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ArtĆ­culo escrito por expertos

Ingresos por comisión: todo lo que debes saber para declararlos

Es una de las maneras mÔs fÔciles de empezar a ganarse la vida. 

No necesitas muchos recursos. Ni tampoco una gran infraestructura: un telĆ©fono, internet, un ordenador, quizĆ” un vehĆ­culo… Ā”y ale, a comerse el mundo!

Pero cobrar por comisión supone unas obligaciones: darse de alta de autónomo, declarar los ingresos y saber facturÔrselos a tus clientes para estar en paz con Hacienda. 

En lo que sigue vamos a aclararte todas las dudas que puedas tener sobre cómo declarar tus ingresos por comisión y todo lo que implica. 

Qué aprenderÔs en este artículo 

  • Cómo funciona cobrar por comisión y quĆ© implica ser comisionista
  • CuĆ”ndo debes darte de alta como autónomo al cobrar comisiones
  • QuĆ© epĆ­grafe del IAE corresponde a tu actividad de intermediación
  • Cómo aplicar correctamente el IVA y el IRPF en facturas por comisiones

Qué es cobrar por comisión y qué es un comisionista

Un corredor de seguros, un agente inmobiliario, un agente comercial de vehículos o un profesional que se dedique al marketing de afiliación tienen una cosa en común: ofrecen servicios de intermediación entre una empresa y un comprador.  

Y, a cambio, reciben un porcentaje o cantidad fija de la transacción. 

Ese porcentaje, o esa cantidad, es lo que se conoce como comisión. Y en esa comisiónĀ  —o comisiones— se basa los ingresos de su actividad.Ā 

Muy, muy resumido esto es lo que se entiende por cobrar por comisión. 

¿Pero son todos los profesionales que cobran por comisión comisionistas?  

Pues verÔs: desde un punto de vista comercial y legal no todo aquel que cobra por comisión es un comisionista 😯

La ley diferencia entre comisionista y agente comercial. Los dos hacen de intermediarios y cobran por comisión, pero los diferencia que el comisionista trabaja de manera ocasional para la empresa y el agente comercial lo hace de forma regular. 

Y como el agente comercial lo hace de manera regular, existe una ley (la Ley sobre Contrato de Agencia) que regula la relación entre el agente comercial y la empresa como sus obligaciones, la firma de un contrato u otros aspectos como la retribución o la indemnización. 

Las obligaciones de los comisionistas también estÔn reguladas, pero por el Código de Comercio. 

Este permite a los comisionistas no solo trabajar a cuenta de la empresa comitente (como hace un agente comercial de manera regular), sino también en nombre propio, es decir, sin que el cliente final conozca, por ejemplo, la empresa, y asumiendo, ademÔs, todo el riesgo de las operaciones.   

No queremos liarte con tanta legislación. Con que te quedes con estas diferencias es suficiente para todo lo que te vamos a contar a continuación. 

¿Se pueden cobrar comisiones sin ser autónomo? 

Tanto si vas a trabajar de comisionista como de agente comercial debes hacerte autónomo. Y esto con independencia de que ingreses mucho o poco. 

Si es una actividad habitual, estÔs obligado al alta de autónomo en la Seguridad Social. Y como vas a realizar una actividad económica, también tienes que hacerlo en Hacienda. 

¿Que es una actividad esporÔdica o puntual? En tal caso, la Seguridad Social recomienda consultar a la Inspección de Trabajo. Ahí analizarÔn tu situación y decidirÔn si debes darte de alta o no en el RETA (el régimen de autónomos). 

Eso sí: tendrÔs que declarar tus ingresos a Hacienda sí o sí. 

Y ya que hablamos de Hacienda, veamos ahora un punto que genera un poco de confusión: el impuesto sobre actividades económicas. 

El IAE de un comisionista o agente comercial

Un poco de contexto, por si estÔs a punto de empezar: para darte de alta de autónomo en Hacienda debes presentar el modelo 036 o 037 (el modelo 037 es la versión sencilla para autónomos). 

En este modelo debes indicar el epígrafe del impuesto de actividades económicas (o IAE, por sus siglas). 

Ese epígrafe señala el tipo de actividad que realizas. Y aunque se llama impuesto, como autónomo no tienes que pagarlo. Pero tienes que elegir un epígrafe.  

¿Y qué epígrafe debes elegir si eres comisionista o agente comercial? 

