La fiscalidad de las criptomonedas en España: guía completa para autónomos

¿Operas con criptomonedas? ¿Conoces su fiscalidad? Te contamos todo lo que necesitas saber como autónomo para no cometer errores con Hacienda.
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Artículo escrito por expertos

¿Es obligatorio declarar las criptomonedas en la renta? ¿Tengo que presentar algún modelo? ¿En qué epígrafe debo darme de alta? ¿Cuáles son las multas por no declarar criptomonedas?

No nos vamos a engañar, la fiscalidad de las criptomonedas todavía es un poco ambigua. Es verdad que poco a poco, todo se va adaptando a esta nueva forma de entender la economía, pero queda camino. 

Nosotros, por nuestra parte, vamos a poner un poco de luz con esta guía para resolver las dudas más frecuentes sobre la fiscalidad. Lo vamos a hacer basados en la información actualizada según los pasos que va dando el Gobierno.

Porque las criptomonedas han llegado como un boom que cada vez coge más fuerza en todo el mundo, en el de los autónomos también.

Qué son las criptomonedas

Las criptomonedas son monedas virtuales creadas al margen de las instituciones y gobiernos que usan la encriptación como medio (spoiler, aunque vivan al margen también se tienen que declarar, ahora te contamos todo bien).

Estas monedas empezaron a ser una realidad en 2008 cuando Satoshi Nakamoto propuso, yendo al revés de los bancos e instituciones, el pago electrónico mediante una red independiente. Habló de pagos “de igual a igual”. 

Meses después se lanzaron las primeras monedas electrónicas: los Bitcoins.

Con las monedas electrónicas (o criptomonedas) se pueden hacer operaciones comerciales, como harías con cualquier otra moneda. Además, puedes cambiarlas por euros.

En España, las criptomonedas empezaron a ser una realidad en 2015 cuando se autorizó el pago con ellas. 

Hoy en día, no solo existe el Bitcoin, hay muchas monedas que conviven en este entorno con protocolos propios. Unas son más conocidas y otras menos. Entre ellas destacan: Litecoin, Ethereum, Monero o Neo. 

La minería de criptomonedas

En las criptos también hay mineros, no de los de antaño pero sí que están pico y pala retóricamente.

La minería es el proceso por el que una persona, denominada en este entorno como “minero”, verifica las transacciones de criptomonedas, normalmente creando nuevos bloques, para recibir a cambio un interés en forma de moneda virtual.

Así a groso modo, la finalidad es encontrar la solución al algoritmo de una criptomoneda y luego conseguir el beneficio por haberlo resuelto.

Si nos centramos en mirar el IVA, las operaciones de minado se consideran no sujetas al impuesto. 

Este criterio es común en toda Europa y Hacienda lo respeta porque no existe un cliente final en la prestación del servicio de minado. No hay nadie a quien emitirle la factura y entonces tampoco hay nadie a quien aplicarle el IVA por esta operación.

Un dolor de cabeza menos para el autónomo que mina

Hacienda y las criptomonedas: ¿es obligatorio declarar las criptomonedas en la renta?

Vamos con el quid de la cuestión, la fiscalidad de las criptomonedas. A la pregunta de si es obligatorio incluir en la declaración de la renta tus criptomonedas la respuesta es: depende.

Depende de tus ganancias y de si tienes la obligación de presentar la declaración de la renta.

Es decir, si por norma general presentas la renta porque tienes una nómina que declarar, por ejemplo, tienes la obligación de incluir las criptomonedas, da igual el volumen de ganancias.

Por otro lado, si no tienes la obligación de presentar la renta pero sí que has ganado 1.500 € o más, también tienes que declararlas igualmente.

Además, cuidado porque una vez has incluido las criptos en la renta, estarás obligado a declarar siempre este tipo de ganancias.

En el otro lado están las pérdidas, tienes la obligación de declararlas si presentas la renta pero no es obligatorio declararlas, en este caso, si no pasan de 500 €.

De todas formas, nosotros siempre recomendamos incluirlas para compensar en un futuro las pérdidas y las ganancias.

Si tienes dudas con esto, no te preocupes porque podemos ayudarte en una llamada gratuita de asesoramiento con nuestro equipo experto en fiscalidad de las criptomonedas para autónomos

Operaciones que se tienen que declarar en el IRPF

En general, deben incluirse en IRPF todas las operaciones corrientes con criptomonedas a excepción de las que no generen un cambio en el patrimonio (luego te contamos). Entre las más destacadas que sí que es obligatorio declarar se encuentran:

  • Permuta/swap: cambio de un criptoactivo por otro
  • Venta: transmisión de criptoactivos a cambio de dinero fiduciario (el dinero del mundo cripto)
  • Minería: como hemos comentado es la actividad que genera nuevos bloques para redes blockchain
  • Airdrops: reparto gratuito de tokens o hay veces que a cambio de datos personales, actividades de promoción, etc
  • Forks: bifurcaciones de código que normalmente crean un nuevo proyecto en el sector y con ello un criptoactivo nuevo
  • Lending: préstamo de criptoactivos a otro para obtener el beneficio principal pero, además, intereses al vencimiento del plazo 

Estas son algunas de las operaciones más comunes en la fiscalidad de las criptomonedas que sí que generan la obligación de declarar.

