantes y frecuentes que deben presentar los autónomos durante el año.
Pero hay otros que te pueden afectar según determinadas circunstancias:
- Si tienes proveedores que te aplican retenciones en las facturas o empleados en nómina, debes ingresar esas retenciones con el modelo 111.
- Si alquilas un local de trabajo y te aplican retenciones, debes ingresarlas con el modelo 115.
- Si tienes clientes o proveedores de otro país de la Unión Europea (UE), debes informar (no pagas nada) con el modelo 349 de operaciones intracomunitarias
Las fechas de presentación son las mismas que para los modelos 130 y 303 por lo que hace a los tres primeros trimestres:
- Del 1 al 20 de abril presentas la declaración del primer trimestre
- Del 1 al 20 de julio, la del segundo trimestre
- Del 1 al 20 de octubre, la del tercer trimestre
La fecha de presentación del último trimestre del año de los modelos 111 y 115 es del 1 al 20 de enero del año siguiente.
La del modelo 349, del 1 al 30 de enero.
Los modelos 111 y 115 tienen su correspondiente versión anual informativa (no pagas nada):
- El modelo 190 es la modalidad anual del modelo 111
- El modelo 180, la del modelo 115
La fecha de presentación de ambos modelos es en enero de cada año.
¿Muchas fechas? Puedes echarle un vistazo a nuestro calendario fiscal de 2023 para que no se te escape ninguna declaración.
Otras obligaciones fiscales de los autónomos
La Administración pública en España tiene tres niveles: el local, el autonómico y el nacional (o estatal).
De los impuestos estatales de los autónomos se encarga la Agencia Tributaria Estatal (o AEAT). Y consisten en lo que te hemos explicado hasta aquí: el IVA y el IRPF, básicamente.
Pero los autónomos tienen más obligaciones tributarias que dependen de su comunidad autónoma y su municipio de residencia.
Estas obligaciones fiscales son más específicas, por lo que no afectan a todos los autónomos. Dependen de su actividad y de otros factores que ahora te contamos.
Obligaciones fiscales de los autónomos con su comunidad autónoma
Son básicamente dos:
- El impuesto de sucesiones o donaciones. Grava las herencias y las donaciones de las personas físicas. En algunas autonomías está bonificada al 100 % (Andalucía y Madrid).
- El impuesto sobre transmisiones y actos jurídicos documentados. Grava la compraventa de bienes muebles e inmuebles; los gastos de constitución, disolución y ampliación de capital de una empresa; y los documentos notariales, mercantiles y administrativos necesarios para crear una sociedad.
Estos dos tributos, al estar regulados por las comunidades autónomas, varían de un territorio a otro.
Aunque el de transmisiones no debes pagarlo si vas a constituir una sociedad, no importa en qué autonomía residas.
Obligaciones fiscales de los autónomos con su municipio
A nivel local, puede que debas pagar los siguientes impuestos o tasas a tu ayuntamiento:
- El impuesto sobre bienes inmuebles (o IBI), si tu lugar de trabajo es de tu propiedad.
- El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (o IVTM), si usas un vehículo para tu profesión y es de tu propiedad.
- La tasa por licencias urbanísticas y control de comunicaciones previas (por las licencias de obra).
- La tasa por licencias de apertura de establecimientos, si tienes un establecimiento o local para desarrollar tu negocio.
- La tasa por la utilización privativa o por el aprovechamiento especial de dominio público local, si haces uso de espacios públicos exteriores a tu local de negocio como la entrada de vehículos, zonas de carga y descarga, puestos de venta o terrazas con mesas y sillas.
- Otras tasas municipales como la de recogida de basuras, servicio de alcantarillado y suministro de agua.
Cómo ahorrar al pagar tus impuestos de autónomo
¿Desquiciado por cálculos, fechas y declaraciones? Es normal: ¡hay que tener en cuenta tantas cosas!
Además, Hacienda no te deja pasar ni una si te equivocas (y ella es la perjudicada, claro) u olvidas presentar una declaración.
Con “no dejarte pasar ni una” nos referimos, por cierto, a multas y sanciones. Sí, Hacienda ni deja pasar ni una… ni se anda con chiquitas 😬
Y si a esto le sumas que la legislación no es muy precisa en uno de los aspectos claves de los dos principales impuestos, la cosa se complica aún más.
Ese aspecto clave son los gastos deducibles. Y son clave porque ahí está la diferencia entre ahorrar más, ahorrar menos o no ahorrar nada en impuestos.
En Declarando hemos hecho el siguiente cálculo: los autónomos pueden ahorrar hasta 4.000 € en impuestos al año.
Este no es un cálculo hecho a ojo de buen cubero: es lo que conseguimos que se ahorren nuestros clientes de media.
La clave, como te contamos, son los gastos deducibles. Es decir: saber qué gastos puedes deducir y cómo justificarlos a Hacienda.
Además de ahorrar en impuestos, con Declarando tampoco tendrás que preocuparte por fechas ni cálculos: nuestro software de impuestos para autónomos lo hace automáticamente y te envía una notificación cuando te toca presentar una declaración.
Tu único trabajo —si a esto se le puede llamar trabajo— será hacer un par de clics con el ratón. Y no exageramos.
¿Quieres dejar de preocuparte por tus obligaciones con Hacienda y empezar a ahorrar en impuestos? Solicita ahora una llamada gratuita y uno de nuestros asesores te enseñará cómo cuidar de tu dinero.