Pues depende.Ā 

Estos son los epĆ­grafes que, segĆŗn la Agencia Tributaria, puedes elegir como comisionista:Ā 

  • 631. Intermediarios del comercio. Es aquel que puede cobrar por el producto, almacenarlo o entregarlo. Es el mĆ”s genĆ©rico para todo aquel que realiza tareas de intermediación entre vendedor y comprador sobre venta de productos.Ā Ā 
  • 712. Agentes y corredores de seguros. EstĆ” pensado para autónomos que hacen de intermediarios en la venta de seguros.Ā 
  • 724. Intermediarios promoción edificaciones. Este es para agentes inmobiliarios no colegiados que se dedican a mediar en la compra y venta de inmuebles.Ā 
  • 727. Agentes o intermediarios prestamos. Y este otro para agentes inmobiliarios que se dedican a facilitar prĆ©stamos sobre bienes inmuebles o derechos inmobiliarios.
  • 746. Corredores de comercio libres. Es para autónomos que hacen de intermediarios en asuntos mercantiles (como firma de contratos mercantiles), pero no estĆ”n colegiados (los que lo estĆ”n son funcionarios).Ā 
  • 749. Corredores intĆ©rpretes y corredores marĆ­timos. Para autónomos que se dedican a distintas labores de trĆ”fico marĆ­timo.Ā 
  • 769. Otros servicios de telecomunicación. Aunque por la descripción no lo parezca, este es el que debes elegir si te dedicas al marketing de afiliación.
  • 841. Representantes tĆ©cnicos del espectĆ”culo. Para managers, apoderados, representantes artĆ­sticos, promotores y directores de festivales.
  • 852. Apoderados y representantes taurinos. Parecido al anterior, pero para actividades taurinas.Ā 
  • 855. Agentes y corredores de apuestas.Ā 

Y estos los mÔs frecuentes para agentes comerciales:  

  • 511. Agentes Comerciales. Pensado para aquellos agentes comerciales autónomos que estĆ©n colegiados.Ā 
  • 599. Otros profesionales relacionados con comercio y hostelerĆ­a. Para agentes comerciales no colegiados, cocineros a domicilio, servicios de peluquerĆ­a a residencia de ancianos (si no estĆ”s colegiado) o comisionistas no colegiados que se dedican a intermediar para la celebración de un contrato.
  • 711. Actuarios de seguros.Ā 
  • 771. Agentes cobradores. AquĆ­ se incluyen agentes cobradores de facturas, de efectos comerciales, de prĆ©stamos y derechos de todas clases.
  • 834. Servicios propiedad inmobiliaria e industrial. Para intermediarios en la compraventa de inmuebles.Ā 

SĆ­, hay epĆ­grafes para elegir, Āæverdad? šŸ˜…

Por cierto: Hacienda tiene un buscador de epĆ­grafes muy Ćŗtil para orientarte, ya que muestra ejemplos de distintas profesiones segĆŗn el epĆ­grafe.Ā 

Aun asĆ­, creemos que el IAE es un asunto muy serio, por lo que te recomendamos siempre consultarlo con un experto fiscal.Ā 

¿CuÔl es el IVA de las comisiones por intermediación?

AquĆ­ es cuando importa si eres agente comercial o un intermediario de comercio.Ā  un comisionista.Ā 

Ya que, como te mostraremos ahora, eso puede afectar al IVA de tu actividad y a la manera de facturar tus servicios.Ā 

ĀæLo vemos uno a uno? šŸ‘‡

El IVA de las comisiones de un agente comercial

Cuando eres agente comercial para una empresa, tienes que facturar tus servicios.Ā 

Es decir, que debes emitir una factura, según los términos que hayÔis fijado, y aplicar el IVA del 21 % a las comisiones. 

Aquí hablamos de comisiones en un sentido genérico, ya que la ley de los agentes comerciales también contempla el cobro de una cantidad fija en lugar de un porcentaje. 

El IVA de las comisiones de un comisionistaĀ 

Hay dos tipos de comisionistas: los que intermedian por cuenta ajena y los que lo hacen en nombre propio.Ā 

Por cuenta ajena quiere decir que tĆŗ haces de intermediador en la venta del servicio o producto. Pero luego es la empresa (el comitente) la que se encarga del resto, es decir, de entregar el producto o prestar el servicio.Ā 

En este caso, debes facturar tus comisiones a la empresa. Y aquĆ­ pasa como con los agentes comerciales, que debes aplicar el 21 % de IVA por tus servicios en la factura.Ā 

Si, en cambio, eres un comisionista que actĆŗa en nombre propio la cosa cambia. Ā 

En nombre propio quiere decir que no solo intervienes en la venta del servicio o producto, sino que también te encargas de su entrega o prestación. 

Es decir, que efectĆŗas dos operaciones:Ā 

  • La compra del bien o servicio a la empresa (comitente)
  • La venta de ese bien o servicio al comprador final

Pues bien, en este caso, el tipo de IVA de tus servicios (el de tu comisión) es el IVA que se aplica al producto o servicio que luego vas a entregar al comprador final. 