¿El holding se declara en la renta?

Este tipo de operación merece un apartado diferenciado en la fiscalidad de las criptomonedas porque es de ese tipo de gestiones que no sigue las mismas normas que el resto de operaciones con monedas virtuales.

El holding es conocido por la estrategia de comprar en un momento puntual bitcoins u otro tipo de criptoactivos y dejarlo ahí durante años sin operar.

Pues bien, para Hacienda esta operación no es necesario declararla puesto que no has gastado ni utilizado ese dinero. Tampoco el traspaso de criptomonedas de un monedero virtual a otro.

Llegará el momento de hacérselo saber a Hacienda cuando utilices ese dinero derivado de la compra de criptos.

El modelo 100 de la renta en las criptomonedas

El modelo 100 es esa parte de la renta donde se declaran estas monedas virtuales. 

¡Y cuidado! Muy importante, la AEAT explica que hay operaciones que se hacen con las criptomonedas que tienen que declararse por ley. Es algo un poco engorroso pero no hacerlo supone un delito. Estas operaciones son:

  • Los intercambios entre criptomonedas durante el año, es decir, si cambias Bitcoins por Ethers, esto lo tienes que registrar (aunque te dé pereza, lo sabemos). Tienes que incluir la diferencia entre el valor de adquisición de la criptomoneda y el valor de mercado de la moneda que has recibido. Podemos ayudarte con esto.
  • También tienes que declarar las conversiones de criptomonedas a euros. Debes incluir solo los movimientos del último año.

Este tipo de operaciones se declaran en Renta como una ganancia o pérdida patrimonial, indicando la diferencia entre lo que se suele llamar “el valor de adquisición” (lo que te costó al comprarla) y “el valor de transmisión” (cuánto vale lo recibido).

En el caso de que te dediques a la minería que antes hemos comentado, declararás esos ingresos en la Renta en el apartado de Rendimientos de Actividades económicas.

Modelo 720, 721 y las criptomonedas: novedades 2023

Una de las grandes novedades relacionadas con las criptomonedas viene con la presentación de los modelos.

Después de años esperando una ley clara, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal donde se mencionaba explícitamente la obligación de declarar las criptomonedas con el modelo 720.

Bien, pues el Tribunal de Justicia Europeo ha tumbado el régimen sancionador de este modelo porque incumple la normativa europea y España ha lanzado el modelo 721 dirigido únicamente a las criptomonedas. 

Este modelo se pondrá en marcha para declarar el año 2023, por lo que se presentará en 2024. De momento en 2023 sigue vigente el modelo 720.

Para que te hagas una idea, el modelo 720 es una declaración informativa sobre los bienes y derechos que tienes fuera de España. 

Ya había dudas sobre las obligaciones de declarar o no los bienes en el extranjero sobre todo cuando hablamos de criptomonedas porque su legalidad todavía está bastante indefinida.

Y es que es complicado porque son intangibles virtuales y están enmarcadas en un nuevo modelo de comercio global. Todavía queda mucho camino por andar.

Como siempre decimos, que sea un modelo informativo no implica que no tengas la obligación de presentarlo. Siempre que tengas un saldo superior a 50.000 € en criptomonedas estás obligado a hacerlo.

Además, no presentar un modelo o hacerlo mal (cuando estás obligado), es una infracción muy grave y puede traerte importantes sanciones económicas. Así que si tienes la obligación de hacerlo, no te lo pienses dos veces.

Puedes encontrar más información en nuestro artículo sobre los modelos que presentar a Hacienda relacionados con las criptomonedas.

Una mujer sentada en el suelo de su salón con un ordenador para ver la fiscalidad de las criptomonedas en España

Impuesto de patrimonio y las criptomonedas

El impuesto sobre el Patrimonio también se mete en la fiscalidad de las criptomonedas. Este sirve para declarar los bienes de un autónomo y es complementario al IRPF

Si dentro de esos bienes incluyes el saldo en las criptomonedas, acciones o participaciones de este tipo, debes declararlos.

El límite en este tipo de bienes lo dicta cada comunidad autónoma. Si el total de tus bienes el último día del año, supera el límite de tu comunidad autónoma, estás obligado a declararlo. 

Para que te hagas una idea a grosso modo, de media, el límite suele estar sobre los 600.000 € pero como te decimos, depende de cada comunidad autónoma. 

En cuanto a la forma de declarar este impuesto sobre el patrimonio, la Agencia Tributaria ha habilitado el modelo 714 específicamente para hacerlo. 

Modelo 714 de declaración sobre el patrimonio

El modelo 714 es ese documento que declara el valor de todos los bienes que tienes, es decir: el patrimonio.

Como hemos visto, las criptomonedas aumentan el valor de tu patrimonio y por eso, es importante para Hacienda que las declares dentro de este modelo.

La información sobre las criptos tienes que trasladarla al modelo en los apartados que van del 2 al 8. En ellos se explican los bienes, derechos y deudas. 

Tienes que incluir el saldo que has conseguido de las criptomonedas, indicando de dónde viene.

Ya sabes que en Declarando tenemos la presentación de impuestos automatizada para que no tengas que preocuparte por ello. Puedes solicitar una llamada gratuita de asesoramiento y probarlo.

Epígrafe para la compraventa de criptomonedas

Otra de las dudas normales al darte de alta como autónomo (por experiencia) es el tipo de IAE que debes seleccionar dependiendo de tu actividad.

En el caso de las criptomonedas, por ejemplo en la compraventa de Bitcoins, no hay un epígrafe que describa esta actividad en concreto.

La ley establece que cuando no estén especificadas se recogerán provisionalmente en el IAE dedicado a las actividades no clasificadas en otra parte (n.c.o.p), este es el epígrafe 831.9.

Multas por no declarar criptomonedas en España

Sí, no declarar las monedas virtuales o hacerlo mal puede traerte multas porque se considera una infracción según la fiscalidad de las criptomonedas en España.

El llamado Plan Anual de Control Tributario y Aduanero explica los riesgos fiscales relacionados con las criptomonedas y anuncia nuevas medidas para controlarlas. 

Entre ellas destacan las sanciones de 5.000 € para los autónomos que engañen u oculten información en contra de la AEAT. 

Literalmente explica: “constituyen infracciones tributarias no presentar en plazo y presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas a que se refiere esta disposición adicional”. 

Además, por presentar fuera de plazo explica lo siguiente: “la sanción será de 100 € por cada dato o conjunto de datos referidos a cada elemento patrimonial individualmente considerado según su clase, con un mínimo de 1.500 €, cuando la declaración haya sido presentada fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria”.

Las multas en este tipo de casos, se recogen en el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Estas multas son aplicables cuando hablamos, sobre todo, del modelo 720. La renta tiene otro funcionamiento distinto.

Normalmente, las multas en la declaración de la renta no tienen una cantidad específica sino que se calculan en porcentajes. La mayoría de veces este porcentaje es de un 26 % de lo que se ha dejado de pagar como mínimo. 

La situación cambia, si presentas voluntariamente una declaración complementaria, entonces tendrás un recargo del 5, 10, 15 o 20 %, dependiendo del tiempo que tardes desde el momento en que tendrías que haber presentado la declaración original.

Entonces… ¿si opero con criptomonedas cuál es el resumen de lo que tengo que presentar?

Igual después de leer la guía te parece que es mucha información sobre la fiscalidad de las criptomonedas de golpe, pero vamos a resumirlo en este apartado para tener la información de forma más esquemática y visual.

Lo primero es saber que la minería en criptomonedas no tiene IVA pero tienes que declarar esos ingresos en la Renta en el apartado de Rendimientos de Actividades Económicas.

También es importante destacar cuándo tienes que declarar las monedas virtuales en la renta y como hemos visto, tendrás que presentar la renta si has ganado más de 1.500 €. No tendrás que declarar las pérdidas si no superan los 500 €.

Además, también vas a tener que declarar en el modelo 100 todos los cambios de monedas y las conversiones de criptomonedas a euros. El holdeo no se declara.

Otro modelo de impuestos que vas a tener que presentar es el modelo 720 para declarar las criptos y a partir del 2024, es el 721, la novedad de Hacienda.

En el impuesto sobre el patrimonio entran en juego las comunidades autónomas y tendrás que comprobar los límites que pone la tuya para incluir o no estos ingresos y presentar el modelo 714, porque pueden variar muchísimo.

Este es el resumen con lo más importante si tienes criptomonedas, pero si tienes cualquier duda con la fiscalidad de las monedas virtuales más allá de lo que hayamos comentado, ya sabes que tenemos a un equipo de expertos a un click que te atenderán en una llamada gratuita de asesoramiento

Mónica Serra
Autor:
Mónica Serra
Mónica lidera el equipo jurídico de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a más de 100.000 autónomos. Disfruta usando sus conocimientos fiscales para ayudar al máximo a la comunidad autónoma, haciendo deporte y leyendo un buen libro en la playa.
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