Es decir, que si se trata de un producto con un IVA al 10 %, deberÔs aplicar ese tipo de IVA a la factura que emitas a la empresa comitente. 

Y muy importante: debes emitir la factura a la empresa comitente después de entregar el producto al comprador final, pero no antes. 

Ingresos por comisión de un autónomo en una cartera

El IVA en las comisiones por intermediación internacional

Muchos agentes comerciales y comisionistas trabajan en el comercio internacional e intracomunitario. Para entendernos: en ventas al otro lado de nuestra frontera.Ā 

En este tipo de operaciones el IVA tiene sus propias reglas, según se trate de una exportación (una venta fuera de la UE) o una operación intracomunitaria (una venta a otro país de la UE). 

El IVA de las comisiones en las exportaciones

Pongamos que eres un agente comercial o un comisionista por cuenta ajena que presta servicios de intermediación a una empresa española que exporta a Estados Unidos. 

Pues bien, tu servicio estarĆ­a exento de IVA. Pero debe cumplir los siguientes requisitos:Ā 

  • Que la salida de los bienes de EspaƱa se realice en el plazo de tres meses desde que prestaste el servicio de intermediación.
  • Que la salida de los bienes estĆ© justificada con una prueba vĆ”lida en derecho, es decir, una factura.
  • Estos documentos de justificación te los deberĆ” remitir la empresa espaƱola. El plazo depende del tipo de producto o servicio que se comercialice.

¿Y qué ocurre si no se cumplen estos requisitos? Que, entonces, debes aplicar el IVA del 21 %. 

El IVA en las entregas intracomunitarias

Sigamos con el mismo ejemplo, pero ahora la empresa española vende a una empresa alemana, es decir, dentro de la UE. 

Y tú vas a hacer de intermediario por parte de la empresa española. Pues bien, tus servicios llevarían IVA del 21 %. 

Esto es así porque tú prestas un servicio a una empresa española. Y como es una operación intracomunitaria (no es una exportación), no importa si la empresa entrega los productos a una empresa alemana o a otra empresa española. 

¿Y qué ocurriría si hicieras de intermediario de la empresa alemana? Pues que la cosa cambia. 

Cambia porque tú eres un agente comercial español, con residencia en España, y vas a prestar un servicio a una empresa europea (pero no española). 

Por lo que aquĆ­ se aplicarĆ­a el IVA intracomunitario: es decir, que tu servicio estarĆ­a exento de IVA.Ā Ā 

Pero tendrĆ­as que cumplir un requisito: darte de alta en el ROI, es decir, el registro de operadores intracomunitarios.Ā 

El alta es un trÔmite sencillo que te explicamos con todo lujo de detalles en este artículo sobre cómo darse de alta en el ROI. 

Y ahora que ya hemos visto cómo funciona el IVA de tus servicios, viene el segundo paso: cómo hacer la factura para cobrar tus comisiones por venta. 

Cómo facturar una comisión por venta

Te acabamos de explicar lo del IVA. Pero para hacer la factura has de saber algo mÔs que el IVA. También tienes que conocer el IRPF, el impuesto sobre la renta de las personas físicas. 

O, mejor dicho, las retenciones de IRPF.Ā 

Las retenciones son cantidades de este impuesto que descuentas del importe de tus facturas y que luego tu cliente tiene que ingresar a Hacienda de tu parte.Ā 

El tipo general que debes aplicar en la factura es del 15 % sobre la base imponible (el importe antes de impuestos). Aunque los nuevos autónomos pueden aplicar el 7 % durante el primer año y los dos siguientes. 

Esa cantidad tienes que restarla del importe de la factura, por lo que el total que tendrĆ” que pagar tu cliente serĆ” un poco menor.Ā 

AsĆ­ que la factura quedarĆ­a asĆ­:Ā 

Por una comisión de 1.000 € has aplicado el 21 % de IVA y el 7 % de retención. Por lo que el importe final, una vez hecho los cĆ”lculos, se te ha quedado en 1.140 €.Ā 

Si te fijas en esta imagen de una factura generada por la plataforma de Declarando, en la factura aparece esta información: 

  • La descripción del servicio, el nĆŗmero de unidades y el precio por unidad antes de impuestos
  • La base imponibleĀ 
  • El tipo de IVA que aplicas (21 %) y la cantidad de IVA que has de sumar a la base imponible
  • El tipo de retención de IRPF y la cantidad que debes restar
  • El importe a pagar por tu cliente

Pero esta información no es suficiente para que la factura cumpla con el reglamento de facturación. También debes indicar lo siguiente: 

  • Tus datos de autónomo (nombre y apellidos, dirección y NIF)
  • Los datos de tu cliente (razón social de la empresa, dirección y NIF)
  • El nĆŗmero de la factura (la serie numĆ©rica de tu actividad ha de ser correlativa y sin saltos)
  • La fecha de emisión de la factura
  • La fecha de las operaciones (cuando no coinciden con la fecha de emisión)

ĀæQuieres una panorĆ”mica mĆ”s completa y detallada sobre la facturación? Ɖchale un vistazo a cómo hacer una factura de autónomo por primera vez.Ā 

¿Cómo declarar ingresos por comisiones?

Y ahora llega tu gran momento con Hacienda: ¿cómo tributan las comisiones por ventas? 

Ya te hemos aclarado antes que, por ser autónomo, no tienes que pagar el IAE. Pero hay otros impuestos que sí debes pagar o declarar: 

  • El IVA que has aplicado en tus comisiones
  • El IRPF de tu actividad

Declarar el IVA de tus comisiones

El IVA tienes que liquidarlo (o ingresarlo) a Hacienda cada tres meses mediante el modelo 303.Ā 

En este modelo no solo declaras el IVA de tus ingresos, sino también el IVA de tus gastos. Y el resultado de restarlos es lo que debes pagar al final. 

Las fechas de presentación son las siguientes: 

  • Del 1 al 20 de abril presentas el IVA del primer trimestre
  • Del 1 al 20 de julio el del segundo
  • Del 1 al 20 de octubre el del tercero
  • Del 1 al 30 de enero del aƱo siguiente el del cuarto trimestre

En enero también tendrÔs que presentar el modelo 390 de IVA anual, pero aquí no tienes que ingresar nada. Se trata, simplemente, de una declaración informativa del IVA que has ido liquidando durante el año. 

Declarar el IRPF por tus ingresos por comisiones

TendrÔs que presentar pagos fraccionados de este impuesto cada tres meses. 

Por pagos fraccionados se entienden adelantos parciales. MÔs concretamente: adelantas el 20 % de tus beneficios (ingresos menos gastos) trimestrales. 

Y para ello deberÔs presentar el modelo 130 que sigue el mismo calendario de presentación que el modelo 303. 

Eso sí: si aplicas retenciones a mÔs del 70 % de tus ingresos no estÔs obligado a presentar este modelo. 

Luego, cada año, deberÔs hacer la declaración de la renta y ahí Hacienda tendrÔ en cuenta todos los pagos fraccionados que hayas ido presentando, así como las retenciones que has aplicado en tus facturas de venta. 

Explicado esto, si vas a empezar como autónomo o ya te has puesto en marcha, puede que te haya surgido esta duda: ¿Hasta cuÔndo puedo vender sin declarar? 

El lĆ­mite anual es de 1.000 €, pero por tus beneficios, por lo que has de tener en cuenta tambiĆ©n los gastos y otras deducciones y reducciones.Ā 

Aunque con la nueva cuota de autónomo de 2023 caerÔ este límite. Por lo que todos los autónomos, con independencia de sus ingresos, deberÔn presentar su declaración de la renta.  

Cómo pagar tus impuestos por comisiones y ahorrar

ĀæSabĆ­as que los autónomos pueden ahorrarse de media hasta 4.000 € anuales en impuestos?Ā 

Así es y así podemos asegurÔrtelo: porque esa es la cifra media que hemos logrado que nuestros autónomos se ahorren cada año. 

Pero eso no es todo.Ā 

Declarando no solo es una asesoría fiscal online (no importa donde residas). También nos encargamos de tu alta de autónomo y te ayudamos a elegir el epígrafe de IAE correcto. 

Y mĆ”s todavĆ­a: con nuestro programa de facturación electrónica puedes hacer facturas de manera fĆ”cil —sin errores y sin cĆ”lculos— para cobrar tus ingresos por comisión.Ā 

Y la clave de tu ahorro: puedes gestionar todos tus gastos para deducírtelos luego en tus declaraciones fiscales; declaraciones que presentas desde nuestra plataforma, directamente a Hacienda, en un par de clics (”sin exagerar!). 

”Solicita ahora una llamada gratuita y uno de nuestros expertos fiscalistas te resolverÔ todas tus dudas como autónomo!

Mónica Serra
Autor:
Mónica Serra
Mónica lidera el equipo jurídico de Declarando, la asesoría fiscal que ya ha ayudado a mÔs de 100.000 autónomos. Disfruta usando sus conocimientos fiscales para ayudar al mÔximo a la comunidad autónoma, haciendo deporte y leyendo un buen libro en la playa.